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caducidad de las licencias de obras

6 Comentarios
 
Caducidad de las licencias de obras
11/11/2010 11:16
Otorgada un licencia de obras, por ejemplo en 2006, se iniciado expediente de caducidad y se ha declarado la caducidad en 2010. El edificio ha quedado sin terminar. Se le había autorizado a construir tres plantas, y solo tiene construidas dos. El promotor quiere pedir nueva licencia de obras.

La nueva licencia de obras que solicite ¿tiene que abarcar la totalidad del edificio, o sólo por la obras que le faltan por terminar?
11/11/2010 23:37
En primer lugar, alguien debería peritar en qué estado se encuentra lo construido, para saber si sirve o no. Si falta por construir una planta, me temo que solo estarán hechos los forjados, y posiblemente las esperas de las armaduras de los pilares de la última planta se hayan quedado al aire desde hace años, con la consiguiente corrosión.

En segundo lugar, se habrá de redactar un proyecto nuevo, que contemple todas las obras que faltan por realizar, así como las nuevas que hayan de hacerse.

En tercer lugar, el proyecto seguramente sufrirá modificaciones, ya que en este tiempo ha entrado en vigor el CTE, con lo que habrá que cumplirlo.
12/11/2010 11:06
Ok gracias por la respuesta

Sin embargo la duda está, en que si el ayuntamiento te puede pedir una licencia que abarque todo el edificio o sólo una licencia por las obras que quedan por terminar.

Si la licencia es sólo por la obras que faltan por terminar , la parte del edificio que se encuentra construido y sin terminar, no tendría soporte jurídico, a la hora de obtener la primera ocupación puesto que con la caducidad la licencia se extingue.
12/11/2010 12:45
En según que CCAA la legislación urbanística permite solicitar por el interesado lo que se denomina “ REHABLITACIÓN DE LICENCIA CADUCADA “, haciendo constar expresamente las causas que motivaron el aplazamiento,
interrupción o prolongación.

En esos supuestos, el interesado puede solicitar la concesión de una nueva licencia con el mismo proyecto siempre que la ordenación urbanística donde se ubica la construcción no haya sido modificado con respecto al existente cuando se concedió la licencia declarada caducada. Es decir, en el momento de solicitar la “ REHABILITACIÓN DE LICENCIA CADUCADA “ el proyecto debe cumplir con el planeamiento vigente en ese momento, por ser lo que el ayuntamiento tiene en cuenta para concederla.

Si el planeamiento ha sido modificado y el proyecto es disconforme con el mismo, ya no se puede conceder la “ REHABILITACIÓN DE LICENCIA CADUCADA “ sin que el proyecto se adapte al planeamiento vigente y, como es obvio, el técnico que redacte la modificación deberá contemplar su adaptación, también, al CTE.

Citando de memoria, en las CCAA de Castilla y León, Asturias, Madrid, Extremadura, Andalucía y Castilla la Mancha, creo que la legislación urbanística permite esa posibilidad.
12/11/2010 15:11
hola gracias por la contestación.

Como dices parece, lógico que con el mismo proyecto se pida una nueva licencia, por todo el conjunto. Mi sorpresa es que la legislación canaria en su reglamento art. 223 del Reglamento de Gestión y Ejecución canario dice que:
3. La declaración formal de caducidad de una licencia, no obsta el derecho de su titular para que pueda solicitar una nueva licencia por el resto de obras que quede por ejecutar.
Soy arquitecto, no jurista pero desde mi opinion el reglamento no se ajusta mucho a lo que dice nuestra ley del suelo. Por eso creo que si solo se pide por las obras que faltan por ejecutar se deja sin cobertura juridica al resto del edificio.
12/11/2010 20:01
Hola Oscar,

Echada una ojeada al DL 1/2001, de 18 de mayo, observo en su artículo 167.4, por el que se regula del contenido de las licencias, que el ayuntamiento sí puede acordar la REHABILITACIÓN DE LA LICENCIA CADUCADA, considero que ello comporta como único deber el solicitar nueva licencia y satisfacer las tasas correspondientes.

En mi opinión pues, solo habrá que verificar que el proyecto cumpla con la normativa urbanística vigente y que se cumplen los requisitos indicados de garantizar la terminación de la obra en el plazo que se concede en la licencia rehabilitada y que no proceda otra modalidad de edificación, que entiendo se refiere a que el proyecto sea el mismo.

15/11/2010 10:08
muchas gracias