Si el progenitor no custodio paga el 50% de los libros y el material escolar y el custodio pide una beca sobre esos libros y material y se le concede, y no lo comunica al no custodio, puede éste hacer algo al respecto? Es legal?
¿Con que intención? ¿Con la intención de que te revierta el 50% de lo ingresado por la beca?
Entiendo que si, porque si debido a la beca el coste de ese material se reduce en un tanto%, también se debería reducir del 50% que tu pagas.
Allá cada cual, pero yo no lo haría, yo no solicitaría esa devolución.
Que conste que no estoy diciendo que esa sea tu intención.
Entiendo que sí puede solicitar ese descuento y descontar por ese concepto en futuros pagos, las becas se conceden al hijo no al progenitor de turno, custodio.
Esto en el caso de que le hayan metido una mundial, o usted se haya avenido a tal cuestión, pues ha de saber que los libros no son gastos extraordinarios per se. Están incluidos en la prestación por alimentos.
Gracias por las respuestas; es mi marido el que se encuentra en esta situación, en su convenio viene reflejado que debe pagar la mitad de los libros y los paga cada año, lo que pasa que ahora su ex le ha dicho que ha ella siempre se los han subvencionado, y claro, creo que no es muy ético hacerle pagar la mitad de un gasto que luego realmente no ha existido.
Estamos mirando de averiguar si esto es verdad, y por eso quería saber si él puede pedirle, y de que manera, que le devuelva lo que le pagó de más.
Un saludo
Pues la verdad es que no.
Es como si tuviese la obligación de pagar la mitad de un viaje de fin de curso, y después se entera que el viaje está subvencionado por la Diputación, por ejemplo.
Pues no, lo cierto que las becas son para la administradora de los bienes de los menores, en este caso, la madre es quien se beneficia de las becas (que nunca son por el total de los gastos de los libros) y el padre, si tiene que pagar en concepto de gastos extras, pues eso, que pague, que seguro que hace falta.
Dependerá de cómo lo tenga organizado su comunidad autónoma, pero suelen publicarse los listados de becas concedidas, o bien en el colegio, en internet mediante clave de acceso, etc,pues debe darse audiencia a los interesados para posibles reclamaciones. Ello suele acontecer normalmente hacia final del curso anterior, antes que se produzca la adquisión de los mismos.
En cualquier caso, como titular de la patria potestad, tiene la condición de interesado y puede dirigirse a la administración que concede la beca para que le informen de si ha sido concedida y en qué cuantía. Con lo cual, puede a priori obtener por otros medios dicha información, es cuestión de estar atento al momento.
Me temo que esas listas a las que hace referencia samaruc no son realmente públicas ya que la beca que concede a uno de los padres, con nombre y DNi específico, con lo que como cualquier lista estará protegida por la ley de protección de datos. Es mas dicha beca no especifica que libros o que material en particular se ha de comprar y puede ser usada durante el curso para comprar material del cole y en algunos sitos hasta chandals para el cole.
Me temo que como en muchos otros casos hay una dualidad en el tema, por una parte la privacidad del adulto que es el que recibe la beca y puede emplearlo para lo que desee siempre que justifique con los tiquets que se dedica a temas escolares y para ello queda delimitado los comercios que te admiten estos tiquets.
No se si sera cosa de comunidades autonomas pero en la mia las becas se conceden a los estudiantes, no a sus padres. De hecho la notificacion de la resolucion favorable o la denegacion viene por correo a nombre del estudiante. Los padres somos meros solicitantes en su nombre.
Entre la documentacion a aportar esta la declaracion de la renta, y en el caso de separacion o divorcio, el convenio regulador por lo que la cuantia de la pension por alimentos tambien se tiene en cuenta.
Las familias monoparentales ademas estan bonificadas en las tablas en cuanto a los ingresos minimos para la concesion de becas pues siempre se les computa un mienbro mas.
Esto permite acceder a distintos tipos de becas que pueden ser unicamente para material escolar, incluir el comedor y otras tambien incluyen el transporte.
Entiendo que si los libros se incluyen en la pension por alimentos no cabe reclamar el 50% de lo que han costado, se dinero puede dedicarse a otras cosas que necesite el menor.
Si se ha concedido la beca es porque el solicitante: estudiante integrado en una unidad familiar X, cumple los requisitos economicos y academicos aunque deba hacer el papeleo en su nombre el custodio. Ese mismo estudiante, incluido en la unidad familiar Y (no custodio), podria no cumplir los requisitos para la concesion de la misma beca.
No se como se hara esto de las becas en custodias compartidas pero de momento la cosa es asi.
