Es aplicable la teoría general del cese como funcionario ante declaración de incapacidad permanente absoluta cuando es por Sentencia del Juzgado de Lo Social, no firme, ya recurrida ante Tribunal Superior de Justicia
Igual que se precisa la sentencia firme para otras causas de cese, no requerirse en este caso, implicaría pérdida del puesto aunque en dos meses hubiera Sentencia del TSJ contraria a la declaración de incapacidad, pero quiebra con el principio de ser la Sentencia de Lo social ejecutiva en el caso de prestaciones. Es decir, hay que cesar como funcionario, y perder el destino aún en propiedad, aunque hubiera de solicitarse la rehabilitación como funcionario de estimarse el recurso en el TSJ. ¿No existe una situación provisionalidad en el cese con mantenimiento de la plaza?