Rabula, la policía local de mi ciudad me ha informado que me asiste el derecho de exigir una calibración del aparato en un período determinado. Y de no existir, beneficiarme de una oscilación del 5% del resultado arrojado. ¿Me comunicas que conoces de primera mano que esto no es exigible a la policía ante un juez, por norma general?
Mirodgi viene ejerciendo como Abogado sin estar colegiado (INTRUSISMO), tiene múltiples quejas por varias personas que se sienten estafadas por este individuo.
OJITO.
Respecto de lo demás, no tienes razón, se viene condenando por esos hechos de forma automática, por eso, como bien te dijo la Abogada lo mejor en estos casos es pactar.
Cierto es que alguna que otra Audiencia viene exigiéndolo, pero NO es la postura mayoritaria.
Buenas tardes.
Ocurre que fui condenado por delito contra la seguridad vial, tras pactar con el fiscal ante las recomendaciones de mi abogada en turno de oficio, en 2009, al arrojar una tasa de alcoholemia de 0,62 miligramos por litro de aire expirado. El umbral de la consideración de delito era de 0,60.
Según he sabido recientemente, la práctica totalidad de los alcoholímetros no están calibrados con suficiente asiduidad, por lo que la ley y jurisprudencia establece un margen de incertidumbre de - 5%, por lo que mi delito parece que no fue tal, al quedar en 0,59.
¿Puedo resarcirme de alguna manera?
¿Puedo pedir cuentas a mi abogada de oficio por no informarme de tal extremo?
Muchísimas gracias por su ayuda.