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Carta al Presidente y Aministrador de mi Comunidad

13 Comentarios
 
23/02/2011 23:40
Buenas noches desde TELDE (Las Palmas)

Novedades!!!

Presentado escrito al Ayuntamiento de Telde adjuntando fotos del estado de los desagües y del falso techo...

Ahora la cosa cambia... si si, es muy curioso porque hace un mes me dicen en Ayuntamiento que como esa obra era ya vieja (mas de 5 años) que no podía hacer nada...

Ahora, presento escrito y 12 fotos y... ¡Eureka!, ya ponen otra cara... miran atónitos las fotos y su primera reacción es decirme... "esto lo tiene que ver el técnico lo antes posible!!!"; como dicen por estos lares y pidiendo disculpas por la frase que sigue... ¡¡ manda huevos !!

Hace un mes no había nada que hacer; ahora sí, ahora hay que ver "eso" de inmediato...

Menos mal que no se cayó el techo sobre nadie que si noooo... igual hasta mandan una corona de condolencia...

Esperemos que no tarden en venir... Yo ya puse una velita a la Virgen del Pino, por si las moscas...

Ya iré diciendo...

Espero comentarios, como siempre...

Saludos
21/02/2011 15:30
Buenas tardes desde TELDE (Las Palmas)

Gracias jopa por tu consejo y pedirte disculpas por tardar en contestar, pero cuando uno es diabetico y se le sube el azúcar a 536 de "golpe y repente", hay que tomárselo con respetito... Ya estoy mejor.

Lo tengo en cuenta lo del Burofax; de hecho estoy preparando toda la documentación a falta de algunos papeles por parte del administrador que, según hoy me comenta el Presidente, en breve los tendré.

Ya tengo preparado el informe para mandar al Ayuntamiento (con fotos incluidas) y que si alguien quiere ver, que deje su msn y se las mando...

Ya iré comentando todo conforme vaya saliendo.

Un cordial saludo y gracias por tu consejo.
18/02/2011 18:56
Camarlengo ojo con lo de carta certificada con acuse de recibo:
no justifica el contenido del texto sólo el envío. en el caso del burofax es diferente.

Saludos!
10/02/2011 23:35
Buenas noches desde TELDE (Las Palmas)

Se que la validez judicial la tiene el documento por burofax o en mano con copia-recibí, eso lo se.

Cuando publiqué este escrito lo hice con la intención de escuchar vuestros consejos, la forma en que debo proceder ya la se; no es ni la primera ni la ultima vez que mandaré, en esta vida, un burofax o una carta certificda y acuse de recibo para tener justificación de documento que me interese.

De todas formas, gracias por recordármelo y por darme tu consejo, no caerá en saco roto.

Gracias y estamos en contacto.
10/02/2011 14:27
camarlengo

Queria comentarle que validez judicial como prueba la tiene el documento entregado en mano con copia-recibi que debe llevar firma de quien recibio y la fecha, el burofax con certificacion de contenido y acuse de recibo.

Ultimamente hay varias empresas que certifican los mensajes de mo vil y otras que certifican los correos electronicos. El correo se envia a la empresa y esta guarda copia del mismo durante un año, si es necesario dispone de ese tiempo para que un notario de la empresa levante certificacion del mensaje. El envio suele costar unos 5€ ( 0,005€ /Kb) frente a los 25€ del burofax de un foli., con la ventaja de que podra enviar archivos adjuntos con fotos, planos, etz.

La certificacion notarial se cobra aparte y son unos 18€. En algunas empresas se incluye el seguimiento del correo, la certificacion de la recepcion y la lectura del mismo. Mandarselo a un amigo puede que este bien pero no garantiza no que ha llegado a quien a usted le interesa ni que lo haya leido.

saludos
10/02/2011 01:34
Buenas noches desde TELDE (Las Palmas).

Vengo pensando desde hace un tiempo, que es una pena que por este medio que todos usamos no podamos adjuntar, por lo menos, una o dos fotos sobre el tema que cada uno trata, siempre y cuando el tema al que uno refiere se pueda esclarecer o dar mejor idea del mismo.

