Para un hostelero que tiene una jornada laboral de 15 horas diarias de media es bastante risible escuchar que obtenemos un beneficio economico de usar un repertorio musical, cuando la ambientacion musical de un restaurante (en mi caso) es solo una pequeñisima parte de todo el plan de trabajo diario. Es como si yo tuviera la capacitación legal de cobrar a una persona que pasa por la calle de mi restaurante solo porque tiene hambre y pudiera usar mi menú (¿que pasaría? nadie se acercaria a mi restaurante) . O que la Real Academia me cobrase por usar palabras. Absurdo.
Lo que estos agentes privados quieren aprovechar es la capacitación legal que tienen para cobrar por una costumbre muy extendida en este país, que es escuchar musica.
Ya han existido leyes que penalizaban costumbres y habitos muy extendidos, no hace mucho ibas a la carcel por usar demasiado el catalán, o el euskera.
Por supuesto que esto se les tiene que caer por algun sitio, no se puede exigir el pago repetido del canon a quien lo emite, a quien lo escucha y a quien lo graba... es absurdo, aunque sea legal.
Hola, en un salón de celebraciones donde se contrata una orquesta o un Discjokey para poner música quién tiene que pagar en caso que se presente esta gente, tengo entendido que es el propietario del salón, es cierto? Gracias.
Cito el mensaje de propintelectual@e-mail
"No se considerará pública la comunicación cuando se celebre en un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión de cualquier tipo. "
Entonces porque tienen derecho de poner multas en bodas privadas? Una boda privada no es un ambito domestico? Ya que invito solo a quien me da la gana y no tienen acceso una pluralidad de usuarios.
No entiendo de leyes pero si de hipócritas. Vamos a ver, si yo me pongo a vender latas de birras y botellas de whisky delante de un bar de estos, a mitad de precio verdad que al del bar no le va a hacer mucha gracia, pues a un músico tampoco le gusta que se mate a hacer una canción para no cobrar una puta mierda. Además no comparemos la venta de un droga como el alcohol (que aunque sea lega no deja de ser un droga y de las duras) con la cultura.
Perdona daniwinter , pero si te pones a vender delante de un bar cualquier producto que tenga el bar y pagas tus impuestos , pues vende y gana lo que puedas , pero en un bar de tapas como el mio , con musica de fondo (que no es un producto que se lo lleven puesto) lo unico que hago , si acaso , es darle publicidad a esa musica para que alguien la compre , pero NO VENDO TU MUSICA . Porque a mi me gusta el blus y no pongo nada mas que eso¿porque me cobran para darselo a autores españoles ? y otra cosa , no se puede comparar la venta de cafe o cocacola o cerveza con la droga , porque tambien hay musicos malos y no se les elimina , un saludo
El problema de las Entidades de Gestión es su absoluto oscurantismo. Existen intereses contrapuestos entre usuarios y autores. Hay que buscar un equilibrio, pero para ello es necesario que las EG pongan las cartas sobre la mesa y expliquen como recaudan, gestionan y reparten estos ingresos. Hasta que no lo hagan los usuarios seguiremos sin entender una ley tan proteccionista de los artistas y tan oscura en su ejecución.
Si a los usuarios nos cobran un canon digital, "por lo que nos podamos bajar de internet", ¿ nos deberían cobrar también más, o sea, una multa preventiva cada vez que compremos un coche, por las veces que posiblemente aparquemos en doble fila y no nos pillen?,.....Señores, las multas preventivas son incompatibles con la democracia.
Yo personalmente nunca he tenido por costumbre descargarme cosas de internet, y cuando he podido gastarme el dinero, he comprado discos.Pero a día de hoy, visto lo visto, les garantizo que aunque me toque el euromillón , no me voy a gastar ni uno en comprar un solo cd, y voy a aprender a bajarme todo, total ya lo estoy pagando al comprar un ordenador, una cámara de fotos o una multifunción, un pen drive, etc,....
Os invito a todos a no comprar un solo cd por sistema, y cuando las ventas sean 0%, que lloren, que es lo único que saben hacer para suplir su esterilidad artística, que además solo hacen que sacar recopilaciones, versiones y chupar de lo que triunfó en el año de la mari castaña.
