En el convenio regulardor de un divorcio se establece que..." el niño menor de edad queda bajo la guardia y custodia de la madre, pudiendo el padre tenerlo en compañía los fines de semana alternos desde las 11 horas del sábado hasta las 20 horas del domingo, recogiéndolo y reintegrándolo en el domicilio materno sito en ....."
La madre a cambiado de domicilio y s eha ido a una ciudad que está aproximadamente a 100 kilometros de distancia. El padre lo ha aceptado y no ha puesto pega, solo que es la madre la que s elo lleva a hasta su casa el sabado y va a recogerlo el domingo.
Me pregunto si es necesario hacer unas modificaciones del convenio regulador y si el padre puede negarse ante la solicitud de la madre de que aunque ella lo lleve a la casa dle padre el sabado, sea el padre quien debe llevarlo a la casa de la madre el domingo para repartirse los viajes.