Despues que cada cual haga lo que crea mas conveniente. Yo por mi parte me gasto la beca y mucho mas en material escolar, libros de lectura, salidas ecologicas y culturales y demas pequeños extras a lo largo del curso.
En la comunidad autónoma donde residimos se da una beca para la adquisición de libros y material escolar a los estudiantes, nunca a los progenitores (es más, para hacer el ingreso el menor tiene que ser el titular de la cuenta bancaria donde se ingresa la ayuda). Aunque no se considere los libros de texto como gasto extraordinario, mi marido lo tiene reflejado en el convenio por lo que él paga el 50%, no sólo paga los libros si no que tambien le paga el 50% del material escolar, y todo lo que la madre le ha pedido siempre. Dicho esto encuentro de muy mal gusto que después de que él haya pagado la pensión de alimentos religiosamente cada mes, libros, material, excursiones, ropa (ya que siempre han venido sin más ropa que la que traian puesta) le diga que a ella siempre le han subvencionado los libros..... creo que él tambien tiene derecho a gastarse ese dinero llevando a sus niñas al cine por ejemplo, o a tomar una hamburguesa y luego que le quede para poder vivir en su propia casa.
Por último decir que él nunca le reclamaría lo que haya pagado hasta ahora.
Un saludo
pues no se como irá otras comunnidades, pero en la mía la beca es a nombre del aduto, con su Dni y bajo el genérico de material escolar, cosa que evita tener que mandando facturas todo el año, que no solo son los libros, se compran muchas otras cosas.
Pulpo paul, lo de que los libros están incluidos en la pension por alimentos depende del convenio, en mi caso, son gastos extraordinarios y así está reflejado en la sentencia.
Y ademas, mi ex paga una vez al año el 50% de los libros, pero durante el curso ,mis hijos se gastan una cantidad de dinero en fotocopias que les piden sus tutores, mas los bonos de bus que tampoco me los cubren, las excursiones con la clase, y un largo etc. por ello, si a mi hijo le dan beca no es para lujos, es para gastos derivados de la educación, me parece muy fuerte que un padre reclame ese dinero que paga una vez al año cuando yo, estoy todo el año soltando dinero. Y ademas, la beca se la dan a mi hijo por mi situacion, desempleada y monoparental.
Bueno es que es demasiado ,Sra canaria ¿,pues la pensión de sus hijos que cubre?, porque ya me dira ,si su ex tiene que pagar las fotocopias,el bono de bus ,los lápices,las libretas,el huevo kinder que le pide a la salida del colegio,...
Yo es el primer año que pido una beca, mi hia está haciendo un módulo.
Chelinka,por lo que has expuesto anteriormente, a mi no me han pedido la declaración de la renta ni el convenio regulador, supongo que hoy en día con el dni ya tienen acceso a la renta, pero lo del convenio... computan la supuesta pensión quue recibo?? porque desde le 2006 que no recibimos nada de pensión, si me piden el convenio,tendria que anexar la reclamación como que no la cobramos???
Hathor, seguramente lo del papeleo es diferente en cada comunidad autonoma. En la mia si lo piden, aunque tambien depende del tipo de beca que se solicite.
En algunos niveles de enseñanza hay becas que no dependen de las rentas y si del rendimiento academico pero, en general, las de enseñanza obligatoria son por rentas.
en mi ayuntamiento dan ayudas para libros en enseñanza obligatoria con el unico requisito de estar empadronado y pagar un ibi menor de cierta cantidad y no hay que aportar mas documentacion que la solicitud.
Buenos dias en respuesta a su comentario le digo que esta equivoado.
Al menos en mi caso la manutencion es una cosa y lis gastos extraordinarios como los escolares libros,material,medico etc.
Esto se divide a mitades iguales .
La beca de libros se la dan a los hijos POR LOS INGRESOS ANUALES DEL PROGENITOR QUE TIENE LA GUARDA Y CUSTODIA Y LA PATRIA POTESTAD LA TENEMOS TAMBIEN
en mi caso le pasa 50€ de manutencion
Y si yo cobrara mas no me darian beca cuentan mis ingresos no los de mi hija
Por eso en el convenio regulador asi se dicto la sentencia.
La manutención es una cosa.
Y los gastos escolares otra
No sé si ha visto usted que está contestando un hilo de hace 13 años, no creo que esté nadie mirándolo ya.
Por si volviera a aparecer, salvo que el convenio regulador indique otra cosa, los libros escolares se entienden como gastos ordinarios incluidos en la pensión, y por tanto no son reclamables como gasto extraordinario, ni procede ninguna devolución por importe de beca.