Buenos días,
Dada la situación de falta de trabajo de mi empresa en la sede de Barcelona se nos está planteando un traslado de centro de trabajo de Barcelona a Madrid: sería un traslado/desplazamiento temporal de centro de trabajo pero no implica desplazamiento pues trabajaría en remoto (entiendo que es un cambio de sede pues ahora apoyaría a un proyecto de la sede de Madrid e imagico que lo que cambia es e codigo de cuenta cotización, pues ya estoy contratada con contrato indefinido bajo el cif de madrid pero con codigo cuenta cotización de Barcelona) además la empresa va a presentar un ERE voluntario en breve. Si me traslado temporalmente de sede a Madrid haciendo teletrabajo y manteniendo la residencia en Barcelona y si luego me acojo al ERE que se presenta en Madrid y se extingue mi contrato perteneciendo al codigo cuenta cotización de Madrid: ¿tendré problemas para tramitar desde Barcelona el paro y para cobrar de Fogasa en tal caso lo que me adeuden? (pues seguramente se queden a deber nómnas e indemnizaciones)
Me implica algún problema a ese respecto?