Primero que nada saludar a todas las personas que hacen posible este Foro, que nos es de gran ayuda a muchos.
Tenemos un bajo alquilado a un Indio , figurando èl como titular del contrato. Nos ha pedido por favor si podemos cambiar la titularidad del contrato añadiendo a un amigo que participa en el negocio (no sé de que manera) . No tienen formada ningún tipo de sociedad ni comunidad de bienes. Podemos hacer este cambio y poner a nombre de dos personas un contrato de alquiler de Local comercial, si uno de ellos no consta ni en S.S,......?? Espero vuestra respuesta.Gracias
En esencia, el hecho de que ese posible titular conste o no en Seguridad Social no tiene por qué ser conocido por usted. Pero sí puede pensar en la solicitud de otro modo: al haber dos titulares podrá usted acudir contra cualquiera de ellos en caso de impago. Ese sería un inicio. Pero además podría establecer garantías.
Al margen del incremento de la responsabilidad subsidiaria con el nuevo inquilino Vd., salvo mejor opinión, tiene derecho a un incremento del 10% sobre la renta por esa cesión parcial. Habría que ver el contrato, fecha y otros pormenores ...
Aunque los dos supuestos anteriores, bien sea por la solvencia del nuevo o por las circustancias actuales no merezcan valorarse o sí ...
Entonces sería hacer una modificaión del contrato y añadir al otro titular, en las mismas condiciones que estaba el primero? Pero ahora sólo facturo a una persona, a quien le haria las facturas, al mismo de antes, a los dos?????
Si dejasen de pagar podría ir contra los dos?
Gracias