Hola a tod@s, mamaria, te digo como siempre, hay que tener valor, en primer lugar la mamá,(aunque sería la única en esta triste historia que se podría liberar de la quema total, por estar medianamente "tocada" psicologicamente) a continuación todo el "intringulis" judicial para que un niño viva en ese ambiente familiar y nadie haya puesto un pié delante para cambiar la custodia y que el niño vaya a un hogar como le corresponde, no tiene nombre, ojalá lo ciudadaros de a pié pudiéramos hacer algo, PERO YA; eso sabemos que es imposible, somos eso, algo insignificante ante tanto poder, nos comen a la primera de cambio.
Referente a la abogada,que te voy a decir, si realmente está agotada del tema, si no sabe que camino tomar, si le producen otros casos más beneficioss con menos trabajo, todo eso SE LE COMUNICA AL CLIENTE, no creas que lo vuestro es excepcional, no voy a entrar en detalles por aquí, pero...............................ya sabes.
Nuestro tema en estos momentos está como para morder a alguien, por eso prefiero entrar poco, o suelto por este teclado lo que ni debo, ni quiero, cuando vemos que hay alguien valiente que pone a quien delinque en su sitio , pero al ir a la siguiente fase, de lo dicho nada, te da gana de ir allá con cámaras, periodistas y montar la de Deus, pero que uno carece de fuerza, o influencias para hacerlo, esto no es importante,(para algun@s, claro), así que a tragar más.
Una encuesta que dió hace un rato la tele decía que el ao pasado el porcentaje de divorcios, el mayor desde que se aprobó la ley, pero que no era entendible como la C.C. solo se daba en un 15% de los caso, las demás todas SOLO a LAS MUJERES, ahí queda eso, yo incluso pienso que ese porcentaje es muyyyyy elevado.
En fin hija, disculpa por el "sermón", pero al igual que vosotros estamos "endemoniados" con estas leyes de "pacotilla"
Suerte y que la vía que tomeis, sea la acertada mamaria.
Un saludo y ánimo.
Lo mismo pienso yo, Nuria.
Pero mi marido, y me parece que también con gran parte de razón, me dice que si la abogada no quiere............................ no es que le vayamos a obligar.........
Entonces, de pedir vista, tiene que ir explicita la solicitud en el propio recurso?
Claro que no estará muy por la labor de volver a estar un día o dos de viaje. "Preparar" otra vez!!! el juicio y todo lo que ello conlleva, cobrando además por ello una cantidad que según sus propias palabras le resulta "antieconómica".
Todo lo entiendo. Teniendo en cuenta que, además y en comparación, otros asuntos que lleva le suponen muchísimo menos tiempo y dedicación ganando muchííísimo más dinero.
Pero.......si habiendo podido hacer más no lo ha hecho..........me parecería una putada. Pido perdon pero tengo que poner todas las letras.
Espero que haya algo que se me escapa. Que yo no haya entendido, que muy probablemente haya entendido mal. Porque de lo contrario....... en ese caso si lo voy a llevar mal. Muy mal.
Si el recurso está planteado y sin vista, mamaria, ya no se puede enmendar. Lo que no deben olvidar es que su abogado está para resolver sus dudas y si aceptó llevar el recurso, es con todas las consecuenciads del trabajo que ello implique y con el deber de diligencia en sus actuaciones profesionales. Un saludo.
Hola Nuria.
No creemos que la abogada conozca lo que habitualmente responda o haga en este caso la Audiencia. Recuerdo que el proceso se lleva en Andalucía mientras que nuestros abogados siempre han sido de Madrid. Hasta donde sabemos, no tiene ningún conocido o contacto que pudiera ilustrarle. Por lo que...no creemos que se trate de eso.
Mas bien, habiendo trasladado su intención de desvincularse de la forma en que lo ha hecho, pensamos que ha presentado el recurso como mero trámite, con la decisión tomada de que la Audicencia resuelva sobre lo plasmado por escrito, sin tener ella entonces que volver a desplazarse, preparar juicio y demás.
No me gustaría tener que decir esto pero...es ésa nuestra sensación.
Disculpa Nuria. Perdón por hacer tántas preguntas.
