Acta expedida por un notario (remítase a definición) donde una persona (ya español, ya extranjero que resida legalmente en España, con su correspondiente autorización)invita a venir a España a un extranjero, comprometiéndose a cubrir sus gastos de alojamiento y a controlar su retorno al país de procedencia.
La carta debe ser firmada por un Notario (si así lo requiere la Embajada española donde el ciudadano extranjero tramite su solicitud de visado). Además, debe presentar un billete cerrado (de tren o de avión de ida y vuelta) en la Embajada Española del país de procedencia del invitado.
Normalmente el notario de tu eleccion te indica los documentos a aportar.
Web de interes: cada colegio tiene su propia seccion de extranjeria, no obstante hay mucha informacion en mtas.es mir.es extranjeria.info
conpapeles.com y asi hasta la eternidad, espero haberte ayudado y no te desanimes, luego con el tiempo te hace hasta gracia recordarlo. saludos.
Hola:
Acabo de lienciarme como abogado y he empezado a trabajar en un despacho como pasante. El primer caso..es de extranjeria. Se trata de una chcia colombiana que queire una carta de invitacióin para una amiga suya de alli. De que va? he estado mirando y se que es una carta ante notario, pero, la tiene que hacer un nacional o vale ella si es legal en españa?
Sabeis donde puedo obtener información sobre estranjeria, los documentos y trámites?