Hola compañeros un saludo a todos de antemano, No se si aki es el lugar para exponer la siguiente duda que tengo.
Un Ayuntamiento publica las bases para policia local y las aprueba por pleno y las publica en el Bop donde dice Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre de
Coordinación de las Policías Locales, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción
interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de
22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el
baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías
de los Cuerpos de la Policía Local.
Ahora bien el dia 24 de abril se publica la nueva orden Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los te-marios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local.
Mi pregunta es si se puede aplicar esta nueva orden ya que en su disposición transitoria unica dice que los procesos que se han iniciado se atendrán a las bases anteriores? gracias.
hola compañero, me he leido la orden de P a Pa y no pone nada de que quede derogada, yo el incapie que hago que la nueva orden pone la Disposición Unica Transitoria. Convocatorias en tramitacion. Las convocatorias de procesos de selección para el ingreso, la promoción interna y la movilidad publicadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden, se desarrollarán de acuerdo con sus bases reguladoras....
¿ Se le puede llamar tramitacion, a la aprobacion de las bases en pleno y su posterior publicacion en el bop?
O sea que la Orden no deroga a la anterior, sino lo que hace es que respeta a la anterior si ya hay un proceso en marcha.
Pues bien, si como dices se ha aprobado y se ha publicado, entiendo que la Orden de 2003 es la que se aplica. La publicidad de las bases en el boletín hace que sea la "ley" por la que se va a regir el proceso, salvo que se modifique.