Si lleva utilizándolo menos de 15 años,no puede alegar uso continuado con consentimiento tácito,ni presidente ni administrador tienen potestad para dar consentimiento,así que se estará a lo acordado en junta.
Buenos días:
Hace un tiempo se solicito por un comunero la posibilidad de acondicionar, pues estaba completamente abandonado, un cuarto de la Comunidad y poder hacer uso del mismo a título privativo..
El Presidente y administrador accedieron a dicha reparación y uso.
El actual presidente plantea el cobrar un alquiler por ese local con precio de mercado cuando es un cuarto que antes de la adecuación , en la que el comunero invirtió bastante, estaba medio abandonado.
¿Podría ampararse en esa inversión el comunero para hacerles una propuesta de renta??
Alguien ha tenido un caso similar y me podría indicar argumentos?
Un saludo y gracias de antemano