He contratado una empleada de hogar, para trabajar 21 horas semanales. Según la información que manejaba, calculé el salario bruto 498,75 euros al mes con 14 pagas (de esta forma cobra todos los meses lo mismo, y tiene derecho a vacaciones pagadas, no?).
Me escribieron de la oficina de la tesorería de la seguridad social, y me dijeron que estaba equivocada con el siguiente escrito: En relación con el salario mínimo de las empleadas de hogar, el Real Decreto 231/2020 de 4 de febrero, fija el salario mínimo de las empleadas de hogar en 7,43 euros por hora. En el caso de trabajar 21 horas semanales, el salario mínimo mensual se calcula multiplicando las horas semanales por el número de semanas del mes, 4.2 que se obtiene de dividir 30/7, con un decimal y sin redondeo (nada justifica que el número de semanas al mes sea de 4) y por 7,43 € la hora, valor fijado en el Real Decreto.
Según su forma de calcular el suelto bruto, yo voy a pagar por horas por lo que en función de los días trabajados al mes la nómina será mayor o menor (en diciembre mucho menor), y si disfruta de vacaciones no son pagadas. Es así?
Doy por perdida mi disconformidad con la oficina de la SS. No sé si me pueden ayudar a calcular la nomina en función de los días trabajados y lo que crean oportuno aconsejarme.
El problema está en que parece ser que quien la ha informado no distinguió entre jornada por horas y jornada a cómputo anual, según usted, si trabaja 21 h/sem tiene un cto al 52,5 % de la jornada.
Lo que es necesario es saber cuántos días va a trabajar al año, si trabaja menos de 120 días/año su salario sería por hora trabajada, si trabaja 120 o más días se puede imponer el salario mensual en 14 pagas como usted plantea y según me parece esta trabajadora trabaja de L a V por tanto excede de 120 días/año por lo que puede dividir el salario en 14 pagas.
smo
Hola, efectivamente trabaja de lunes a sábado, pero en la seguridad social me insisten en pagar por horas según su cálculo de 21 horas x 4,2 x 7,43 euros /hora. Y no dicen otra cosa.
Por lo que veo no tengo nada que hacer. Lo que quiero saber es que si estiman su sueldo por horas trabajadas, en diciembre con tanto día festivo, su nómina se reducirá proporcionalmente a los días trabajados, no?
Gracias
Pues debe usted insistir ya que al trabajar más de 120 h/mes el salario es mensual en 14 pagas y sino que miren el convenio del propio ministerio de trabajo.
Por otra parte en ese precio hora va incluido todo, festivos, descansos y vacaciones así que es correcta su apreciación