Pero en todos estos años lo que he podido ver es que el desconcomiento es, además de todo este sistema corrupto, otro de nuestros enemigos.
Y es que...claro. Se puede tener muy "fácil".
Si como perjudicados e interesados no sabemos -obviamente- cuándo se pide un recurso, cuándo y cómo se solicita vista, si eso se puede reclamar o recurrir, si se incurre o no en algún fallo de tipo procesal...........pues poco podemos hacer.
Si conocemos sin embargo cuáles sean las alternativas, al menos podremos tratar de buscar algún otro profesional que se pueda hacer cargo de lo que aún estemos a tiempo de enmendar.
Y es que cada vez que surgen más dudas, más cosas que me enantaría poder preguntar y tener claras a la hora de actuar o tomar una decisión, que para nosotros resulta tan difícil.
Sólo que...no siempre es posible.............
Es por eso que aprovecho y destaco tu inestimable ayuda. Seguramente no podrás hcerte ni siquiera una idea de lo útil que nos resultan tus comentarios y aclaraciones.
GRACIAS!!!!
Mamaria, en efecto, si son pruebas admitidas y no practicadas, se reproducen en segunda instancia y en este caso, si se debería celebrar vista. Si, su abogado puede conocer cómo suele actuar en esos casos la audiencia, pero debe solicitar de todas formas la vista y ejercitar los oportunos recursos en caso de denegación. Si deniegan la prueba admitida, es una clarísima infracción procesal que, de no tener asumidas las competencias el TSJ de su CCAA, les abre la vía para el Tribunal Supremo con recurso por infracción procesal y ante el Constitucional si el TS no les da la razón.
Un saludo.
He vuelto a releer la explicación y...sigo sin entender.
Dos de las cosas que hs pedido la abogada son las testificales de los detectives y del perito psiquiatra, cuya exposición estaba previsto y aceptado se hicieran por videoconferencia y, finalmente, no los dejaron declarar. Siendo esenciales para poder exponer al juez la situación del niño y que determinadas cuestiones, de las más graves, se valoren y tengan en cuenta en su justa medida.
Por lo que entiendo, si esas pruebas no practicadas en primera instancia se aceptan y practican ahora, no se haría en vista?
Cómo declaran entonces?
O...acaso sabe de antemano la abogada que no se van a aceptar?
Ella ha tomado ya su decisión de no seguir con el caso. Algo que veíamos venir, esperanzados sin embargo en su compromiso y profesionalidad.
Lo que no queremos es que eso influya para que simplemente cubra expediente, limitándose al simple tramite. Sin luchar.
Igual no se puede hacer más. Pero no queremos quedarnos con la duda.
Bueno, desconozco el motivo mamaría, salvo que no se cumplieran los requisitos para la celebración de vista en función de los artículos que señalé.
En cualquier caso, suscriban hojas de encargo profesional donde conste claramente a quien contratan. Si contratan al bufete como bufete, cualquiera puede llevar la dirección letrada, si contratan a un abogado concreto, entiendo que deben solicitar su autorización para delegar en otro (salvo causa de fuerza mayor). Un saludo.
Gracias Nuria.
Lo que entonces no entiendo es que habiendo solicitado lo que la abogada sí ha puesto en el recurso (que no es todo lo que nosotros hubiéramos puesto y así lo han visto también otros profesionales) como dice la semana pasada a mi marido que en la Audiencia NO hay vista.
Ya nos pasó la primera vez. Los abogados de entonces nos dijeron que no había vista, que no podíamos ir. Pero el caso es que no el abogado que llevaba el caso (uno de los socios del bufete, también abogado del estado) sino una de las ayudantes a quien encasquetaron el caso CUATRO!!! (literal) días antes del juicio en la Audiencia, acudió allí y, nos imaginamos, haría semejante papelón.
No nos gustaría que en esta ocasión pase lo mismo.
Sobre todo por si aún estemos a tiempo de hacer algo. Aunque sea ese día poder decir lo que hasta ahora no se ha dicho.
Si no nosotros y a ella tampoco le interesa, algún abogado que esté dispuesto a hacerlo, como parece está dispuesto el que ahora hemos contactado.
Todo por no volver a tropezar con la misma piedra.......
