Buenas tardes.
En la tienda que trabaja mi pareja despues de casi 4 años, han colocado camaras de videovigilancia con captacion del sonido. Una de esta camara la tiene justo encima casi las 13 horas seguidas que trabaja, y mi pregunta es si es legal o no?se que las camaras si pero no se si el sonido es legal, ya que eso le vulnera la intimidad al hablar conmigo, con la familia, amigos o clientes. Ya que el hijo del jefe que tambien trabaja pero en otra tienda la puede ver por el movil o el ordenador. Que la graben no es lo de menos, porque ella no hace nada malo, pero le molesta que la escuchen ya que le quita la intimidad. Q
las camaras que estan en centros comerciales deben de estar avisadas en las entradas al comercio con una direccion donde dirriguirnos para hacer uso de nuestra ley de proteccion de datos en caso que queramos que se borren ciertas camaras, como vigilancia el dueño la podra poner para el verlas con tienda cerrada y entiendo que no puede estar viendo continuamente las imagenes ya que esto esta prohibido y tan solo puede visualizar camaras de cctv las personas legalmente autorizdas, sea el caso de los vigilantes de seguridad, entuiendo que las ha colocado no para espiar al trabajador sino para controlar su negosio fuera del horario de apertura, sino fuera asi creo que esta cometiendo un delito, mas aun si es con sonido
la LOPD establece que el tratamiento de los datos de carácter personal exige del previo consentimiento, a menos que una norma de rango legal dispensara de dicha obligación.
Pues bien, el Estatuto de los Trabajadores establece en su artículo 20.3, lo siguiente:
El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso.
En este sentido entiende la AEPD que el Estatuto de los Trabajadores legitima para la recogida de imágenes sin el previo consentimiento en el marco de una relación laboral y para las finalidades del artículo 20.3 del ET.
Heracles: mientras el sistema se instale en zonas estratégicas (manejo de dinero...) y avisando previamente a la gente, no hay problema para el Eº. Y en cuanto a hablar contigo, familia o amigos, piensa que esto está fuera del ámbito laboral (aunque desde luego si quieres hacer una llamada aislada o urgente, puedes pedir permiso). Y con los clientes, se supone que hablarás de temas "comerciales".
El empresario puede colocar cámaras siempre que estén visibles y el personal haya sido informado de dicha colocación.Con respecto al audio hay una sentencia del supremo que leí en su momento pero no la encuentro, esta decía que las medidas de control y seguridad siempre deben ser proporcionales a la situación real.
En principio, la captación de audio podría desbordar el principio de proporcionalidad, según señaló el Tribunal Constitucional en su Sentencia 98/2000, considerando que es una intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad. No obstante, la propia AEPD reconoce que pueden existir casos excepcionales como el de los teleoperadores online.
Es decir si la captación de audio no aumenta la seguridad entonces puede ser una medida desproporcionada par la finalidad que se quiere conseguir y vulnera el derecho a la conversación privada.
Y que problema hay? En el puesto de trabajo es para trabajar y si graba las conversaciones se supone que sera temas de trabajo, para hablar con las amigas se hace fuera del horario de trabajo y solo en caso de urgencias se podra hablar por tlf. para informar de lo que ocurre.
Si estuvieran en los aseos o el vestuario seria ilegal, sino pienso que un empresario tiene el derecho de saber lo que ocurre en su negocii.
En mi despido si hubieran habido camaras la empresa no se podria inventar las mentiras que dicen que he hecho.
Quien no tiene nada que ocultar no esconde nada.
Gracias pumoky y rocalimon por la contestacion. indagare a ver si encuentro esa ley.
Desecano62 y Sergio1980 me parece que no habeis leido con atencion lo que escribi en el post.
Ya que nose si trabajais o no, pero estando en horario de trabajo tambien puedes hablar con personas que no sean de tu trabajo o clientes, lo que no puedes es pegarte media hora o mas todos los dias, pero si puedes hablar 5 minutos o menos(cualquier pregunta y demas) Ademas de que si debe hablar fuera del horario laboral, tu me diras si sale a las 7 para llegar a las 8H al trabajo, sale a las 21H para llegar a casa a las 22 horas, con tan solo Media hora para comer,Referente a que debes de pedir permiso para poder llamar por telefono o atender una llamada creo que os equivocais. A ver como dije anteriormente el caso no es que le graben, sino que la escuchen, ya que eso es algo mas intimo. Creo que no os habeis puesto en su situacion, los clientes no solon te hablan de cosas de que voy a comprar esto, o lo otro, nose vosotros pero algunos hablan de cosas de que estan aqui de viaje por negocio,vacaciones..si se le escuchan ya le quita la intimidad a los clientes y a la propia trabajadora, ya que una persona puede ser grabada en una conversacion previa autorizacion de dicha persona, y ella no ha consentido nada, se entero por via msn del hijo del jefe de que tenian camaras. y un compañero le aviso que tambien captan el sonido, y en los carteles no pone nada de captacion de sonido.
