Puede guardarla incluso en el salón de su casa.
La norma es que el lugar de almacenamiento esté suficientemente ventilado, y con electricidad protegida ( cables empotrados o en tubo de acero)
Lo mejor es en balcones o terrazas.
Material inflamable en el cuarto de contadores, ¿Qué ley me ampara y qué puedo hacer?
Efectivamente, para almacenar material inflamable o peligroso hay que cumplir las obligaciones que marca la ley, concretamente la Orden del Ministerio de Industria y Energía, 9-3-82 contenida en la Norma Básica de la Edificación "NBE-CPI/91: Condiciones de Protección contra Incendios en los Edificios". Le recomendamos que plantee este tema en la Junta de Propietarios para requerir a este señor que cumpla las medidas de seguridad necesarias, que no ponga en peligro al resto de los propietarios y, sobre todo, que no utilice los espacios comunes para usos particulares.
No, el caso es que no está en el cuarto de contadores, sino dentro del Trastero privativo e individual que tiene cada vecino en el garaje. Entonces mi pregunta es que el trastero al ser individual y privativo si una persona puede guardar una bombona de butano en "su" trastero. Gracias.
Si el garaje esta en planta sotano o semisotano (por debajo del nivel de la calle), estaria prohibido. Para su tranquilidad, haga la consulta en el departamento de Industria de su C.A.