Este tipo de cambios de jornada podría llegar a entenderse como una modificación sustancial de condiciones de contrato.
Si es así la empresa esta obligada a seguir un procedimiento y a justificar la causa del cambio.
Si esta cambio le produce un perjuicio a usted, puede solicitar la extinción de su contrato de trabajo con derecho a indemnización.
Si quiere ampliar esta información ufolaboral@yahoo.es
Buenas noches, llevo trabajando en un cafetería 6 años en Barcelona, con el turno seguido siempre. Pueden cambiarme el turno seguido a horario partido si vivo a 27 km de distancia del trabajo.
según tengo entendido que a partir de los 15 km de distancia no te pueden obligar hacer horario partido.
En el contrato no pone nada de turnos lo único que indica es 40 horas semanales de Lunes a Sábado.