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Certificado anual de retenciones

5 Comentarios
 
Certificado anual de retenciones
04/04/2009 13:46
¿Está el arrendatario de un local, obligado a entregar al arrendador, el certificado anual de ingreso de las retenciones efectuadas en la renta?.
¿Que debe hacer un arrendador, si sospecha que el arrendatario no ha procedido a ingresar en la Agencia Tributaria, las retenciones efectuadas en la renta?.
¿Es suficiente que el arrendador refleje en su declaración de la Renta lo cobrado y lo retenido por el arrendatario, sin mas?.
¿Tiene obligación el arrendador, de comunicar a la Agencia Tributaria su sospecha sobre la irregularidad del arrendatario?.
11/04/2009 10:54
Creo que esta obligado a entregar el modelo 18o (creo que es) pero de todas forma tu reflejalo en tu declaración que ya hacienda se encargará de reclamarselo al arrendador.
Un saludo
11/04/2009 13:55
Es que llevamos declarándolo a la Agencia Tributaria, hace varios años desde el inicio del contrato de arrendamiento, pero nos consta que el arrendatario no ha ingresado.
La Agencia Tributaria despues de esos años, nunca nos ha requerido aclaración, por lo que el arrendatario nos retiene, pero se EMBOLSA la retención.
12/04/2009 12:17
Entiendo que es usted el dueño del local, por lo que debe de pasarle los recibos mensuales, En ellos debe de figurar el importe del alquiler mas el 16% de IVA, menos el 18% de retención de IRPF y el total a pagar.
Por una parte la obligacion de retener el 18% de IRPF y entregárselo a Hacienda es del que está pagando el local.
Pero por otra parte tambien entiendo que el que lo tiene que pagar es el dueño del local.
Creo que debería hablar con el arrendatario y exigirle el ingreso a cuenta que no ha hecho y amenazarlo con comunicarselo ha hacienda.
14/04/2009 14:20
¿Es el arrendador el que tiene que ingresar la retención en la Agencia Tributaria?.
¿Como puede hacerlo, si el importe de la retención se lo ha quedado el arrendatario?.
14/04/2009 17:59
El arrendatario tiene que declarar en el modelo 180, las retenciones que haya efectuado por alquileres. Si por parte de Hacienda, no ha habido ningún requerimiento al dueño o dueños es que o bien, lo está declarando en el 180 (es un modelo informativo). Puede ocurrir también, que presente el modelo 180 con todos los datos y en cambio los modelos 115 no los esté presentado. En todo caso, el arrendador no está obligado a denunciar la sospecha de la irregularidad que pudiera esta comentiendo el arrendatario.