Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Base de cotización por contingencias profesionales

1 Comentarios
 
Base de cotización por contingencias profesionales
17/09/2019 18:08
En la norma Tercera.2 del Artículo 1 de la Orden TMS/83/2019 se dice literalmente: "Para determinar la base de cotización correspondiente a cada mes por las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplicarán las normas primera y segunda del apartado anterior. La cantidad que así resulte no podrá ser superior al tope máximo ni inferior al tope mínimo correspondiente, previstos ambos en el artículo 2, cualquiera que sea el número de horas trabajadas diariamente, excepto en aquellos supuestos en que por disposición legal se establece lo contrario."
No se hace ninguna referencia alas horas extraordinarias por lo que ¿he de suponer que ástas ya no forman parte de esta base de cotización?
Gracias por la ayuda
21/09/2019 13:04
MEGD
Hola La regulación de las horas extras está en el artículo 5 de dicha Orden TMS/83/2019.
Es decir a la base de cotización por contingencias comunes se sumas las horas extras para determinar la base de cotización por contingencias profesionales, con los mismo topes máximos y mínimos que los topes para las contingencias comunes.
Saludos