sino estoy equivocado lo que quiere este chico es realizar la cesion del negocio mediante un precio cierto de todo lo que el local contiene mas el fondo de comercio o todo lo que conlleva el vender un negocio en funcionamiento por un precio. esto podria ser una cesion de negocion con la venta de todos los bienes que haya en el local. y la venta de la totalidad de la actividad empresarial está exenta de iva.
aparte se hará el contrato de arrendamiento sobre ese local.
Muchas gracias, aclarado.
Lo de la compra, venia a que he leido en otra parte la compra de los enseres de una sociedad pero sin comprar sus acciones.
Y se podria hacer la compra de todos los enseres y mobiliario del bar, pagando una renta por el local, que no negocio, pues estaria comprado todo el material del negocio instalado en el local..
Sí, sería legal: Se puede incluir como parte del precio del arrendamiento el pago de dicha cantidad de dinero. La disposición de pagos puede hacerse como deseen las partes y hay muchas combinaciones: Una sería, por ejemplo, haciendo por ejemplo un contrato de x tiempo en el que se pacte que la renta a pagar será la cantidad x y a su finalización pactar nuevo contrato una renta x pagadera mensualmente o bien un único contrato en el que se pacta que la renta anual será x para tal periodo de tiempo ( cantidad inicial mas la que se pacte mensualmente al margen de la entrega de dicha cantidad única) etc.
En cuanto a la compra de material y café, no entiendo a qué te refieres y con respecto a un contrato de arrendamiento con posibilidad de cesión de contrato a un tercero, por supuesto que puede hacerse.
En cuanto al IVA, el precio de la cesión está sujeta al IVA, si no ando equivocado.
¿Seria mejor hacer una compra de material y mobiliario del café, de particular a particular y un contrato de arrendamiento del local, con derecho a cesión?
Para realizar una cesión de contrato es necesario que primero exista un arrendatario y un contrato de arrendamiento. Si no lo hay, el propietario podrá hacer un arrendamiento, pero no una cesión.
Otra cosa es que exija al inquilino entrante, y como parte del precio del arrendamiento, una cantidad concreta y, además, un precio mensual como pago del alquiler, debiéndose estructurar dicha cantidad dentro del precio del arrendamiento para coordinar, dentro del contrato, los restantes pagos periódicos a medida que el contrato sigue en vigor.
Buenas tardes a todos los participantes de este foro.
Mi cuestión es la siguiente:
EL PROPIETARIO de un café-bar, se va a jubilar en 3 años y desea dejar el negocio, pero en vez de arrendarlo, desea que se haga una cesión. Pagar una cantidad por ello y luego un alquiler mensual.
¿Como habría que enfocar el contrato, ya que él es el propietario del local y del negocio?
¿Cual sería la duración del contrato?
¿Se puede hacer indefinido?
Gracias por adelantado.