Hace 5 años me divorcié,hicimos la liquidación de gananciales.
En el Convenio Regulador se recoge textualmente:" el único bien común lo constituye la vivienda familiar que quedará para el uso de la esposa e hijos hasta que éstos alcancen la mayoría de edad, momento en el que se pondrá a la venta y se repartirán ambos esposos el producto de la misma"
Al año siguiente ella me propuso la compra de mi parte de la vivienda, cosa a la que naturalmente accedí y asi se procedió mediante escritura pública. Por lo tanto se deben dar por zanjado el tema "liquidación de gananciales"
Ahora mueren mis padres y resulta que tenían una casita en el campo de la cual yo pensaba que era heredero, pues No, mis padres solo eran usufructuarios y resulta que se compró a nombre de los 7 hermanos que somos.
Ella figura en la escritura como mi esposa que era en aquellos años pero NO FIRMO, su firma no figura en la misma.
En el momento de hacer liquidación de gananciales, ni ella ni yo caímos en ello ya que pensábamos que era herencia y no compra.
El caso es que ahora queremos poner la escritura a nombre de los 7 hermanos y ella se niega a firmar.
Pregunto: ¿que derechos tiene sobre la finca,si se ha reconocido ante un juez que TODOS LOS VIENES GANANCIALES ESTABAN LIQUIDADOS?,¿necesitamos su firma cuando nunca ha figurado su firma en el documento, solo su condición como esposa mia?