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Cambio de actividad comercial de local

29 Comentarios
Viendo 21 - 29 de 29 comentarios
19/11/2010 19:43
SI en la votación efectuada el pasado día 17, salió 6--3 a favor de su instalación.
06/02/2013 01:01
Hola, yo tengo un kiosco de golosinas con el cual llevo ya más de 40 años y quiero cambiar de actividad comercial, quiero poner un kiosco de comida rápida ¿me pueden poner pegas por este cambio? ¿tengo derecho a hacer lo que yo quiera con mi negocia siempre que sea dentro del régimen de leyes establecidas?
06/02/2013 17:25
Viviendo en comunidad no se puede hacer lo "que yo quiera " Debe exponer en junta su pretensión, y la junta por mayorías o unanimidad, según proceda, resolverá, claro está que si ud no está de conforme con la decisión de la mayoría, tiene siempre la opción de impugnar.
06/02/2013 17:31
En lugar de, de conforme.Quise decir conforme.

No existe la opción de editar los mensajes, para rectificar los posibles errores. Creo que es totalmente necesario para evitar el problema que no se entienda correctamente.
07/02/2013 16:17
Hoy fui al ayuntamiento y me dijeron que no que mi kiosco es de golosinas y que no, y le dije que eso ya lo sabía, que lo que yo quiero hacer es cambiar las instalaciones , es decir, poner uno nuevo y la tia con la mala ostía no paraaba de ponerme negativas.¿Es legal que me diga un no por respuesta directamente? creo yo que todo el mundo tiene derecho a dedicarse a lo que uno quiere siempre y cuando sea dentro de un marco de actividades legales no?¿?
07/02/2013 16:33
¿El quiosco, está en un local, dentro de una comunidad de vecinos? ¿O es un quiosco instalado en la vía pública?
07/02/2013 16:50
es un kiosco instalado en la via pública, con más de 40 años
07/02/2013 17:08
Esto es un tema administrativo, dependerá de la normativa de tu ciudad si te conceden o no la licencia

En las que yo trabajo, en condiciones similares, no suelen autorizar el tema pues requiere una serie de requisitos que es difícil que cumplan

Tendrás que preguntar a un abogado de tu ciudad que esté puesto en el tema de licencias municipales (y que conozca las de ciudad, obviamente), ya que sólo así podrás salir de dudas

Desde aquí es complicado contestarte, nos faltan datos
25/02/2013 18:52
buenas tardes, quisiera saber si es muy costoso cambiar de actividad comercial de un local, es decir, es una panaderia y quiero cambiar a una fruteria, es un local planta baja, arriba un vecino, pero no compartimos escaleras ni nada, no tenemos comunidad de vecinos, es independiente, y no tendria que refomarlo porque practicamente me sirve todas las modificaciones anteriormente hecha de panaderia, muchas gracias soy de andalucia
26/02/2013 10:29
Yo creo que su Administrador no le ha dicho ninguna tontería (aunque no comparto su respuesta).


Normalmente, la pretensión de los propietarios de locales se suele basar en que consideran que disponen de derecho para utilizar estos elementos comunes, debido a que es exigencia de la autoridad para el funcionamiento de su negocio.


En este caso, el otorgamiento de licencia, o su denegación, no vincula a la Comunidad, las normas administrativas son distintas a las civiles, pues aun siendo evidente que el Ayuntamiento o el Organismo competente podrá exigir el cumplimiento de sus propias reglas para la explotación de la actividad comercial, es claro que estos condicionantes no suponen ninguna obligación de acatamiento por la Junta de Propietarios.


Por tanto, si bien los propietarios, especialmente de locales, tienen facultad para dedicar los mismos a cualquier actividad lícita, salvo cláusula expresa estatutaria en contra, si para ello necesitan hacer obras en zonas o elementos comunes, necesitarán consentimiento por parte de la Comunidad.


¿Y cual es el quórum?


En principio, parece que la REGLA GENERAL es que sólo la aprobación unánime de la Comunidad les permitirá construir chimeneas de salidas de humos. Así, entre otras, las Sentencias del Tribunal Supremo, de 10 abril 1995 (SP 10725), de 25 de mayo y 12 noviembre 2007 (SP 115577 y 145097), criterio que sigue la mayor parte de las Audiencias.



Sin embargo existe también cierta jurisprudencia a favor de este tipo de instalaciones, SIEMPRE QUE NO PRODUZCAN MOLESTIAS NI PERJUICIOS pues en otro caso no podrían explotar debidamente el local comercial, postura con la que conforme a la regla general que he comentado antes, no se puede estar de acuerdo.


Sin embargo, existen SENTENCIAS a favor de esta tesis: las Sentencias de las Audiencias de Zaragoza, de 20 diciembre 2002 (SP 60418) y de Madrid, 9 mayo 2008 (SP 171411), considerando que ha existido abuso de derecho por parte de la Comunidad.


Personalmente no comparto la respuesta de su Administrador, pero si fuera abogado del propietario del local, probablemente me estudiaría el asunto para, atendiendo a las circunstancias del caso y conocidos los detalles, decidir si promover un procedimiento judicial pudiera ser factible.