Vengo a decir esto porque cuando lo he comentado con algunos vecinos de mi comunidad, además de poner cara de asombro, se han quedado perplejos al ver fotos que tengo recojidas en mi movil.

Y a raíz de dichas fotos, han querido ver "in situ" la realidad de dichas fotos para poder comprobar el estado de todo cuanto relato en este encabezamiento.

Estarían Uds. de acuerdo conmigo en que sería bueno ver reflejado, en determinados temas, alguna foto para hacernos mejor a la idea de cómo está ese asunto...

Es una simple sugerencia...

Buenas noches y gracias por vuestros comentarios.
07/02/2011 10:03
Buenos días desde TELDE (Las Palmas)

Amigo Ivan 1976, lo mejor es un BUROFAX con confirmación de llegda y seguimiento, es muy efecctivo, porque lo tiene que recoger en persona quien tú quieres que lo recoja, nadie más si así o haces constar.

También puedes emplear el sistema de via "correo electrónico (msn)" pero con una puntualidad... mándselo a quien tú quieres y a su vez, en ese mismo envío, a tí mismo y a tu mejor amigo, es decir, a 3 personas a la vez y lo guardas en tu ordenador; en caso de que te dijera que no lo ha recibido... bien sabes tú que "miente", ¿me explico?

Yo suelo hacer las cosas de esta forma...
1º amistosamente, pidiendo las cosas por favor...
2º comentandolo con quien se que se lo puede hacer llegar por si mismo o por medio de otr@s vecin@s que siempre están para "ayudar-te" y "agrandarlo más"...
3º menos amistosamente, es decir, via msn, vía carta y copia para sellar (rara vez)...
4º BUROFAX y aviso de llegada y recogida... este es el más efectivo y que el "duele más" en caso necesario.

Tu decides, amigo, pero como dice el refranero español... "al toro por los cuernos"

Un saludo y ya dirás
07/02/2011 03:38
Muy buenas!
Lo de pedirlo por escrito ha estado fenomenal. Yo no había caído en la cuenta. Para ello qué se hace? Se manda algún tipo de burofax con duplicado y confirmación de llegada? Existe algo similar en Correos?
Lo digo porque llegado a este punto, lo mismo en caso de llegar a juicio por no ponerse de acuerdo, pues serían capaces de negar que se ha efectuado dicha consulta....
No sé!? Llegado a este nivel, de ciertas personas me creo cualquier cosa...

Saludos y mucha suerte, que el mundo está lleno de "descarados", por ser suaves y educados.
Chaoooo!
06/02/2011 23:49
Buenas noches desde TELDE (LAS PALMAS).

Gracias Bri por tu comentario, me ha dejado anonadado y humildemente te doy las gracias por tu comentario.

No pensé que lo hubiera expresado como tú dices, de verdad que me ha sonrojado tu respuesta.

Un saludo y gracias por ese comentario, de verdad, gracias
perfil Bri
06/02/2011 20:05
Camarlengo, no es que no se le quiera contestar, es que no hay nada más que decir a lo que usted tan juiciosamente ha expuesto.

Espere respuesta del presidente de su comunidad (al que, supongo, ha dirigido su escrito), ya que recabar la documentación que usted solicita lleva algún tiempo; en caso de no recibirla, y/o que la contestación sea contraria a sus intereses, no tendrá más remedio que judicializar el asunto.

Un saludo.
06/02/2011 17:42
Veo que es complicado mi caso, ya uqe nadie se atreve a darrme un consejo...
03/02/2011 23:52
Disculpar pero he cometido un error, si si, un error en un punto determinado de mi escrito y que está en el 2º escrito.

Donde digo...
Dicho "falso techo" tiene las siguientes medidas: 1,60 x 4,65, 0,30 cms = 2.232 m3.

Esos 2.232m3 deberían ser 2,232m3.

