Hola tengo una duda en relación si soy victima de una cesión ilegal,
Trabajo de informatico ara una empresa, la cosa es que la empresa en cuya sede trabajo (E1) me conocía y quería mi servicios por lo que hizo la operación de la siguiente forma, yo trabajo para una empresa (E3) que esta subcontratada por otra que finalmente factura (E2) a la empresa donde realmente realizo el trabajo (E1) o empresa facturada.
Mi empresa (E3) como tal no tiene sede , no tiene medios, jamas he estado en sus oficinas , a mi jefe lo he visto fisicamente un par de veces, así mismo dicha empresa no tiene ninguna vinculación empresarial con la empresa donde voya trabajar (E1), es decir, jamas le ha emitido una factura.
Por otro lado, en la sede donde trabajo se han inventado una sala donde dicen que es una sede de la empresa que factura (E2), dicha sede no tiene ninguna licencia de apertura ni nada parecido simplemente es un despacho donde han puesto un cartel y no tiene acceso desde la calle. Es más, ocasionalmente trabaja fisicamente personal de la empresa facturada (E1).
La empresa que me contrata (E3) no me oferece material todo la facturada (E1) si bien dice que es material que le cede a E2.
Tengo un teléfono de la empresa facturada (E1) y me llaman personal de dicha empresa, si bien hay una aplicación informática donde me hacen solicitudes de trabajo.
Tengo un correo electrónico dentro del dominio de la empresa facturada (E1) si bien en el buzon aparte de mi nombre aparece el nombre de la empresa que factura E2.
Desde el punto de vista de vacaciones la empresa facturada E1 insiste en que me las tome cuando quiera sin tenerlos en cuenta a ellos. Entiendo que para evitar una C.I
Tengo constantes correos de todo tipo del personal de la empresa facturada E1 solicitandome actuaciones. Incluso de jefatura.
Mensualmente presento partes de horas a la empres facturadora (E2)
Por inverosimil que parezca tengo un correo electronico de la empres facturadora E2, donde negocia conmigo el sueldo que voy a cobrar de la empresa que me paga (E3).
¿Con lo expuesto estoy en un caso de C.I ?
En el caso de denunciarla, mi objetivo sería quedarme en la empresa facturada (E1), Llegado el momento ¿podría solicitar una reducción de jornada (al tener un hijo pequeño) para intentar blindar de alguna manera mi contrato?
En la empresa facturada (E1) ciertas personas de alto rango estan muy contentos conmigo me han comentado en varias ocasiones el contratarme ellos pero me huelo que haya intereses de ciertas personas por que la situación siga así. El tema va para más de 6 años en la misma situación. Y mi contrato de por Obra citando dicho contrato la empresa facturada (E1) , y por la fecha en la que se firmo jamás será indefinido. (esto ya me lo concretasteis aquí)
En ppio y tras lo expuesto puede haber cesión ilegal entre la 2 y la 3 empresa, (que es quien le paga) ya que esta tercera arrienda un servicio sin pintar nada y solamente le paga la nomina, en cuanto a la primera presta las instalaciones los medios pero ¿recibe ordenes directas de forma escrita? para poder demostrarlas, la actividad que realiza usted en esa empresa es especifica de la empresa o por el contrario ¿es un servicio que ésta primera empresa tiene externalizado? los informáticos lo suelen ser, servicios que la empresa no tiene y subcontrata a otra y no influyen en la actividad de negocio de la empresa, esto es muy importante a la hora de valorar si es una cesión ilelgal o no
Por aclarar, jamas he visitado la sede de las empresas 2 y 3. La empresa 1 tiene su propio departamento de informática bien estructurado con al menos 6 personas de personal propio donde una de ellas desempeña mi mismo trabajo. Todo el trabajo me lo notifica personal de la empresa 1 . Aproximadamente un 10% por correo electrónico y el resto a través de una herramienta de incidencias.
Hola jesus2013
en mi opinión la cesión ilegal es muy clara por las siguientes razones:
- No trabajas en el centro de trabajo de tu empresa
- No utilizas material ni equipos de trabajo de tu empresa de tu empresa
- No recibes órdenes o instrucciones de tu empresa
- No te ajustas a la jornada u horario de tu empresa
En cambio, trabajas en el centro de trabajo de otra empresa, con sus equipos, material, bajo sus órdenes y cumpliendo (intuyo) su jornada y horario.
Tu situación es exacta a la de un trabajador cedido por una ETT pero sin que la cesión se realice de este modo, algo que prohibe expresamente el ET que precisamente quiere que la interposición de una empresa se realice con control administrativo sobre la empresa cesionaria, es decir, sobre la ETT.
Gracias Hubocan, pero hay unos matices que me preocupan.