Hola a todos, estoy pasmada con todo esto, máxime cuando me acabo de dar cuenta que pago dos cosas cuando yo pensaba que pagaba una, la SGAE Y LA AGEDI, pero miro en la página del Ministerio de Cultura y hay otras 6 empresas de gestión de derechos, que mañana puede venir la tercera o la cuarta o el resto; no hay forma de unirse los profesionales de la hosteleria para luchar contra ésto, las Asociaciones de Hostelería de las distintas provincias juegan algún papel en todo esto?
Hola yo creo que esto debería estar controlado por el gobierno ya que un ¨señor¨ no puede controlar tanta cantidad de dinero para su uso único y personal o el de alguna de sus múltiples empresas controladas por una panda de tragones que en su día como el señor director compuso una canción si solo una hace cerca de 30 años controle miles de millones de euros. y que salga todo a la luz y el ¨señor¨ se marche de vacaciones como si nada y una familia que deje de pagar dos mensualidades su hipoteca llegue la policía y los eche de su casa como si hubieran robado millones de euros ¿esto es un país de derecho?
por ultimo decir que tengo un pub que abro solo los sábados osea cuatro días al mes y la mayoría de la música que pongo son de artistas extranjeros no creo que la dirección de sgae se preocupe en mandar mis 118.40€ que pago rigurosamente todos los meses se los manden a dr.dre productor de 50 cent que por cierto no es la original y que yo creo que no se molesten en encontrar al autor pero si en ir a cobrar a conciertos benéficos y a colegios y lo que deberíamos de hacer ya que como decís les sale gratis la justicia pues negarnos todos a pagar y que nos demanden a todos y cuando saturen el sistema judicial es cuando tomara cartas en el asunto quien le corresponda por que ahora pueden que se niega poca gente a ir contra ellos pero si nos unimos se les controlaría el chollo
porque no nos juntamos todos losbares para hacer frente a los sangrantes pagos que hacemos a las sgae. La union hace la fuerza. Lo peor de esto es que las distintas federaciones de hosteleros no hacen nadaaaaaaaaaa
Lo que no me parece normal es que un cocinero ponga la radio (que ya paga por emitir) en la cocina de un restaurante y tenga que pagar un impuesto a la sgae, que una madre soltera compre un cd de un cantautor que le gusta para escucharlo mientras sirve los cafes de su bar del cual no saca mas de 900€ y tenga que pagar 100€ al mes a la sgae, que el dueño de un pub tenga que pagar mas de 200€ a la sgae.
Nosotros instalamos centralitas de telefonia que incorporan un tono de espera de un musico que murió y ya me esta extrañando que no suban el precio de estas gracias a la sgae.
Estoy de acuerdo que luchen contra la pirateria, que inviertan en software que no lo permita, pero esto es excesivo, ¿asi quien no va a descargar?
No suelo hablar para criticar, y en esta ocasión me voy a morder la lengua, pero ....
Veo bien que se gane un dinero por cantar una canción (le pagan a cuatro duros al cantante y dos duros al compositor de la misma), y la discografica gana muchos duros... Es la que realmente gana dinero el % de beneficios es el mayor.
Que gane algo el cantante lo veo bien, aunque no creo que sea justo que vaya a vivir toda la vida de dos canciones.
¿Quien dice que un cantante es bueno o malo para pagarle por oir su musica?
¿Como se tasa lo que el autor pierde por las copias que se hacen de su musica?
¿Alguien puede cuantificar el dinero que le debe de dar la SGAE? Porque yo no se como se lo montan. Y hay grupos de musica que yo no iria a un concierto suyo ni aunque me pagaran y la SGAE les da el dinero que recauda por ahí....
Sin comentarios, nunca critico y no voy a hacerlo porque si digo lo que pienso...
Hola a tod@s.
Hace unos días que vi. cobrado en mi cuenta corriente, un cobro de la sgae por unos 57€, este cobro me lo vienen haciendo periódicamente, a los dos días vi. otro cobro de otra sociedad de autores por unos 22€...... cual ha sido mi enfado que hoy he ido al banco y he devuelto los dos recibos, esto es un abuso con la que esta cayendo y encima que me roben de esta forma.
además no hay una ley de protección de datos?? Como se han echo con mis datos bancarios..??? yo no he firmado nada con nadie y encima que ya pago, van y esto…….estoy muy indignado, como si no llegara con los impuestos que tengo que soportar
En la actualidad no pongo música en mi negocio (bar) solo tengo la TV...... alguien me puede aconsejar??? que tengo que hacer a partir de ahora..??? mañana voy a la oficina del consumidor a ver que me dicen.