Confundí el "punto" con la "coma",
Disculpad el error, las matemáticas nunca han sido mi fuerte.
03/02/2011 21:20
Revisando los Estatutos de la Comunidad de Propietarios del Edificio "FAYCAN I" que, a día de hoy, siguen estándo vigentes para nuestra Comunidad y por el que se rigen todas las viviendas y locales comerciales y que están fechados a doce de Septiembre de mil novecientos setenta y cuatro, firmados y cotejados en la Notaría de D. Vicente Rojas Mateos, notario de Vecindario, en la página L1798799 de papel "timbre del estado", sellado, y con póli¡za de cinco pesetas y sello del estado, de la clase 14ª (cito textualmente), el Artículo 6, punto 1 dice textualmente:
Si alguno de los propietarios realizare en su vivienda, obras que menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, configuración o estado exterior, o perjudicase los derechos de otro u otros propietarios, sin dar cuenta a la Junta, o después que ésta haya denegado la autorización, vendrá obligado a satisffacer las indemnizaciones que por daños y perjuicios hubieren irrogado a la Comunidad como a los restantes propietarios, y además, en su caso, a la demolición de la obra realizada, a su costa. ----Si esto es así, la obra realizada entre las viviendas nº 74 y nº 69 es " ILEGAL ", porque...
1º.- ALTERA LA SEGURIDAD DEL EDIFICIO: ha recargado un sobre peso en las viguetas del techo de la vivienda nº 69, haciendo que éstas hayan reventado debido a la obstrucción de tuberías y fuga de agua que, con el paso del tiempo, han provocado la oxidacción de las mismas. Se adjuntan fotos a tal efecto.
2º.- ALTERA LA ESTRUCTURA GENERAL: porque el propietario de la vivienda nº 74 ha modificado el estado de su vivienda con respecto a las demás viviendas que están bajo la suya.
3º.- PERJUDICA LOS DERECHOS DE OTRO PROPIETARIO, ya que altera el espacio privado del propietario que tiene, bajo su techo, los desagües de un "baño/aseo" que son de la vivienda superior; por lo que el propietario de la vivienda nº 74 se está beneficiando de un espacio que no le corresponde y que perjudica los derechos de otro propietario sin percibir, por parte de éste, compensación alguna al respecto. Dicho "falso techo" tiene las siguientes medidas: 1,60 x 4,65, 0,30 cms = 2.232 m3

Esos 2.232 m3 se está beneficiando el propietario de la vivienda 74 con respecto a la vivienda nº 69, y a su vez, perjudicándo a ésta al causarle daños materiales en la misma.
Por todo cuanto digo en este escrito, solicito a Uds, me faciliten los siguientes documentos:
1º.- La fotocopia literal del Acta, reflejada en el Libro de Actas del año en que la Comunidad de Propietarios recibe la petición de "obra nueva" del propietario de la vivienda nº 74 para ubicar un nuevo "baño/aseo" en su vivienda.
2º.- La fotocopia literal del Acta donde la Comunidad de Propietarios "autorizan" dicha obra.
3º.- Las fotocopias de los planos de las viviendas de los pisos 5º y 6º así como de las viviendas 69 y 74 respectivamente.
4º.- En caso de que no tengan los planos de este edificio, ruego me faciliten la dirección donde deben tener dichos planos para poder solicitarlos allí.
5º.- Fotocopia de los permisos de "obra nueva" autorizados por el Ayuntamiento de Telde y planos de modificación de la estructura de la vivienda que el arquitecto realizó en la misma y que deben obrar en poder del propietario de la vivienda nº 74.

