Buenos días, soy ciudadano peruano y tengo permiso de estudios por un año que vence el 15 de Julio de 2013 (un año), hago prácticas en una empresa y mi jefe quiere contratarme a tiempo completo, seguro social y todo lo demás. Me ha pedido que averigue sobre documentos y los trámites que se necesitan para poder cambiar mi NIE de estudiante por el visado de Trabajo. Como comienzo? que hago? Es posible cambiarlo aqui sin tener que regresar al país?
Me temo que usted ha sido autorizado aquí para el estudio y de hecho en caso de que quisiera obtener una prórroga tendría que demostrar la finalización de la misma con éxito lo que no podría darse si dejase sus estudios para comenzar a trabajar.
Por otra parte, la única posibilidad de modificación de la autorización de estancia a residencia se contempla para el caso de una permanencia en calidad de estudiante superior a 3 años.
Le copio el enlace con la hoja informativa donde se explican todos los detalles.
http://extranjeros.empleo.gob.es/es/InformacionInteres/InformacionProcedimientos/documentos2/65.pdf
Un dato importante, usted puede trabajar pero con ciertas limitaciones, es decir, únicamente de jornada parcial o si ésta es compleja, no puede superar 3 meses, siempre y cuando no perjudique a sus estudios.
Ahora bien, tenga en cuenta que no cotizará ya que usted no está en condición de residencia sino estancia.
que opciones tengo?
Terminar mi estancia de estudios hasta julio? y luego regresar a pedir el visado de trabajo a mi pais (peru) ? pedir el cto de trabajo aqui e ir con ello al consulado de españa en peru? ... Pues no se puede pedir desde aqui verdad?
Mi NIE tiene que estar caducado para pedir la residencia de trabajo?
muchas gracias
Terminada su autorización para no caer en la irregularidad tendrá que abandonar el territorio o bien solicitar la prórroga de los estudios.
No podrá pedir el visado desde aquí, del territorio español, siempre ha de hacerse desde el país de origen.
El NIE es solamente un NÚMERO DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO, como bien indica el nombre, sólo es un número por lo que no caduca, lo que caduca es la autorización. La prórroga de la misma autorización o la modificación a otra clase de permiso ha de solicitarse 2 meses antes o bien 3 meses después de esa fecha y si no se hace la persona estará de forma irregular.
Para acceder a España con una autorización de trabajo inicial está bastante complicado en estos momentos ya que hay que demostrar que no existe otra persona de los ya residentes en el territorio que pueda cubrir ese puesto de trabajo y cumplir ese perfil que se busca. O bien, publicada esa oferta de trabajo, no haya personas que se ofrezcan o esas personas no serían adecuadas para el trabajo (todo eso le cuento resumidamente).
Estando de forma irregular usted se podría acoger a uno de los arraigos, el más frecuente es el social, pero para este trámite también se exige demostrar una estancia en el territorio español superior a 3 años.
Lo que usted plantea es algo muy general que abarca demasiadas opciones, si concretase la pregunta sería más fácil darle una respuesta más concreta y detallada.
Hola otra vez. Es que quiero tener en claro lo que tendría que hacer (siento no poder explicarlo en concreto). Haber si logro hacerlo esta vez: Para solicitar la residencia por trabajo (algo que tengo que hacer desde mi pais), mi periodo de estancia por estudios tiene que terminar? (Julio2013) o puedo pedir esta residencia en mayo por ejemplo? (Aclarando que sé que debo cumplir con los requisitos que se pide para lograr un contrato). Gracias otra vez.
Terminada su autorización para el estudio deberá:
1) prorrogarla (cumplir con los requisitos académicos y económicos)
2) cambiarla a residencia y trabajo (no puede ya que no cumple el requisito de 3 años de estancia por estudios)
3) abandonar el territorio español.
Desde su país podrá tramitar una autorización de trabajo inicial. Para ello tendrá que solicitar un visado PERO ANTES un empresario de aquí, España, tendrá que acreditar que necesita contratar a una persona desde otro país porque no encuentra a ninguna otra persona aquí, en el territorio español, que sea la adecuada para este puesto de trabajo. Lo que supongo que comprenderá que ahora mismo está bastante difícil.
4) No es lo aconsejable pero también puede quedarse en el territorio español de forma irregular. Tras 3 años podría solicitar un arraigo social (la vía mas frecuente para el caso de personas en situación administrativa irregular).
Ahora esta mas claro! Tengo una ultima pregunta. Si tengo el contrato y cumplo los requisitos (empresa acredita que necesita contratar a una persona desde otro país porque no encuentra a ninguna otra persona aquí, en el territorio español) puedo solicitarlo en abril o mayo en mi pais? ( recordando que mi estancia por estudios caduca en julio)
llevo en españa 3 años, con tarjeta de estudiante, trabajo en una residencia geriatrica desde hace 1 año y medio. con un contrato de 2 horas diarias a jornada parcial y es indefinido, soy enfermera homologada, he realizado varios cursos de superacion profecional durante los 3 años que los cumplire en enero del 2014.
mis preguntas:
1...) puedo presentar la renovacion de estudiante a residencia inicial de trabajo con un contrato horario parcial indefinido?
2..) donde solicito un certificado donde demuestre que no he sido becada,,,bastaria con justificantes de pagos de la totalidad de las actividades academicas donde diga que lo he pagado yo a las universidades donde he estado matriculada?
3...) teniendo 3 años en españa cumplidos y teniendo tarjeta de estudiante...puedo acogerme a un arraigo social?
4...) si en un caso trabajara como enfermera cuidando a una ansiana adomicilio, ella puede hacerme un contrato de trabajo en horario completo y indefinido...con este contrato puedo cambiar mi tarjeta de estudiante a trabajo inicial???
La tarjeta de estudiante es de estancia y no de residencia.Puedes solicitar una autorizacion inicial de residencia y trabajao con una oferta de trabajo de tiempo completo y salrio expresado en euros.El empleador no puede tener deudas con la tesoreria ni con la seguridad social.
Tambien puedes pedir un arraigo social en las mismas condiciones y para ambos casos antecedentes penales de tu pais de origen.