Tendría la consideración de trabajadores un supuesto en el que con el alquiler de una máquina, a una empresa se contrata a esa misma empresa el personal que la maneja, y se va a utlizar en el centro de trabajo de la empresa arrendadataria, y los horarios los fija también la arrendataria?
Podría hacerse un contrato de arrendamiento de servicios mercantil con la empresa?