Gracias y un saludo para todos.
Yo entiendo que los autores tienen derecho a cobrar por unos derechos de autor y que en el caso de la SGAE, entiendo que representa a un cierto número de músicos. Yo tengo un bar normalito donde no pongo nada de música, ni películas, ni documentales. Tan solo deporte, un 99% de fútbol y algo de baloncesto, tenis o automovilismo. La única música que puede sonar es la que acompaña a los anuncios en los intermedios y suelo quitar el volumen para que no moleste. La música no existe para mi negocio, ni representa por tanto ninguna ayuda, lucro o beneficio por mi parte respecto de los músicos. Podría entender que una asociación de deportistas me quisiera cobrar un canon, suponiendo que en sus contratos reivindicaran tal derecho, pero no entiendo que una asociación de músicos me reclame un dinero por el mero hecho de disponer de un televisor, herramienta susceptible de emitir música. En todo caso, antes de intentar cobrar, deberían probar que estoy emitiendo su música. El cobro pudiera ser lícito en el caso de discotecas, pubs o lugares donde el uso de la música represente un pilar del negocio. Pero en mi bar nadie va buscando música (ya he dicho que no la pongo) sino solamente ver al Real Madrid o al Atletico de Madrid. No soy nada experto en leyes, pero aplico la lógica y he leído en referencias anteriores que EL ARTÍCULO EN EL QUE BASAN EL COBRO DEL CANON SE REFIERE SIEMPRE A LA DISTRIBUCIÓN PÚBLICA DE SU MUSICA. LUEGO SI NO HAY MÚSICA, NO DEBE HABER COBRO. POR TANTO ES INCOHERENTE Y ABSURDO QUE PRETENDAN COBRAR POR EL MERO HECHO DE TENER UNA TELEVISIÓN. ¿Dónde está mi derecho y el de mis clientes a ver un telediario con las noticias del día? ¿No puedo consultar el teletexto para cualquier información, como ver el número premiado de la Once? Y si lo que quieren es salvaguardar su música que inviertan en tecnología y busquen un mecanismo que permita censurar la música no autorizada en los lugares públicos, por ejemplo capando la señal de televisión de las cadenas musicales, como hacen las cadenas privadas de pago, tipo canal plus. Pero claro en ese caso el número de pagadores potenciales les disminuiría drásticamente.
Por otro lado, entiendo que una señal de pago a nivel individual como canal plus, no permita su difusión pública, en bares, hoteles o comunidades de vecinos si no pagan un precio mayor acordado que compense lo que dejan de cobrar a nivel individual. Pero una señal pública que es gratuita a nivel individual, y por tanto cualquiera la puede oir o ver gratis en su casa o en la calle, por el mero hecho de cambiar el lugar físico se convierta en una señal con derechos de autor. Es decir no se cobra por emitir sus obras (lo pagaría el emisor solamente) sino por el hecho de que alguien obtenga beneficio con ello. Por ejemplo, es como si una agrupación de empresas textiles quisiera cobrar un canon a todos los ejecutivos o banqueros por el hecho de llevar traje en su trabajo cara al público, puesto que el traje, en cuanto que mejora su estética, evidentemente supone una ayuda en su labor comercial y les reporta un beneficio. ¿O quizás el trabajo de músico está por encima del de sastre?. El ejecutivo ha comprado su traje como el que compra un CD y luego lo usa en su trabajo para mejorar su resultado profesional. El traje solo o la música sola ayudan pero no generan negocio ni se cobran aparte. Se cobra el servicio que preste el profesional del traje igual que se cobra el café o la caña de cerveza (sin suplemento añadido).
Otro ejemplo: es sabida la costumbre de disponer en los bares de varios periódicos a disposición de los clientes. Este hecho supone o puede suponer una pérdida para el periódico pues si lo leen gratis en el bar no lo van a comprar. Podrían reclamar al bar daños y perjuicios. Pero si se trata de periódicos gratuitos que cualquiera puede obtener gratis a nivel individual resulta ridículo y absurdo nuevamente que se pretendiera cobrar al bar por un supuesto aprovechamiento comercial de la exposición del periódico gratuito. ¿O acaso los periodistas no son autores?
