Yo contesté a Ainaa con conocimiento de causa,porque un juzgado de madrid dijo que el ibi y las basuras le corresponde al titular de la vivienda...si es de los dos al 50% y si es de uno todo para el.
Ahora si queremos lanzo la opinion...Si el ex se va de casa generara la basura en otro sitio???? Tambien pagamos el seguro a medias????
Si lo extrapolamos en familias con niños mi ex no paga nada porque segun el juzgado matricula,excursiones libros no son gastos extraordinarios porque son previsibles...Pues bien el ibi y las tasas tambien son previsibles...El que se preocupe de su casa que yo me preocupo de que a mi hija no le falte de nada...Venga otro punto de discusion.
Nuria con acento o sin el....No dudo de que sea abogada ni mucho menos pero es cierto que los abogados tambien se equivocan....la de mi ex es para llorar...asi que como siempre dependera del juez que toque
Ken, en esos casos, al 50% siempre porque son gastos que derivan de la propiedad. Si es propietario de la vivienda sólo Vd. deberá pagar el 100%. Por eso es importante comunicar a la comunidad un domicilio a efectos de notificaciones de las juntas y acudir a las reuniones para conocer el contenido o solicitar el acta de´la junta para ver qué se aprobó. Los acuerdos de las juntas se pueden impugnar en 30 días pero si quien usa, vota a favor, está obligado frente a la comunidad, sin perjuicio de que pueda ser viable entre Vds. la repercusión o no de esas cantidades. Al existir 2 propietarios, la ley de propiedad horizontal, exige que se nombre a uno para la representación y votación en las juntas. Nunca se deja arreglado el tema de la comunidad y luego, vienen los problemas.
Un saludo.
Respecto a las derramas de la comunidad me surge una duda, ya que hay derramas para el mantenimiento necesario de la comunidad, como puede ser el tejado, la fachada etc…, y otra, para las mejoras, como puede ser azulejar las paredes, poner un piso (suelo) nuevo, buzones etc… ¿para el 2º de los casos también ha de abonar el 50% de esa derrama el que no vive en su casa? Y por otra parte, si el (o ella, según el caso) ha de abonar ese 50%, ¿no tendría la comunidad que contar con su voto (a favor o en contra) de dichas derramas?
Ainaa, en el convenio implícitamente ya lo pone, cuando se le atribuye el uso. La obligación de pagarlo nace de la prestación del servicio recogida de la basura que usted genera. Evidentemente tiene una solución para no pagar la basura, extinguir el uso de la vivienda que tiene atribuido.
Añadiendo cosas a lo dicho por Nuria y Juanbo, el Ayuntamiento gira el recibo a quién tenga en el censo de la tasa, a partir de los datos del IBI, pero la basura es una tasa por la prestación de un servicio inherente al uso, no la propiedad.
El ayuntamiento no es adivino y no sabe de divorcios ni atribuiciones de usos, por lo que hay que hacerle saber a quién corresponde pagar, por ello, basta con que uno de los conyuges notifique por registro de entrada la sentencia y a partir del 1 de enero siguiente, el recibo de la tasa irá al usuario real, evitándose quebraderos de cabeza.
Nuria, veo que usted es abogada, si el seguro que tengo que pagar yo esa tasa, ¿por qué en el convenio no indica nada al respecto?, en cambio sí que pone que la los gatos de comunidad los pago yo.
juanbo, la solución que da es correcta en relación a la obligación de pago de tributos locales, pero la cuestión que se plantea es de obligación civil respecto a la atribución del uso de domicilio familiar en procedimiento de familia. El Ayuntamiento puede girar a quien quiera el recibo de las tasas, pero entre los cónyuges, el obligado al pago es quien usa la vivienda por lo que entre ellos, pueden repercutirse esas cantidades. Es así de sencillo. He llevado multitud de procedimientos de familia y siempre las tasas las paga quien usa la vivienda, además, la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales, se decanta por esa solución en base al uso.
Ainaa, en este foro participamos abogados y también particulares que dan sus opiniones. Si le queda la duda, hable con su abogado que es quien se la resolverá seguro.
Un saludo.
¡Muchas gracias por las respuestas!.
Me gusta este foro, en general se ayoda bastante con las respuestas y hay foreros dispuestos a solventar interrogantes, lo que no me gusta, como he visto n este y en otros mensajes es que las respuestas sean como opiniones personales que tratan de juzgar al que pregunta, me da igual que si convivo en la vivienda de mi ex o no, cada uno tiene su situación personal como para dudar de la moralidad de cada uno y por supuesto, cada uno, sabe las circunstancias de su separación y del acuerdo que se creó en principio entre ambas partes, de momento en este aspecto no tengo mucho mas que decir.
Con respecto al tema de las basuras, he escuchado que es del propietario el pago, la comunidad no la pago al 50%, como se ha comentado por auqí, la pago al 100 %, por un lado lo veo lógico, puesto que yo etsoy viviendo aquí, auqneu por el otro no, porque en esta comunidad ese dinero se emplea para los arreglos de la inca también, no solo para los gastos mensuales, auqnue sí que hay veces que hay gastos extraordinarios y que de momento ha pagado él.
Sé que he obtenido dos respuestas, afirmativas y negativas, así que aún me quedo con la duda, pero repito que, mcuhas gracias por todas las respuestas, y si alguien sabe algo mas al respecto,gradecida estoy.
Saludos.
Si tú tienes el uso del piso por separación legal, debes pagar lo que gastes personalmente del piso, incluso las reformas no absolutamente necesarias.
