Sí que es legal. En los préstamos e hipotecas se suele establecer una claúsula por la que se paga una penalización por atraso. En mi Entidad en donde trabajo, se cobra a partir de los 10 dias de atraso y son 18,03 € (negociables, pues si yo veo que ha sido por alguna causa de fuerza mayor se la devuelvo al cliente)
Por escrito, y si quiere, dobre vía: hojas internas de la entidad y hojas de reclamaciones, que deben tener y que puede presentar en la OMIC. En la OMIC no son competentes en materia de Banca, pero le harán los trámites y así ud. no se tiene que molestar.
Revise las cláusulas de su hipoteca y sino encuentra nada o no queda satisfecha acuda al servicio de atención al cliente o al defensor del cliente.
Ah, se me olvidaba, hágalo por escrito.
pago 238 Euros de hipoteca. Me he retrado 3 dias en el pago y el banco (caja madrid en concreto) me ha cobrado 39 Euros mas por el retraso. Esto el legal?