Hola.
Mi caso es el siguiente: Para entrar en mi piso, existe una puerta cortafuegos que está en mi lado del rellano (existe otra al otro lado común para otros 2 pisos). Estas puertas tienen cerradura y cada vecino tenemos nuestra llave. En la reunión de vecinos se dijo que no se podía cerrar esta puerta con llave, puesto que en caso de incendio, tendríamos problemas con el seguro si estas puertas estuvieran cerradas con llave. El caso es que yo no me siento seguro sabiendo que alguien podría manipular la puerta de mi casa (para robar, por ejemplo) sin que nadie se percatara de ello, simplemente cerrando la puerta cortafuegos.(Es decir, hay un espacio entre la puerta cortafuegos y la puerta de mi casa). Yo me siento más seguro cerrando la puerta con llave, de manera que nadie puede entrar en ese hueco si no tiene la llave.
Según he leido, las puertas cortafuegos tienen la función de preservar del fuego la via de evacuación ( en este caso, los pasillos y escalera), con lo que entiendo que el seguro del edificio no cubriría los gastos en caso de que estas puertas estuvieran abiertas y así hubiera pasado el fuego de algún piso a la escalera. Con esto quiero decir, que según esto no veo motivo por el que el seguro del edificio no cubriera por estar una de estas puertas cerradas con llave.
Igualmente quiero exponer que estas puertas cortafuegos no tienen sistema alguno para mantenerse cerradas (muelle o algo por el estilo), de manera que la única forma de mantenerlas cerradas es cerrándolas sin llave (con el riesgo de que alguien en un descuido la deje abierta), o cerrándolas con llave (único modo de evitar que se quede abierta). ¿Estas puertas cumplen con la ley al no tener sistema que las mantenga siempre cerradas?
¿Puedo cerrar la puerta cortafuegos de mi lado con llave?
Mi caso es parecido al usuario fiti pero no tan drastico,resulta que a raiz de un robo en uno de nuestros pisos se ha pensado en hacer que la puerta cortafuegos solo se pueda abrir con llave para adceder de fuera para adentro para entrar al rellano donde vivimos dos vecinos pero siempre se podra salir sin necesidad de tener que usar llave cuando se quiera salir en caso de incendioya que la cerradura no permitiria echar la llave, usando normalmente el ascensor con llave para uso cotidiano, para salir y entrar en el rellano,lo que tenemos dudas de si legalmente se puede hacer ya que hay vecinos que dicen que no
El problema es de seguridad a las personas. Es apuerta es una VIA DE ESCAPE. Si hay un incendio y se produce una sola víctima, los componentes de la Comunidad podrían ser imputados por Homicidio por Imprudencia, aparte de los problemas que tendrían con las indemnizaciones. Vamos, qu e alo mejor les toca subastar la cas.
He consultado con un servicio de prevencion de incendios de los bomberos y me han dicho que mientras se pueda abrir la puerta en el sentido de evacuacion facilmente y no se pueda quedar cerrada con llave se puede inpedir el aceso sin llave desde el exterior de la puertas cortafuegos, siendo ideal el colocar cualquier elemento como barras anti panico o cualquier elemento que sea sencillo de usar para abrir la puerta.
Pero sin llave para salir del local dedicado a garage. Lo que no está permitido es que pueda ser bloqueada la vía de escape. Otra cosa es como se accede al local..
Los vecinos no quieren lo de cerrar la puerta por fuera ,el problema es que hay cuatro pisos que las puertas contraincendios no cierran por que no encajan podemos tener problemas con el seguro si pasa el humo ala escalera y hay alguna victima que tendria que hacer para hacer que se arreglen las puertas aunque no quieran los vecinos