Artículo 464 Admisión de pruebas y señalamiento de vista
1. Recibidos los autos por el Tribunal que haya de resolver sobre la apelación, si se hubiesen aportado nuevos documentos o propuesto prueba, acordará lo que proceda sobre su admisión en el plazo de diez días. Si hubiere de practicarse prueba, el Secretario judicial señalará día para la vista, que se celebrará, dentro del mes siguiente, con arreglo a lo previsto para el juicio verbal.
2. Si no se hubiere propuesto prueba o si toda la propuesta hubiere sido inadmitida, podrá acordarse también, mediante providencia, la celebración de vista siempre que así lo haya solicitado alguna de las partes o el Tribunal lo considere necesario. En caso de acordarse su celebración, el Secretario judicial señalará día y hora para dicho acto.
En cuanto a las pruebas:
Artículo 460 Documentos que pueden acompañarse al escrito de interposición. Solicitud de pruebas
1. Sólo podrán acompañarse al escrito de interposición los documentos que se encuentren en alguno de los casos previstos en el artículo 270 y que no hayan podido aportarse en la primera instancia.
2. En el escrito de interposición se podrá pedir, además, la práctica en segunda instancia de las pruebas siguientes:
1.ª Las que hubieren sido indebidamente denegadas en la primera instancia, siempre que se hubiere intentado la reposición de la resolución denegatoria o se hubiere formulado la oportuna protesta en la vista.
2.ª Las propuestas y admitidas en la primera instancia que, por cualquier causa no imputable al que las hubiere solicitado, no hubieren podido practicarse, ni siquiera como diligencias finales.
3.ª Las que se refieran a hechos de relevancia para la decisión del pleito ocurridos después del comienzo del plazo para dictar sentencia en la primera instancia o antes de dicho término siempre que, en este último caso, la parte justifique que ha tenido conocimiento de ellos con posterioridad.
3. El demandado declarado en rebeldía que, por cualquier causa que no le sea imputable, se hubiere personado en los autos después del momento establecido para proponer la prueba en la primera instancia podrá pedir en la segunda que se practique toda la que convenga a su derecho.
Nuria, por si ves este hilo, preguntaba cuándo debe solicitarse la vista en la Audiencia? En el propio recurso, a posteriori o si se piden se practiquen según qué tipo de pruebas (que no se valoraron en primera instancia) se sobreentiende?
Muchas gracias de antemano
Hola, buenos días.
No puedo decir que en estos días hayamos decidido qué hacer. Hemos recibido tantísima información que...no tenemos nada claro que algo de lo que nos hayan dicho pueda ser, aunque sea a largo plazo, una "buena" noticia.
La verdad no sabía muy bien si escribir....Pero...aquí estoy.... Aburriendo y descargando en el foro nuestra decepción, quizá por eso de "mal de muchos.......".
Para empezar, otra vez se comparten nuestra impotencia e incompresión. Como decía, nuestra más profunda decepción.
Se que es fácil hablar a toro pasado. Pero...que NADIE entienda, como adelantaba en otro hilo, que con todo lo que hay, que con la demanda que se ha presentado -que, aunque muy extensa por nuestra insistencia en exponer todo lo que fuera posible, todos coinciden es bastante buena-, con las pruebas, con las circusntancias tan graves...........no se haya conseguido nada y el régimen de visitas sea poco menos que lo habitual o mayoría, pero que resulta casi arcaico para este caso.
Que con menos cantidad de situaciones, argumentos, pruebas.....se consigan custodias, o unos régimenes de visitas adaptados a esas circustancias, mientras nosotros........... ningun resultado?
Digo yo que, si nadie lo entiende.... será por algo.....
Todo el mundo parte de que los jueces no leen integras las demandas (y supongo que menos si es una como la nuestra), que no tienen tiempo para dedicarle a los casos, que están influidos por sus convicciones, ideas, etc, etc, etc.
Y por eso mismo en el juicio hay que exprimir hasta la última gota de cada argumento que se pueda exgrimir.
Es en eso en lo que aún se coincide más todavía. Cómo se pasa por alto un TRASTORNO DE PERSONALIDAD Y OTRAS PATOLOGIAS mentales SIN tratar, como la propia madre dice? Cómo, si no permiten que se escuchen, no se pregunta sobre las grabaciones aportadas? O sobre las situaciones concretas que se ven en los seguimientos de los detectives?