[ - No trabajas en el centro de trabajo de tu empresa]
Estoy en su centro de trabajo pero mi mesa esta en una sala que tienen alquilada a la empresa E2
[ - No utilizas material ni equipos de trabajo de tu empresa de tu empresa]
Los equipos informáticos se lo alquilan a la empresa E2
[- No recibes órdenes o instrucciones de tu empresa]
Esto es cierto
[- No te ajustas a la jornada u horario de tu empresa]
Al 100% no es cierto, no es exactamente el mismo horario pero si muy parecido
Como ves lo que han hecho es intentan cubrirse las espaldas antes una C.I.
Lo que si lei en tiempos es que si mi empresa E3 no tiene ningún tipo de relación contractual con la empresa donde presto mis servicios E1 , se trata de una C.I, sin tener que demostrar nada más. Y ese es el caso.
He vuelto a leer tu primer mensaje y, partiendo de él, no entiendo lo que dices ahora en el segundo.
Para simplificar las cosas olvídate de E2 (volveremos a ella más adelante). A tí te paga E3 y trabajas para E1. A partir de aquí deben mirarse unos indicios para saber si existe o no cesión ilegal, indicios que apuntaba en mi anterior mensaje.
- Centro de trabajo: según escribiste en el primer mensaje trabajas en la sede de la empresa E1, no en E3 y, repito, olvídate de la relación que pueda tener E1 con E2. Por tanto, el primer indicio se cumple (no entiendo que haya ningún matiz). Si te paga E3 lo que el legislador espera es que trabajes en E3.
- Material y equipos: da igual si son de E2 o de E4500. La cuestión es que no son de E3 como debería, ni en cuanto a su propiedad ni en cuanto a su uso. Por tanto, segundo indicio que también se cumple.
- Horario: esto no lo explicas en el primer mensaje, por lo que sólo apuntaba esa posibilidad. No obstante, lo que quería decir es que tú entras a trabajar cuando E1 te lo dice, junto con el resto de sus trabajadores, aunque la jornada laboral que realice E1 coincida con la que pudiera realizar E3. Si un día E1 te dice que vayas media hora antes a trabajar y saldrás media hora antes tu jornada habrá variado de forma no sustancial sin que ello implique ninguna variación de jornada en E3.
Volviendo a E2: es posible que E3 en realidad sea una empresa fantasma y su control real lo ejerza E2. Quizás se piensan que así ganan algo, pero en realidad refuerza la teoría de la cesión ilegal porque según el Tribunal Supremo la cesión es ilegal cuando hay una "empresa aparente sin estructura ni actividad propia", como parece que es E3.
En resumen, salvo que haya datos que desconozco, me parece cesión ilegal en toda regla. Conclusión: E1, E2 y E3 responderían solidariamente frente a tí del salario y de las cuotas a la SS; tendrías derecho al reconocimiento de las condiciones laborales que por convenio se aplican en E1 (que es donde realmente trabajas); y tendrías derecho a optar a un puesto fijo en la empresa que elijas de las implicadas en la cesión ilegal.
Me lo has aclarado mucho. La única pega es el tema del horario, obviamente mi horario en el fondo esta impuesto por E1, si bien no tengo documento que así lo indique. E1 de cara a protegerse de una denuncía por C.I insiste mucho en este tema, y no habla nada directamente conmigo , si no con E2. De la misma forma que de cara mis vacaciones en teoría tengo libertad total si bien de palabra siempre se me dice que lo tiene que aprobar E1, pero siempre de palabra.
La otra pregunta iba en relacion a la reducción de jornada , teniendo en cuenta que tengo dos hijos y el menor tiene 3 años. ¿Llegado el caso podría solicitarla de cara a protegerme ante un despido?
Por lo del horario no te preocupes. Es sólo un indicio más. Imagina que estuviera prohibido vestir de color rojo. Si fueras de rojo incumplirías la norma sin ninguna duda, no habría nada que comprobar; pero imagina que todo el mundo fuese daltónico. Entonces habría que buscar pistas, indicios, caminos que nos llevasen a la conclusión que efectivamente vas de color rojo. Pues este sería el caso de la cesión ilegal. Es algo que no se puede resolver a simple vista.
Los indicios que he señalado son sólo los más importantes. Son en realidad pistas qe ayudan al inspector o al juez para saber si existe o no incumplimiento y, en su caso, resolver lo que corresponda. Si pretendes adoptar alguna medida, creo que es mejor denunciar ante la Inspección de Trabajo: es gratis y al final tendrás un informe de un experto en la materia que te servirá para futuras reclamaciones en los tribunales. No obstante, ten en cuenta que, aunque las denuncias son confidenciales, si eres el único en esa situación la actuación del inspector dará pistas a la empresa que te llevarán hasta tí.
Lo de la reducción de jornada? Estarías más protegido en el sentido que un despido podría ser calificado como nulo (con readmisión obligatoria del trabajador en la empresa, lo que implica abonar los salarios de tramitación desde la fecha del despido), pero sin perjuicio de que la empresa pudiera demostrar su procedencia por otras razones. Es más protección pero no protección total, contando además que el salario se reduciría en proporción. Es algo que debes valorar tú mismo.