Lo mire como lo mire no lo entiendo. No entiendo que tenga que pagar por la posibilidad no demandada por mí, de poner una música que nunca pongo y que va unida al hecho de disponer de una televisión para visionar el futbol, noticias, etc. carentes de derechos de autor.
En todo caso deberían ser ellos los que pongan los medios para evitar que su bien sea vulnerado por persona no autorizada y que lo gestionen con los emisores, porque yo no tengo forma de eliminar la posibilidad de oir música que no sea no poniéndola y sí que tengo derecho al resto de información generalista.
POR TENER TELEVISOR CREO QUE NINGÚN BAR DEBE PAGAR A LA SGAE, SI AÚN TENEMOS CONSTITUCIÓN. ¿O HAY LEYES SUPERIOES A ELLA CUANDO INTERESA A ALGUIEN?
El propietario de un bar que sólo tenga televisión, un bar normal y corriente, nada de pub ni cosa parecida donde la música u otros ítems de este tipo puedan ser necesarios en su funcionamiento, creo que no tiene porqué pagar a nadie .
Según la SGAE se basan en el derecho que les da el artículo 17 de la Ley de Propiedad Intelectual.
LEY DE PROPIEDAD INTELECUAL
Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades.
Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.
Nos preguntamos dónde está en dicho artículo el punto o apartado que infringe el bar al conectar el televisor, máxime cuando casi siempre están con programas deportivos o informativos, que generalmente son las cadenas públicas estatales o autonómicas del tipo noticias 24 horas, cadenas que no son de la SGAE más que de cualquier ciudadano español, ya que son pagadas con nuestros impuestos. Otras cadenas abiertas al público lo son por negocio propio (en ningún caso del bar) e imagino que ya pagan sus derechos correspondientes y emiten por lo tanto aquello que les conviene.
Cuando son programas, pertenecientes a cadenas privadas cerradas, el bar como cualquier ciudadano elige lo que le interesa y paga aparte su importe más los impuestos correspondientes, operación comercial entre dos entidades (te ofrezco – me interesa y pago) completamente normal.
Pero la SGAE no, ella sólo te dice: tienes que pagar esta cantidad (la que les da la gana) por algo que nunca sabrás lo que es, ni cuando se va a emitir, ni si es mío o de otros productores libres, ni si te interesa o no. O pagas o a juicio. Y claro, el pequeño autónomo, que le viene justo sobrevivir después de 12 horas de trabajo, ve como: el abogado, el abandono del trabajo, desplazamientos, etc le salen mucho más caros; pues a pagar y a seguir trabajando para estas honradas instituciones. ¿Es este es el verdadero derecho que les da el Artículo 17 de la LDPI? Creo que sí.
Y, que pasa con nuestros derechos constitucionales? Ha desaparecido La Constitución?
No, G.A.D., pero sí parece que está cubierta de polvo y bastante olvidada por nuestros políticos, los mismos que, al parecer, autorizan a esta empresa privada a recaudar impuestos al mejor estilo “revolucionario”, como un vulgar saqueo, sin ejercer ningún control sobre ellos, sólo tenemos que ver la prensa o la televisión.
Y más vergüenza aún pensar que algunos beneficiarios de esta “organización” al parecer pagan sus impuestos en el extranjero.
¿Para que sirve a los dueños y trabajadores de un bar el artículo 20 de la Constitución?, si al parecer se permite a entidades como la SGAE saltárselo impunemente, condenándoles a trabajar toda su jornada laboral sin el derecho a la información que les otorga este artículo como ciudadanos españoles. Eso sí, pueden acceder a este derecho previo pago. ¡Que vergüenza!
Artículo 20. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
a. 1-d comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
b. 2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
Como podemos ver a este colectivo de trabajadores de bares no se les respeta para nada el derecho que les da el artículo 20 de la Const. en su apartado 1-d, menos aún en el apartado 2, donde especifica muy bien que no habrá ningún tipo de censura para poder disfrutar este derecho
Por todo esto creo que debería revisarse y aclarar esta situación, ya que no hay democracia cuando los derechos de unos se consiguen pisoteando y expoliando los derechos de los demás.