Cómo no se habla del informe psicosocial sabiendo tenemos la grabación que demuestra su falta de todo? Cómo no se ha presentado denuncia contra ellos y contra el perito que mintió?
En definitiva, cuestiones GRAVES, de las que disponiendo de pruebas para sustentarlas y demostrarlas, no queda más que insistir, repetir, buscar la forma decir, de que el juez las vea. Ir contra él y el fiscal si hace falta.
Y no es eso lo que se hizo.
Como también adelantaba en otro hilo, no se hasta dónde podamos llevar y llegar con todo este asunto.
Estamos muy cansados a nivel psicológico y en reserva (por decir algo) desde el punto de vista económico.
Conscientes además de que las cosas no siempre resultan como uno se imagina. En estos temas y en casos como el nuestro es más, yo diría que nunca.
Y nos dicen que el recurso probablemente tarde un año o más en resolverse. Otro año más!!!!!!!!!!!!!!
Mientras tanto....el niño vuelve de las vacaciones con su madre otra vez con sobrepeso, con sus otros problemas de salud agravados (no son problemas que pongan en riesgo la vida pero si consecuencia de un mal cuidado y atención), con un cacao mental impresionante de todo lo que allí le cuentan, mintiendo con una facilidad pasmosa auqnue rápidamente se da cuenta y se arrepiente., etc, etc, etc. SOPORTADO además junto a su padre un régimen de visitas que les perjudica y que resulta totalmente INJUSTO.
Asi que......seguimos sin saber qué hacer.............
Por el momento, si no surgen más retrasos, en la próxima semana presentar denuncia contra el orientador y el equipo psicosocial (por fin!!!!!!!!!) además de enviar copia del escrito a todos los colegios y administraciones que podamos.
Y.....después no se..................Seguramente a esperar....................................................... :(
Gracias a todos los que lean la "charla". Un saludo
Y digo que será tarde no porque su padre no vaya a estar ahí si él lo necesita, si lo busca. Su padre está y estará siempre.
Digo que será tarde porque, cuando eso ocurra, nadie podrá evitar ya el daño que se le haya causado. Lo que el niño acumule a sus espaldas.
No se lo que estas personas, que tienen en sus manos DECIDIR sobre las vidas de otros, entiendan por "riesgo".
Ni mucho menos me quiero imaginar lo que entienden y dan por hecho tan alegremente es "el bienestar e interés supremo del menor"
Vamos, para morirse de risa. Por no llorar. :(
Precisamente en esta línea me hubiera encantado tener la oportunidad de preguntar no sólo a estos señores de negro -en este caso: jueza y fiscal- sino también a los estupendos y maravillosos profesionales que han emitido según qué tipo de informes -como no: la psicologa y trabajadora social del equipo psicosocial de turno-, en los que se dice que el niño está "adaptado" (palabra que también utilizó la fiscal sin nisiquiera haber empezado el juicio).
Porque, si el niño está tan bien "adaptado" a ese "buen" entorno, en el que recibe taaaaaan "buenos" cuidados, en el que uno de sus "ejemplos" es beber alcohol con cuatro años y estar de fiestas hasta las seis de la mañana con cinco (insisto en que esto no es ni mucho lo único que este niño en concreto se ve obligado a soportar), qué pasará cuando tenga 12, 14, 18 años?
Cuál es el futuro "prometedor" que le espera a este niño en ese tan estupendo entorno?
Lamentablemente ninguna de estas señoras ni "profesionales" estará ahí para dar la cara entonces.
Probablemente la única persona a la que pueda recurrir el niño sea a su padre. Sólo que...entonces, muy probablemente, ya será tarde.
Que tendrán que ir preparando a algunos niños para seguir alimentando la maquinaria judicial...
Lamento tener que pintar este panorama tan negro a un menor, pero todos sabemos de la existencia de factores de riesgo y es muy triste que estos señores sigan sin querer investigar los factores de riesgo en los que están inmersos los menores que pasan por sus manos. Cuando el futuro les llegue a estos niños se les debería pedir responsabilidad a estos señores de negro por no haber cumplido con la labor que tenían encomendada con respecto a esos menores; a los que ellos han condicionado su vida. Sería muy interesante hacer un estudio longitudinal de las consecuencias en los niños de las sentencias que dictan; darían mucha información y se podrían rectificar muchas cosas en las próximas generaciones.
