Hola: He leído varios artículos sobre el IBI a aplicar a ex parejas con hijos en régimen de familia numerosa y no consigo encontrar acciones concretas de ayuntamientos en las que la bonificación del IBI se hace a los dos hogares con custodia compartida.
La única excepción, en enlace que aporto aquí, la hizo el ayuntamiento de Paterna a instancia del Sindic de Greuges: https://www.levante-emv.com/horta/2021/02/18/paterna-modifica-ordenanza-ibi-queja-35077897.html
La alusión al art. 2.2 de la ley 40/2003 deja claro que se debe apoyar a estos sujetos pasivos titulares de familias numerosas, siempre que los hijos se encuentren bajo su dependencia económica, independientemente del domicilio exconyugal en el que vivan.
Si alguien tiene más luz para el caso, bien que lo agradeceríamos.
Saludos y gracias
Los menores, a pesar de estar en custodia compartida, deben de estar empadronados en un domicilio, no en ambos. En ese domicilio es donde se aplica la bonificacion. La bonificacion hay que renovarla anualmente. Pueden llegar a un acuerdo y empadronar a los niños cada año en un domicilio para que ambos se beneficien del descuento. Es un rollo pero es así. Lo que no tengo claro es si ambos progenitores siguen ostentando el titulo al haberse divorciado.
Buenos días!!
En Murcia si se mantiene el Libro de Familia Numerosa si tienes custodia compartida.
Esto que explicáis ya lo he intentado yo y no hay forma, pero creo que si las asociaciones hicieran fuerza se lograría; ya no el total de descuento a los 2, si no el 50% del descuento total a cada progénitor, ¿por qué no?
Gracias: He interpuesto queja ante el Defensor del Pueblo y achuchado a uno de los partidos de gobierno en el Ayto de Madrid, a ver qué sale. Soy escéptico, pero la oficina del defensor ya conoce y ha intervenido en ello, por ejemplo, en el ayuntamiento de Valdemorillo, en Madrid.