La promotora encargada de la venta de los pisos sobre plano de una nueva promoción ha realizado un cambio importante en las características de la climatización de todos los pisos de dicha promoción. En la memoria de calidades que nos entregaron al realizar la reserva del piso sobre plano, el sistema de climatización de cada vivienda era mediante aerotermia individual, un sistema muy eficiente energéticamente. Imaginamos que por un tema de costes, nos hemos encontrado por casualidad que, justo antes de firmar el contrato definitivo de compraventa, han cambiado la aerotermia individual por una aerotermia colectiva que solo da servicio al agua caliente comunitaria y que el sistema de climatización se ha cambiado por una bomba de calor tradicional, mucho menos eficiente energéticamente y que obviamente nos va a perjudicar a todos los potenciales compradores. En la memoria de calidades se detalla que cualquier cambio relativo a dicha memoria deberá tener una justificación técnica o jurídica. En este caso, no creo que exista justificación técnica para cambiar a un sistema menos eficiente energéticamente, más allá de que obviamente los costes serán menores. ¿Tenemos algún tipo de cobertura legal a este respecto? En el documento de reserva que firmamos no se detallaban las calidades pero tenemos capturas de la web y el documento de calidades que nos entregaron en primera instancia. ¿Hay posibilidades de presionar para que instalen la aerotermia inicial en todas las viviendas?
Haga una reclamación colectiva a través de la oficina de consumo, reúna a todos los compradores, formen una comisión, y acudan a consumo, a veces suena la flauta, pero no hay ninguna garantía de que sea suficiente, otra vía es a través de abogado, y si efectivamente se prueba de que hay perjuicio, para ello deberán contratar un arquitecto que lo certifique con un informe, y que no se echen para atrás con un contrainforme, más vías, dejarlo pasar que es la más efectiva.