Los detectives son de Madrid. El niño y su madre están en Andalucía.
De su zona contactamos en una ocasión con un detective. Nos averiguó y confirmó bastantes cosas. Pero no llegó a poner nada por escrito ni nos facilitó ningún tipo de prueba. Y eso que iba "recomendao"!
Con lo cual....no sirvió de nada su seguimiento.
Desde mi punto de vista supone una de las pruebas más evidentes de la situación que tiene. Y de haber tenido más recursos estoy casi segura que habríamos hecho un nuevo seguimiento, más largo que los que tenemos. Lo que hubiera sido necesario hasta no dejar ninguna duda de los chanchullos y bondades de ese entorno tan "favorable", al que -segun dicen- el niño está perfectamente "adaptado".
Claro que...podría ser también que tampoco fuera tenido en cuenta.
Porque si un juez y un fiscal VEN cómo a un niño de CUATRO AÑOS se le da a beber alcohol y consideran que eso no pone de manifiesto un "mal cuidado" (conste éste es uno de los episodios de los que hay constancia, ni mucho menos el único)....pues apaga y vámonos.
Debe ser que ellas "cuidan" así de bien a sus hijos.
ingri, quizá no me expliqué bien. No es que "perdamos" derechos o cosas que estén concedidas ahora. Bueno, eso si la audiencia no establecen otras cosas en el régimen de visitas distintas a lo que se pide, y todavía para peor. Porque ya.............
Lo que nos explican (me resulta prácticamente imposible transmitirlo igual) es que perderían digamos "valor" las pruebas que ya se han aportado, aunque no se hayan valorado ni tenido en cuenta.
Se considerarían "juzgadas". Lo mismo que ahora ocurre con la enfermedad mental de la madre. Dicen algo así como que ya está juzgado y por eso no se tiene en absoluto en cuenta. Aunque afecte de hecho al niño, cada día más. Aunque él se va dando cada vez más cuenta de que lo que hace su madre no es lo que hace la mayoria. Aunque para cualquier niño (añadiendo en este caso las demás circunstancias) tener como "ejemplo" diario una persona así sea una auténtica bomba de relojería.
No sabemos valorar si eso sería así o no. Pero...sería una auténtica pena.
No es sólo percepción nuestra. Las pruebas que tnemos demuestran lo que decimos. Todo el mundo lo ve (menos la fiscal y la jueza, claro). Por eso no entendemos que estén ahí y "simplemente" se vayan a quedar en la carpeta.
Sobre los abogados, lo entendí. Sólo contaba lo que nosotros pensabamos y el chasco que de alguna manera nos llevamos cuando realmente ves que no es tal lo que te "venden".
Cuando hablo de mucho dinero, de cantidades astronómicas, no creo que exagero. Y no las podemos asumir.
No conoczco las "tarifas" u honorarios de todos los abogados. Y doy por hecho que el mercado es "libre". Como lo puede ser a nivel de otros "precios" que se estipulen por otros trabajos.
Pero que te pidan, por ejemplo, 20.000€ por demanda......... No se si es "caro" o no. Pero se que nosotros no lo podemos asumir.
Hemos afrontado siete años de juicios, peritos, informes, viajes, abultadas facturas de teléfono, seguimientos de detectives (a unos 1000€ al día), etc, etc. Y todo ello manteniendo nuestra casa, el elvado coste del regimen de visitas, los burofaxes a la madre, colegio del niño, médicos...Por supuesto la pensión de alimentos, en la que mi marido no ha fallado ni se ha retrasado ni un sólo mes.
Gracias a Dios trabajamos los dos. Pero...ya no podemos más.
hantarex, espero tengas mucha suerte en el próximo juicio.
Hasta que el cuerpo aguante seguiremos nosotros. Aunque ni siquiera sepamos muy bien cómo......
Los mismos buenos deseos para pirata.
Espero que la pretensión de la mamá de los niños no salga adelante.