Tal documentación son necesarios para verificar que la obra es legal, que todo está en regla y que los desperfectos ocasionados en mi vivienda pueden ser arreglados por la compañía aseguradora de la vivienda nº 74, dejando reparados los desperfectos ocasionados.
Si la documentación que solicito no me la pudieran facilitar, bien sea porque no existe, se haya extraviado o por otro motivo y que, como es lógico y correcto, deben Uds. comunicarmelo por escrito, no admitiendo por mi parte comentarios de pasillo, cosa habitual en esta Comunidad para resolver temas de la misma, y amparándome en el Artículo 7º de la Ley de Propiedad Horizontal, así como del Artículo 6º de los Estatutos de la Comunidad de Propietarios del Edificio FAYCAN I (actualmente en vigor), procederé a tomar las medidas que esttime oportunas para que los desperfectos ocasionados en la estructura del edificio así como en lo que concierne a mi vivienda sean solucionados lo antes posible, solicitándo a quien corresponda, la demolición de las tuberías que hay dentro de mi vivienda, la reparación de las viguetas dañadas y el techo en su forma original con respecto al resto del techo de mi dormitorio y de toda la vivienda.
En espera de sus noticias, les saluda atte.
Mi pregunta es: ¿ Tengo derecho a reclamar cuanto expongo y que se haga justicia al respecto?
Como siempre, agradecer vuestras opiniones y consejos.
Desde TELDE (Las Palmas), un cordial saludo a tod@s.
Carta al presidente y aministrador de mi comunidad
03/02/2011 21:16
Hace unos días, solicité por escrito (via msn) unos documentos relacionados con lo ya expuesto aquí, el día 25 de enero y que hacen referencia al título de: "Desagües ocultos en "falso-techo" (i)".
En dicho escrito indico: cito textualmente:
hace unos días le pedí me facilitara los planos de las viviendas nº 74 y nº 69 del Edificio Faycan I donde vivo yo con el fin de comprobar si la vivienda nº 74 es identica al nº 69; es decir, si son identicos los dos cuando se hizo la edificación del mismo o, si por el contrario, cuando se construyó este edificio, la vivienda nº 74 es diferente a la nº 69.
Me refiero al plano y distribución de ambas, concretamente a la distribución de las habitaciones y servicios de las mismas, ya que como pudisteis comprobar "in situ" tanto el Administrador como tú la noche del 13 de Octubre de 2010, mi dormitorio estaba inundado de agua que procedía de la vivienda nº 74 y que caía en mi dormitorio por una "raja del falso techo" que imbade parte del techo del dormitorio de mi vivienda.
Como es de suponer, imagino que el propietario que hiciera dicha obra (colocar desagües de un baño o lo que sea (yo no he visto lo que hay en la vivienda nº 74 sobre mi dormitorio, no me lo han enseñado) en zona que no creo sea la correcta o este debidamente autorizada), debió pedir, en su dia, los correspondientes permisos tanto a la Comunidad de Propietarios, al Propietario de la vivienda nº 69 (no a mí), al Ayuntamiento, a un Arquitécto.
Imagino que, en lo que respecta a la Comunidad de Propietarios del Edificio FAYCAN I, deberá quedar reflejada constancia por escrito de dichos permisos; debe haber un Acta donde se refleje la petición del propietario de la vivienda nº 74 a la Comunidad solicitándo dicho permiso.
Debe haber algún documento firmado por ambos propietarios (vivienda nº 74 y nº 69) silicitando el propietario de la vivienda nº 74 el permiso para invadir la vivienda nº 69 para "perforar el piso del dormitorio de la vivienda nº 74 y que afecta al techo del dormitorio de la vivienda nº 69" para la colocación de las tuberías de desagües y hacerlas salir, por el falso techo hacia el desagüe general sito en el patio de luces de la cocina y "cuartito de lavadero"; dicho documento debe estar firmado por ambos propietarios y debe tener copia del mismo la Comunidad y los respectivos propietarios.
En cuanto a los permisos que el propietario de la vivienda nº 74 hiciera al Arquitecto y al Ayuntamiento, imagino que deben estar en poder del propietario de la vivienda nº 74 (sea quien sea el actual propietario de la misma), por lo que, para poder tener yo acceso a dichos documentos para la verificación de los permisos de "obra nueva" y "modificación de los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios", recurro a Uds. para que, en mi nombre, le pidan al propietario de la vivienda nº 74, les facilite fotocopia de dichos permisos.
Revisando lo que dice la Ley de Propiedad Horizontal, en el artículo 7º, punto 1, hace mención a:
1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador.
Entiendo que dichas obras se hicieran hace más de 10 u 12 años, lo entiendo, pero creo que dichas obras se hicieron de forma "ilegal" a todos los efectos, y por tal motivo, estoy en mi dereccho de reclamar a Uds., como actuales responsables de esta Comunidad de Propietarios, el que verifiquen si dicha Obra que afecta directamente a mi vivienda tiene todos los permisos "en regla" y que dicha obra es "legal" y no es motivo de grave perjuicio de quienes vivimos bajo el techo de la misma.
Verifiquen si dicha obra cumple con la normativa vigente, es decir, si NO altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario.
(sigue debajo)