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Carta de despido.

11 Comentarios
 
Carta de despido.
08/05/2019 14:58
Buenas tardes, soy nuevo en el foro y no sé a ciencia cierta si esta duda la estoy publicando en el lugar adecuado, a si que pido disculpas de antemano por si así fuera.
Tengo un trabajo temporal de 3 meses en una empresa comercial, me han comunicado por escrito la finalización del mismo con la "carta de despido". Por lo visto es una medida que hace siempre la empresa para meter miedo al trabajador, desde que estoy ahí, lo he visto en dos compañeros a los que luego les han renovado. Mi duda es, se puede retractar la empresa de dicha carta? Ya que estoy moviendome ya para buscar trabajo, y me he comprometido para Junio con otra empresa y en caso de retractarse tendría que pedir la baja voluntaria cuando no es así... Por descontado que perderé los más de 1.500€ que me deben en comisiones, pero encima que tuviera que decir que no me renueven cuando han sido ellos los que me han notificado la no renovación, me parece un disparate...
Gracias!!
08/05/2019 16:41
Jorge19820
Faltan datos para poder darle una respuesta (cronología). Cuando le comunico y el que? la extinción o el despido?
La empresa se puede retractar, por tanto sería una renovación, no tiene que pedir la baja, aunque pudiera ser la política de empresa.
¿Y, por qué tendría que perder las comisiones? ¿No tiene forma de probar esas ganancias?
08/05/2019 17:23
Jorge19820
Estoy de acuerdo con que faltan datos. (cronología). Si se trata de una carta de despido o de notificación de que no se va a renovar el vínculo. Y eso es fundamental para saber si se puede retractar o no. Si ya le han comunicado que NO VAN A RENOVAR EL CONTRATO, no hay posibilidad de retractación, y menos si vd. ya se ha buscado las habichuelas. Si se trata de una carta de despido, y no ha llegado el día de efectos del mismo, en mi opinión, la empresa, sí puede dejarla sin efecto. Pero si el día de efectos del despido ya ha transcurrido, no cabe retractación. Vd. tiene derecho a que un juzgado califique ese despido. (Tutela judicial)
08/05/2019 18:31
Jorge19820
¿Como que es una costumbre de la empresa entregar carta de despido? ¿En un cto de 3 meses y llegando la fecha de finalización del mismo? Eso no es un despido es un fin de cto.
Si le ofrecen la renovación y usted no quiere renovar simplemente la rechaza y tendran que liquidarle todo lo que le adeuden
08/05/2019 20:34
Jorge19820
Muchas gracias por las respuestas. Disculpen por la falta de datos, expongo:

15 días antes me han dado la carta de finalización de contrato, en la que me viene textualmente que el día 15 de Mayo quedará rescindida a todos los efectos su realización laboral con esta empresa, causando baja definitiva por la finalización de contrato...

He leído en webs de derecho laboral que solo en el caso de que el despido haya sido hecho efectivo, por ejemplo a partir del día 16 de Mayo en mi caso, y la empresa quiera retractarse, no puede hacerlo de manera unilateral sino que tiene que contar con la aceptación del trabajador, por el contrario, si el contrato está vigente aún, como lo está ahora y hasta el día 15, el empresario puede retractarse de esa carta, teniendo yo que rechazar la renovación... no sé si estoy en lo cierto...Y en caso de hacerlo, mi duda viene en si sería una baja voluntaria en toda regla.

De nuevo mil gracias por las respuestas!!
08/05/2019 22:08
Jorge19820
Como ya le he dicho es un fin de CTO no un despido y si llegado el día 15 pretenden retractarse de su decisión y a usted no le interesa hace valer esa carta en la que le comunican la finalización de su cto y tendrán que pagarlo todo lo que le adeuden, hay que diferenciar entre fin de cto y despido son cosas totalmente distintas.
09/05/2019 00:46
Jamgrrhh28
Gracias por la respuesta! Entendido, es fin de contrato. En caso de hacer valer esa carta en caso de que la empresa se retracte, entiendo por lo que Ud. Me dice, sigue siendo una finalización de CTO, pero si no quiero que me renueven al haberme comprometido ya con otra empresa, figuraría como que yo no he querido renovar el contrato temporal o simplemente se daría por finalizado el contrato por parte de la empresa como rezaba la carta? Disculpa mi ignorancia y de nuevo gracias!
09/05/2019 01:56
Jorge19820
Que figure como que no quiso renovar no implica que sea baja voluntaria, el cto ha vencido y usted no renueva porque se va a otro empleo, ojo caso de que la empresa por no renovar trámite ante el SPE una b.v. acuda inmediatamente al SPE y aclare la situación ya que el cto había vencido y fueron ellos quienes le dieron esa carta donde pone que no va a renovar y por tanto usted ya se busco otro empleo.
09/05/2019 11:08
Jorge19820
Que usted no quiera renovar (por cuestiones obvias que ya comento) no va a constar por que los modelos, como el certificado de empresa no acepta esa opción como no la acepta ningún programa, aunque lo pusieran el SEPE solicitaría que la empresa rectificara. Por tanto solo puede contar el tipo de baja voluntaria, finalización de contrato o extinción del mismo o despido del trabajador, y si el despido es por no pasar el periodo de prueba también se hace constar.
Lo que le dice el compañero, aunque a mala leche la empresa comunicara al SEPE que lo suyo es una baja voluntaria, usted ya tiene la carta de extinción del contrato, por lo que no debería tener ningún problema.
09/05/2019 12:30
Jorge19820
Mil gracias por las respuestas!! Una última pregunta, a parte de tener que firmar el finiquito y certificado de empresa que me darán el día 15, no sé si tendré que firmar una finalización de contrato o algo más. En caso de que se terminen retractando y me quieran renovar, tendría que firmar algún documento donde ponga expresamente que no quiero renovarlo? Me pongo en lo peor y me gustaría tener toda la información ya que si me obligan a firmar un documento de ese tipo, estoy declarando expresamente que soy yo el que no quiere la renovación. Disculpad mi ignorancia y de nuevo mil gracias!!
09/05/2019 12:42
Jorge19820
Le pongan lo que le pongan usted no firma nada y si le amenazan con que no le darán los papeles para el paro, (el certificado), ni le abonarán el finiquito pues acude usted mismo al SPE y le dice que la empresa no le da el certificado y presenta la carta de comunicación de que no le renuevan y listo, en cuanto al finiquito interpone usted ante el SMAC, UMAC, CMAC, ICAM o como se llame en su provincia, acto de conciliación por impago de finiquito.
A veces pecamos de demasiado confiados y acudimos a la empresa sin asesoramiento y firmamos lo primero que nos ponen por delante luego hay otros que se anticipan en exceso y quieren llevarlo todo atado y bien atado, no es necesario ni lo uno ni lo otro, si llegado el día se produce algo que le haga sospechar pues en ese momento o no firma nada o firma con un no conforme poniendo de su puño y letra la fecha y firma y luego procede usted a consultar aquí o a un abogado o sindicato es que tanto elucubrar...
09/05/2019 15:02
Jamgrrhh28
No sé cómo agradeceros vuestro asesoramiento... De verdad, muchísimas gracias por todo!