Tengo un cliente que actualmente trabaja para la administración como asistencia técnica. Empezó hace 3 años a través de un contrato de trabajo con una S.L. que lo cedió directamente a la administración, terminando su contrato a los 6 meses. A continuación, la administración contrato directamente a mi cliente como autónomo a través de varios contratos menores sucesivos, así durante 2 años aproximadamente y, actualmente, una vez finalizado el último contrato con la administración, ha vuelto a ser contratado por otra S.L. volviendo a ser cedido a dicha administración, sin moverse de su puesto de trabajo a lo largo de este tiempo (siempre con la misma función).
Mi pregunta es la siguiente: a parte de presentar una reclamación previa contra la administración y una papeleta de conciliación contra la S.L. (en la que se encuentra actualmente mi cliente) por Cesión Ilegal, antes de demandarlos, ¿estoy en plazo para presentar una papeleta de conciliación contra la primera S.L. por Cesión Ilegal, o de lo contrario ha pasado el plazo para demandarla y solo puedo dirigirme contra la admnistración y contra la actual y última S.L.?.
Muchas gracias
El plazo para poder reclamar la existencia de cesión ilegal queda circunscrito, de manera inexorable, a que dicha situación persista.
Así se pronuncia la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 8 de julio de 2003 "mientras subsista la cesión"; y así lo reconoció la antigua jurisprudencia de esta Sala (sentencias de 22 de septiembre y 21 de diciembre de 1977 y 11 de septiembre de 1986)
De modo que, concluida la cesión, no cabe el ejercicio de esa acción.
Muchas gracias Karissa.
Por lo que veo solo queda dirigir una reclamación previa a la Administración y una papeleta de conciliación a la empresa cedente actual.
Acuaré en consecuencia.