Me gustaría dirigirme a vd. Para hacerle un consulta relacionada con mi trabajo.
Hasta el 31 de diciembre de 2009 trabajé en una empresa que realizaba un determinado servicio para un ayuntamiento. Llevaba 8 años en la empresa. Desde 1 enero de 2010, la concesión de este servicio para este ayuntamiento fue concedido a una UTE, formada por 5 empresas, 4 de las cuales eran las que prestaban el servicio hasta la fecha. Los trabajadores de estas 4 empresas pasamos a formar parte de la UTE, con las mismas condiciones laborales que teníamos antes, es decir, salario, horario de trabajo, antigüedad, etc.
Hasta ahora, las cosas han ido mas o menos bien; se ha respetado la antigüedad, el salario, etc. Pero hay que decir que los trabajadores de cada centro de trabajo (correspondiente a las antiguas empresas) tenemos horarios diferentes, condiciones de trabajo diferente, etc. El problema surge cuando la UTE quiere ahora unificar los horarios y demás condiciones.
El horario único implica que muchas personas que hasta ahora están trabajando a turnos, y que por tanto cobran un “plus de turnos”, dejen de trabajar a turnos y dejen de cobrar este plus. Esa es la intención de la empresa.
Entendiendo, que la empresa puede modificar el horario atendiendo a causas organizativas suficientes y justificadas. ¿Puede quitarnos este plus de turnos que ya cobrábamos en nuestra anterior empresa? Ya que pasamos con las mismas condiciones laborales ¿pudiera considerarse este plus de turnos como un derecho ya adquirido?
Puesto que en nuestra nómina actual este concepto no aparece como “plus turnos” sino como “plus furgoneta” o “plus camión” ¿Hay base para entender que este plus no se da por estar en turnos, sino por efectuar trabajos en camión o furgoneta?
Por otro lado, si la empresa impone un horario y ese horario es incompatible con otras actividades, como por ejemplo, con tu actual vida familiar ¿Qué se podría hacer? ¿Habría lugar para una indemnización de algún tipo?