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Cambiar tarjeta comunitaria por tarjeta de extranjero

10 Comentarios
 
Cambiar tarjeta comunitaria por tarjeta de extranjero
21/04/2009 14:20
Buenas tardes,mi nombre es Fredy Alberto con tarjeta de residencia permanente,soy colombiano al igual que mis hijos .Mi consulta es que no se que tengo que hacer para renovar tarjeta de residencia de mis dos hijos que les caduca el09/12/2009.Tienen tarjeta comunitaria porque fue su madre quien les reagrupo ya que ella esta casada con un español.El problema es que los niños viven conmigo desde hace tres años y medio(consta en el ayuntamiento,colegio,declaracion de la renta,medico...vamos en todas partes ademas estamos con los tramites de la custodia)y no se si habra algun problema al hacer yo los tramites de renovacion de tarjeta y actualizar el domicilio,incluso imagino que tendrian que tener la tarjeta de extranjero no la comunitaria .Mi ultima renovacion la hice a traves de correos,con ellos tambien se puede?Muchas gracias espero puedan ayudarme. Gracias de antemano.
27/09/2010 18:53
Hola, soy Argentina, llevo en las palmas de gran canaria desde marzo del 2003, llegue de mi país, casada con el que es mi ex marido(aun no estoy divorciada sino separada) y nos casamos en enero del mismo año en Argentina, y asentamos el matrimonio en el consulado de España en Argentina a efectos de tramitar la reagrupación familiar porque el llevaba aquí ya un año con NIE comunitario porque tiene la nacionalidad Italiana.
A mi me han dado la tarjeta de residente comunitaria, donde incluso figura su nombre y aclara, ‘’familiar cuidadano de la union’’.
El tema es que hace 6 meses he tenido una niña con el que actualmente es mi pareja(Canario) y como no estoy trabajando solicite la ayuda por carga familiar, pero necesitaba la demanda de divorcio presentad a tramite y admitida por el juzgado que conozca de la causa, asique tuve que iniciar la demanda de divorcio y aun estoy a la espera de dicho papel. Pero en 8 años que llevo residiendo legalmente aquí nunca he tramitado mi cuidadania española, y ahora que me he puesto en el tema, me tengo que divorciar por necesidad, porque no pensaba hacerlo, pues la abogada me recomendó que esperase a que me saliera mi cuidadania, sino me retirarían el NIE al divorciarme de el, y me quedaría ilegal, con lo cual, mis papeles para tramitar la cuidadania los tengo que presentar el 25 de noviembre del corriente, fecha en la que no se si aun no me habrá salido la sentencia de divorcio.
Mi consulta es la siguiente, en caso de que la sentencia salga antes que mi cuidadania que es lo mas probable según mi abogada, que pasa con mi NIE? Me quedo ilegal? Hace años tenia entendió que al tener una hija española(mi hija esta reconocida por su padre que es español)no podían irregularizar a la madre, en caso mio que llevo 8 años legales y cotizando (llevo un año sin trabajar, por el embarazo pero he estado de ITS) como se queda mi situación? Pierdo todo?
Mi abogada me dijo que llegado este caso, podíamos, (si no estaba trabajando) hacer un contrato pagando a la s.s para tener el NIE por trabajo, pero lo tendría que renovar cada x tiempo.
Y lo de pareja de echo? Como es eso? Yo convivo con mi pareja pero no estamos empadronados en la misma casa..hay que sacar algún papel, para que conte que convivimos?porque por ejemplo para apuntar a mi hija en el registrocivil, me pidieron dos testigos, porque como ante la ley sigo casada, pues me han pedido testigos, para corroborar la situación sentimental, que el padre de mi hija es mi pareja, y que convivimos.

Gracias, ante todo espero respuestas.
27/09/2010 19:12
Hola. Si te divorcias, no quedas ilegal, tienes 6 meses para solicitar la modificación a régimen general. Lo que sucede es que, si no estás trabajando ahora, tendrás que presentar en su momento contrato de trabajo en vigor o que estás cobrando el paro o cualquier otro medio que acredite disponibilidad de recursos económicos suficientes (por ejemplo, si dependes de tu actual pareja).

Luego, para poderte inscribir como pareja de hecho con el padre de tu hija, tendrás primero que divorciarte, pues es incompatible el registro como pareja de hecho con un matrimonio no disuelto (ahora, esto no obsta que si tú y él quieren convivir juntos, puedan hacerlo y se empadronen en el mismo sitio, a todos los efectos, constarán como convivientes en la misma vivienda, nada más). Lo de tu hija lo hicieron porque cuando las mujeres casadas dan a luz, la criatura que nace goza de la presunción de paternidad del marido, que como no era el caso, hubo que acreditar que el padre era otro y no tu marido con el que estás casada.

NO QUEDARÁS ILEGAL EN NINGÚN MOMENTO: además, al llevar más de 5 años como familiar de ciudadano de la Unión, tienes ya derecho a residir de forma permanente, que cuando te divorcies y pidas la modificación a régimen general, te será concedida una tarjeta de residencia de larga duración. Y la nacionalidad la puedes pedir el día de hoy si quieres, porque cumples de sobra con el tiempo exigido al ser iberoamericana ( para iberoamericanos son mínimo dos años de residencia LEGAL, CONTINUADA E INMEDIATAMENTE ANTERIOR A LA SOLICITUD ... requisitos que según lo que expresas, cumples al día de hoy).