Y sergio 1980, no ai ningun problema, sino sabe como trabaja, antes informate y lueo habla. no tiene que ocultar nada, pero la intimidad que pueda tener ella se la quitan por la captacion del sonido no porque la vean por una camara ya que al no hacer nada le da igual que la graben pero escuchar es algo mas intimo.
Ademas de que trabaja 13 horas seguidas pagandole una que el maximo por ley son 8 y luego serian horas extras.... confian en ella porque esta sola en la tienda, lo que pasa que ya no van a menudo porque han abierto otra tienda y encontes que hacen pues poner camaras para controlar, que nos parece perfecto porque es su negocio y se entiende que deben de controlarlo, pero no escuchar porque te quita toda la intimidad. Informaros antes de contestar por favor, no contesteis por contestar barbaridades y leer bien los post
Creo que no he dicho nada ofensivo, solo digo que sino tiene nada que ocultar mientras esta en el trabajo no encuentro cual es el problema. A mi me han despedido disciplinariamente acusado de insultar a todos mis compañeros de la empresa, tirar las sillas por los aires, romper los muebles, gritarle a los clientes, etc... todo mentira, todos mis compañeros me aprecian y dicen que todo es mentira, pero nadie quiere declarar en el juicio por miedo a que le despidan.
Tengo fotos del facebook riendo con mis compañeros unos dias antes de los hechos que la empresa dice y la empresa va a llevar a testificar al encargado y a un comercial que nunca esta en la oficina. No tengo ninguna falta disciplinaria y no he faltado al trabajo ni un solo dia por enfermedad en 8 años.
Total, que voy a perder el juicio y simplemente que hubieran camaras grabando todo el santo dia ya no podrian acusarme de nada porque pediriamos pruebas y ellos dirian que las camaras no funcionaban esos dias y el juez veria algo raro.
Asi que creeme, si hay camaras grabando y con sonido mucho mejor para la gente como tu mujer que no tiene que esconder nada. Y sobre los clientes, simplemente poniendo un cartelito ya estaria arreglado.
Siento si te he ofendido, pero no era mi intencion.
Gracias sergio1980, no me senti ofendido, sino vi que no prestastes atencion a lo que yo preguntaba y respondias otra cosa diferente.
Pues suerte en el juicio, a mi hace muchos años, me hicieron lo mismo, pero en este caso perdieron, buscate un buen abogado, aqui llevaron al encargado y a otro compañero para decir que no trabajaba, que dormia en el trabajo.... pero al no tener pruebas solo que un encargado y otra persona lo digan. Manda a un inspector del trabajo y que hablen con el personal y asi podra verificarlo, si los compañeros del trabajo no te quieren ayudar, si recuerdas a algun cliente (dependiendo del trabajo que tengas) pidele ayuda.
Y si puedes verificar de que el comercial nunca esta en la oficina pues mejor. Sino ve y habla con tus compañeros y bajo una conversacion grabalo pero con su permiso, y al menos presenta una prueba de que los compañeros estan contigo.
Gracias Heracles, pues espero que mi juicio sea parecido, porque la empresa no tiene ni una sola prueba, ya que todo es mentira, lo unico que tienen es el testigo de un encargado que dira todo lo que le ordenen y de un comercial que nunca esta en la oficina.
Lo malo de grabar a mis compañeros es que es lo mismo que llamarles a testificar, si les grabo es con su consentimiento y es meterles en un lio con la empresa, asi que no diran nada. Y si les grabo sin que lo sepan no se si es una prueba que el juez pueda aceptar, ya que se oira la voz de una persona diciendo que todo es mentira, pero no se demuestra quien es y sino el juez puede decir que porque no viene a testificar.
Yo solo espero que haya justicia, que el juez vea que si yo me comportaba tan mal a diario con todo el mundo porque tengo fotos riendo con mis compañeros, felicitaciones en el facebook dias antes de los supuestos hechos, porque no tengo faltas disciplinarias, porque de testigo solo trae a un encargado y a un comercial cuando los insultos eran a mis compañeros (seria mas logico que testifiquen los compañeros que insultaba a diario no?).
En fin, que el juez o jueza vea estas incoherencias y se haga justicia de verdad.
Y sobre tu caso, yo creo que como tu mujer no tiene nada que esconder, es lo mejor que le puede pasar, que le pongan una camara, asi no le podran acusar de robar, ni de ausentarse en el trabajo, ni de insultar a los clientes, etc... Y creo que legalmente su jefe tiene derecho a ello siempre y cuando informe a sus trabajadores y a los clientes con un cartel y no este en lugares como el lavabo o el vestuario.
Un saludo y gracias por todo, de verdad.