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cancelacion de embargo

9 Comentarios
 
Cancelacion de embargo
02/11/2006 10:48
Me quedé con una casa en subasta, que tenía una anotación preferente, pero el banco certificó en el procedimiento que no existía deuda pendiente. A pesar de ello, la carga sigue en el registro de la propiedad, y tras haber consultado a varios abogados, ninguno me da una solución. Alguien puede decirme que se puede hacer? Gracias anticipadas por las respuestas
02/11/2006 11:04
Consulte el problema en la Notaria y en el Registro de la Propiedad.
02/11/2006 11:18
Segun entiendo te quedaste en la subasta con la casa y la carga que tenia era una hipoteca que ya estaba satisfecha si bien quedaba por cancelar la inscripcion de dicha hipoteca en el Registro, es eso?
03/11/2006 10:43
En la Notaría y en el Registro de la Propiedad me dijeron que eso era cosa de que lo solucionase un abogado.

Josecillo, en realidad la carga que tiene la casa es un embargo por una deuda que la propietaria anterior tenía con un banco. Al parecer fueron cobrandole la deuda con la parte del salario de esa señora y la deuda fue cancelada, por eso, el abogado del banco certificó en el procedimiento que la deuda estaba finiquitada, y efectivamente lo que queda es la cancelación de la inscripción del embargo en el registro de la propiedad. Uno de los abogados con los que consulté me dijo que esa solicitud tenía que hacerla el banco o alguien que fuese parte en el procedimiento por el que se inscribió el embargo, y hablé con el abogado del banco, y aunque me dijo que lo iba a solucionar, ya llevo mas de un año con el embargo ahí y no hay forma de que alguien me de una solución para quitar el embargo.

El abogado del banco solo hace que dar largas, que si no encuentra el procedimiento, que si la procuradora ya no ejerce... no sé que hacer ya.

Gracias por vuestras respuestas
03/11/2006 12:03
Lo mas rapido es que el banco lo solicite, como parte actora que fue en el procedimiento por haber satisfecho ya su derecho, insistele al banco y si no se me ocurre que te podrias personar tu en el procedimiento en cuestion como tercero interesado y solicitar se te haga entrega de los mandamientos de cancelacion para cuidarte tu de tu diligenciado en tanto nueva propietaria del bien en cuestion. Como necesitas abogado y procurador ello te ocasionaria unos gastos por lo que yo insistiria a los abogados del banco o asumiría tales gastos.
03/11/2006 15:39
Gracias Josecillo... no me importa correr con los gastos de abogado y procurador que hagan falta para cancelar la carga. El problema es que ningún abogado parece que sepa como personarse en un procedimiento del que no es parte. Como podría presionar al banco para que realizase las gestiones oportunas? De que forma se te ocurre que un tercero interesado pueda personarse en un procecimiento como tercero interesado?

Gracias de nuevo, estás siendo muy amable y yo muy pesada.
03/11/2006 19:51
Pues depende del interés que usted tenga en registrar la cancelación de esa carga le interesará actuar o no.

Si no tiene mucho interés, espere cinco años, y como el banco no renovará la inscripción pida usted que se efectúe la cancelación de oficio del embargo.

Si está medianamente interesada, por que le concedan una hipoteca o similar, sírvase mandar un burofax al banco en el cual le exponga entre otras cuestiones las siguientes:

1.- Que las cantidades ya no se deben
2.- Que el banco está legitimado para solicitar la cancelación de la carga en el registro.
3.- Que la no cancelación de dicha carga le va a ocasionar un perjuicio enorme (pásese por alguna otra entidad bancaria y que le certifiquen por escrito que no le conceden préstamos por tener la vivienda una carga)
4.- Que, si al final, el perjuicio se produce, se lo va a reclamar al banco.
5.- Que le va a mandar una carta denuncia a la Agencia de protección de datos, por no tener los datos personales actualizados de la anterior propietaria, esto es, siguen documentando una deuda que está saldada, lo cual se sanciona por la agencia con sumas importantes.

Verá cuan efectiva es su misiva.
04/11/2006 13:30
Desde mi punto de vista -y sin perjuicio de lo apuntado por el resto de foristas- tienes dos opciones:
1- Interponer un dda de tercería de dominio contra el banco, q muy probablemente no se opondrá y ni siquiera se personará, ya q según la Lec, así no le cascan las costas, art.603.
Con esto obtendrás un auto q ordenará se libre el oportuno mandamiento al registro.
2- Esperar q transcurra el tiempo necesario, como te han apuntado, e iniciar un expediente de liberación de gravámenes de los arts. 209 de la Ley Hipotecaria y 309 y ss del Regl. Hipot.
Por cierto, los Notarios no sé, pero los Registradores de la Propiedad están obligados "ex lege" a pasar consulta gratis.Saludos¡
04/11/2006 14:17
Otra solución, no muy academica pero practica, y te lo digo por experiencia, es solicitarle una hipoteca a ese mismo banco, veras como corren que se las pelan para cancelar esa "manchita" y poder inscribir su nueva hipoteca.
13/11/2006 15:56
Os quedo muy agradecida por vuestras respuestas, he cogido un poquito de cada una, y me he puesto en contacto "otra vez" con el banco. Me han dicho que lo van a solucionar, que les de un mes para pedir el mandamiento de cancelación del embargo. Otra vez, gracias a todos