Estimada Derica, los temas que planteas son extremadamente complejos y difíciles de resolver en un foro abierto. Intente dar mi opinión acerca del primer problema que planteaste ofreciéndote dos soluciones con las debidas reservas dado que los datos que ofreces no son suficientes para poder dictaminar con precisión y exactitud. Con respecto a la expropiación y el tema del ferrocarril, asunto distinto del anterior, carezco de datos para darte tan siquiera una orientación.
No obstante lo anterior y teniendo en cuenta que para informarte me harían falta datos más detallados o precisos y no siendo el foro la vía más adecuada para su revelación, te dejo mi dirección de e-mail para que te pongas en contacto conmigo para tratar el tema de forma privada y desinterasadamente por mi parte.
agustincaeteabogado@yahoo.es
Un abrazo.
El caso es que ni sabemos si los posibles herederos saben de sus derechos.
No sabemos si los hermanos de mi abuela se casaron, tuvieron hijos....
Además ahora el problema está en que nos van a expropiar unos terrenos propiedad de hermanos de mi abuela para hacer la vía rápida del ferrocarril. Podemos o tenemos derecho a reclamar el dinero? En caso de que no lo reclamemos a quién va?
La mayoría son fincas que han sido trabajadas o por mis abuelos o por mis padres y tíos.
Este aunque un problema bastante complejo es algo habitual en Galicia. De hecho a mis vecinos les pasa otro tanto.
Qué se puede hacer en estos casos???
Muchísimas gracias por responderme
La verdad es que es un tema complejo pero, habida cuenta el tiempo transcurrido (más de treinta años) y la posesión continuada y pácífica que en concepto de dueños han debido realizar vuestros antepasados (varias ramas de la inicial sucesión (-la de los bisabuelos-)), entiendo que podría prosperar una acción declarativa de propiedad en base a la adquisición del pazo en virtud de prescripción adquisitiva o usucapio (arts. 609 in fine, 1.959, 1960.1ª Código Civil). Esta pudiera ser una idea a tratar y profundizar en ella máxime cuando la acción de petición de herencia también se extingue por el plazo de treinta años.
Otra solución podría ser acudir a un expediente de dominio de reanudación del tracto sucesivo, aunque ésta vía sería más compleja y difícil de explicar en este foro.
Un saludo.
De nuevo recurro a vosotros con un nuevo caso a ver si me podeis echar un cable:
Mis bisabuelos poseían un antiguo pazo gallego. Al morirse en el testamento dejaron un cupo diferenciado para cada hijo (eran 11) y para personas que trabajaban en el pazo. Al llegar la Guerra muchos de esos hermanos desaparecieron, otros emigraron y no se sabe donde están. Se encargaron de todos los gastos (catastro, luz, agua...) tanto mi abuela com mi tía abuela (ya fallecida).
El caso es que ahora los bisnietos "conocidos" queremos recuperar la casa.
Hemos ido a un abogado y nos ha echado un poco para atrás.
Nos da un poco de pena dejar caer la casa pues tiene cierta historia y para nosostros sería una posibilidad de o bien montar un negocio, o bien no dejarla como está.
¿qué pasos tenemos que dar?
Me han comentado que podemos arreglarla, con el consigueinte riesgo de que si algún día aparecen los herederos nos exijan su parte, lógicamente.
Si no sabemos donde están los herederos (posiblemente en América) cómo los podremos encontrar?? Basta con publicarlo en un periódico???
Espero que me podais ayudar y si no, os agradezco la intención.