Sí que de be pagar el propietario el IBI, la comunidad si se estipula en el convenio( se usa para el mantenimiento del inmueble), y los gastos extraordinarios de la comunidad, que incrementen el valor del piso si éste sale a la venta (reformas del patio, pintura,embellecimientos del inmueble común a todos los propietarios, etc.).
Todo ello a pagar por el propietario, cómo si estuvieses en régimen de alquiler.
De lo que no estoy seguro es de los años que puedes pedir de atrasos....creo que son 20 años. Así que puedes informarte y pedirlo cuando te convenga.
Antes de todo informate de los plazos en que puedes reclamar las cantidades que te deben.
Sí, juanbo, pero en el caso tal y como usted lo expone, entiendo que el propietario, después de haberse visto obligado al pago por parte de la administración, podría reclamar al inquilino puesto que es el que se beneficia del servicio.
Respecto a la Tasa de Basuras habría que estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la misma en el respectivo Ayuntamiento. En Madrid, la misma dice:
Cuando no haya coincidencia entre el propietario del inmueble y quien habite en él, existen dos sujetos pasivos:
- El contribuyente, que es quien se beneficia del servicio (el inquilino, el concesionario, etc).
- El sustituto, que es el propietario.
La Administración exige el pago a este último como obligado al pago, si bien, la normativa permite que el citado sustituto pueda repercutir la cuota sobre el beneficiario (contribuyente).
Por tanto, si el que habita -contribuyente- no paga (como en mi caso, ella) la Admon. no se va a quedar sin cobrar, y se dirije al obligado al pago -el sustituto- que es el propietario, que luego podrá repercutirla al que vive.
iubire35, creo que se equivoca en el tema de la hipoteca. Aunque la hipoteca estuviera a nombre solo de su ex, si Vd. puede acreditar que el dinero con el que se hicieron los pagos es ganancial, puede reclamar la mitad de esos pagos. Una cosa es la titularidad del crédito hipotecario y otra, el origen del dinero con el que se afronta. Puede incluirlo en el inventario de bienes cuando liquiden la sociedad ganancial.
Un saludo.
Pues perdón Nuria ,por el acento ,pero es que en mi idioma Nuria se acentua ,así que me cuesta no ponerlo.
Aqui tú y yo no vamos a discutir ,porque para mi está claro que es como tú dices ,pero es Iubire quien lo ve diferente y ha disentido ,yo solo le contestaba que los jueces pueden decidir lo que quieran.
Segun Iubire contesta con conocimiento de causa,por lo que supongo que a ella le han dado la razón....
A veces hay que seguir el hilo.....aysss
Terabithia, Nuria no se acentúa en la u. Los jueces también pueden decir que las vacas vuelan (algunos, al menos) pero las tasas de basura son de quien usa el piso y las genera. No es un gasto derivado de la propiedad sino del uso.
Ayssssss...
Pues yo no soy letrada pero Núria sí.Y los jueces pueden decidir que las basuras y los gastos de comunidad corresponden al que tiene el uso,ya que no se trata de un alquiler en el que se estipula un precio y se puede negociar que entra o no ,se trata de un uso para un menor....Tambien pueden decidir lo que Utd.dice...Aquí como en casi todo los jueces deciden...
terabithia estoy usando un piso que ya no tiene hipoteca,que se pago casi integra durante el matrimonio...con mi sueldo y el de mi ex...pero por idiota o por pensar que todo me iria bien,la hipoteca solo estaba a nombre de mi ex....por lo q no puedo reclamar nada...Que pienso entonces que mi ex se burlo de mi??? Con q cara me dice q el piso es suyo? legalmente si,moralmente no.
Y por supuesto las reformas las pago yo
Y no difiero por gusto ,contestaba a una pregunta ,y como es mi caso contesto con conocimiento de causa
A mi se me llena la boca al decir que mi casa es mia integra y por eso pago todo,todo,todo,y por eso vivo en ella ,y por eso cuando se me estropea algo lo pago yo...Supongo que si ha cambiado la caldera ,y se la dejara a su ex nueva ,es porque va a renunciar a vivir en el piso de él ,porque si hablamos que se ira del piso dentro de 14 años o más,ya me dira que caldera nueva le va a dejar...
Iubire utd.difire de todo ,por que le conviene ,porque Utd.está usando un piso que no es suyo al 100x100, si la hipoteca la estuviera Utd.pagando y su ex estuviera disfrutando del piso , y a demás le hiciera pagar las persianas ,las reparaciones de fontaneria....ya veria como no le pareceria tan bien...
Difiero de lo dicho aqui....El ibi las basuras y derramas de comunidad las paga el propietario del piso.Si es de los dos al 50% y como en el caso q estamos pues el.
A todos los ez que se les llena la boca diciendo q su casa es de ellos integra...pues a pagar.Los que tienen dos casas pagan el ibi y las basuras al no ser q se pacte lo contrario.
Aqui la gente se cree que mantener una casa no cuesta dinero...Bastante que le dejare a mi ex la caldera nueva....
Difiero de lo dicho aqui....El ibi las basuras y derramas de comunidad las paga el propietario del piso.Si es de los dos al 50% y como en el caso q estamos pues el.
A todos los ez que se les llena la boca diciendo q su casa es de ellos integra...pues a pagar.Los que tienen dos casas pagan el ibi y las basuras al no ser q se pacte lo contrario.
Aqui la gente se cree que mantener una casa no cuesta dinero...Bastante que le dejare a mi ex la caldera nueva....
Ainaa claro que si, que pague el todo ,total es su `piso,que no lo pueda disfrutar en años ,que más da ,si se rompe las persianas ,que pague ....¿,a pensado en cambiar la cocina y el baño?,ahora hay unos diseños monisimos ,y que lo pague él que para eso es su piso...