Soy funcionario de un ayuntamiento desde hace 8 años y estoy en el turno de la mañana 5 años, ahora al vover de vacaciones me encuentro en que el jefe del departamento me dice que me voy al turno de la tarde, sin más.
En el E.T en el artº 41 se comtempla el cambio de las condiciones esenciales de trabajo y el derecho a reclamar, aqui en este ayuntamiento no encuentro nada que contemple este cambio ¿Podeis ayudarme?