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¿Cámara de la propiedad o algo así?

6 Comentarios
 
¿cámara de la propiedad o algo así?
04/02/2012 21:51
Mi abuelo, ha alquilado un piso (la finca se la contruyó él), ha hecho contrato y todo pero me he enterado después de 4 meses de que no ha llevado el cto a la cámara de propiedad ni nada. Vive en Cataluña.

Me han dicho que lo tendría que haber llevado.

¿Si ahora declara a hacienda el 2011, lo hizo en noviembre, que pasa con el hecho de no haberlo llevado a la cámara? ¿Cómo lo podemos arreglar?
perfil Jan
06/02/2012 16:55
Hola yomisma. Lo que su abuelo tendría que haber hecho, si es que realmente no lo hizo, es depositar la fianza en el INCASOL. Asímismo debió declarar los ingresos desde la fecha de celebración del contrato, es decir, en la declaración de éste año debe declarar los ingresos percibidos en Noviembre y Diciembre de 2011.

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
06/02/2012 18:19
Por cierto, al hilo de esto, ¿alguien sabe como funcionan las Cámaras de la Propiedad en las distintas Comunidades Autónomas?. Creo que en alguna han desaparecido, entonces ¿quien las sustituye en su cometido?.
Lo mismo para depositar la fianza, en cada Comunidad Autónoma (versus INCASOL).
06/02/2012 20:02
Acriton, por ejemplo, en Zaragoza, antes habia Cámara de la Propiedad y ahora las fianzas se depositan en la DGA (Diputación General de Aragon). Desconozco otras comunidades pero mirando las Consejerias de Urbanismo o Vivienda por ahí se encontrará información.
perfil Jan
07/02/2012 17:29
Hola Acriton. En cada Comunidad Autónoma el Organismo encargado del depósito de las fianza tiene un nombre distinto y se regular por una normativa distinta.

Reciba un cordial saludo



23/02/2012 20:57
No lo ha hecho pero en la declaración lo incluirá claro. ¿Ahora que puede hacer? ¿Era obligatorio llevar el contrato a la cámara? ¿ La fianza se tiene que depositar siempre, tenía entendido que no era obligatorio?
perfil Jan
27/02/2012 12:24
Hola yomisma.

1º) Puede solicitar la fianza, pero es probable que le impongan una sanción económica.

2º) No, lo obligatorio es depositar la fianza en el Organismo correspondiente.

Reciba un cordial saludo

Despacho Armando García Fernández.

Email:: armandogarcia@ical.es

http://letradosalquileres.es.tl