Buenos dias. Hace casi dos años hice un contrato de arrendamiento con un empresario por el cual el alquilaria un terreno que tengo de unas 10 hectareas por 20 años para plantar melocotones. Le di un año y medio de carencia (en el cual el no estaba sujeto a ningun pago) para que el preparara la tierra y la instalacion de riego a su gusto. Llegado el tiempo del primer pago ( se supone que habia un pago anual) no solo no ha hecho el pago sino que no ha preparado nada y no responde ni da señales de vida. Esta claro que no tiene intencion de continuar con el contrato pero no contesta al telefono ni correo ni dice nada.
Ahora tengo gente interesada en alquilar la finca pero claro el contrato sigue siendo valido.
Me gustaria saber
a) puedo cancelar el contrato unilateralmente de algun modo?
b) una vez que este cancelado puedo pedir compensacion economica de algun tipo teniendo en cuenta que he perdido casi dos años en que podia haber sacado partido del terreno?
No puede resolver el contrato unilateralmente, interponga demanda de desahucio por impago.
Temo que al única compensación viable -a pesar del principio general de resarcimiento del daño causado del art. 1902 del Código Civil- será la condena al pago de las rentas que no pagó.