Por otro lado, no sé si sepas, pero el pasado 1 de junio de 2010 se dictó una sentencia por parte del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se anuló algunas disposiciones del actual reglamento de régimen comunitario y haría posible que, en el hipotético caso de que tú te divorciases e inmediatamente te inscribieras como pareja de hecho con tu actual parejaespañol (cosa que como ha quedado dicho ahora es imposible por estar tú casada), seguirías gozando del estatus de familiar de ciudadano de la Unión, solo tendrías que cambiar de tarjeta.

Un cordial saludo y suerte.
27/09/2010 22:50
Gracias ante todo por responder a mis dudas, leyendo detenidamente, queria saber dnd solicitio la modificacion de regimen general?
Otra cosa, en argentina los bienes son gananciales, pero con mi ex, ante notario hace cosa de dos años realizamos la sepoaracion de biene, pero el notario nos dijo ke no nos aseguraba que sirviera, porque nos casamos bajo las leyes argentinas y en argentina no se permite la separacion de bienes en reginem matrimonial con lo cual intentaria ver si lo podria tramitar, ademas como el aki es cuidadano italiano por lo visto en italia tampoco se peden separar los bienes, el tema es q nunca mas supe de ese papel y no se si mi regimen es de bienes gananciales,si lo es aun, le puedo reclamar la mitad de sus bienes que esten a su nombre aunque llevemos casi 3 años separados?
29/07/2011 13:35
hola soy boliviana hace dos años y medio me case con un chico español octube la tarjeta comunitaria x el,pero ahora estamos en tramite de divorcio ya el llebo los papeles al juzgado x lo cual es un divorcio contensioso y no de mutuo acuerdo el lo que kiere es k me kiten los papeles para k yo no pueda salir del pais,mi pregunta es k si yo al firmarle el divorcio me kitaran los papeles?en estos momentos estoy trabajando y me daran el contrato de trabajo pero no se si me podran cambiar la tarjeta comunitaria x una de residente me kedare ilegal si firmo el divorcio antes de aver cumpido los 3 años de casada
29/07/2011 15:07
Hola. Hasta tanto no se dicte la sentencia de divorcio y esta no sea firme, usted sigue hallándose cubierta por el régimen comunitario. Dejará de hallarse cubierta cuando la sentencia adquiera firmeza.

Luego de la firmeza de la sentencia, usted tendrá el plazo de 6 meses para solicitar la modificación a régimen general. Deberá hallarse trabajando y en situación de alta en la Seguridad Social o acreditar disponibilidad de recursos económicos propios suficientes.

Un cordial saludo.
29/07/2011 16:51
ok gracias,lo unico k el no tiene mi direccion asi k no sabe donde hacerme llegar la citacion del juzgado x la cual el no sabe de mi paradero tube k cambiar hasta el numero de mi movil xk practicamente me estaba acosando su madre llego hasta a llamar a una amiga mia haciendose pasar x una funcionaria de la comisaria de zapadores segun se x un amigo de el k hasta a llegado a poner una denuncia hacia mi xk estoy desaparecida mi abogada me ha dicho k no me deje ver con el k siga asi escondida y le de larga hasta k cumpla los 3 años de casada xk segun ella dice k no puedo cambiar la tarjeta asi k como comprendera estoy en una situacion dificil y tengo todas mis cosas en casa de el y no kiere entregarle nada a mi hermana hasta k yo de la cara,,yo a el no le he pedido nada cuando yo me separe de el no tenia trabajo ni dinero y el asi me hecho de la casa sin darme nada de dinero tampoco se lo pedi yo no kiero nada de el x el si kiere fastidiarme con el tema de los papeles,,gracias x su ayuda
29/07/2011 16:58
Hola. Solo debe tener en cuenta que si se considera que usted se vuelve ilocalizable, pueden mandarla a citar por el BOE, por el Diario Oficial de su Comunidad Autónoma o por el Boletín Oficial de la provincia en la que viva.

Un cordial saludo
01/08/2011 21:19
K es la boe?y en k me puede perjudicar eso k me aconseja usted,entonces me presento ante el abogado de el,esk no se k hacer,,entonces si le firmo el divorcio antes de cumplir los 3 años de casada me pueden cambiar la tarjeta o no?el contrato de trabajo ya lo tengo,ahora no se k hacer
01/08/2011 23:01
Hola. El BOE es el Boletín Oficial del Estado. Es el diario o gaceta oficial del Estado, donde se publican las leyes, reglamentos, órdenes ministeriales, tratados internacionales que celebra España, fallos de sentencias que declaran la nulidad de Reglamentos o fallos del Tribunal Constitucional que resuelven recursos de inconstitucionalidad de leyes; así como nombramientos y ceses, anuncios diversos y también tiene un apartado de avisos judiciales, en el que se publican edictos de juzgados, por medio de los cuales se notifica a las personas que se consideran ilocalizables y que están siendo procesadas. Lo propio en los diarios oficiales de las Comunidades Autónomas.

La página web del BOE es www.boe.es . Se puede consultar gratuitamente, aparece de lunes a sábado.

Si usted desea, puede esperar a que se cumplan los 3 años de matrimonio.

Un cordial saludo.
02/08/2011 00:34
ok gracias x su informacion ya consultare esa pagina,xmi no hay problema de esparar a cumplir los 3 años de casada pero el no kiere esperar x eso le pregunto si teniendo el contrato me pueden cambiar la tarjeta sin necesidad de cumplir los 3 años de casada ya k el ha presentado todo la documentacion al juzgadoy no kiere esperar nada