Voy a volver a busar de vuestra paciencia y solidaridad.
Necesito tener claros ciertos puntos antes de volver a hablar con mis jefes después de que el viernes me confirmasen el despido el 1 de abril.
1.En su día cogí la baja por enfermedad común en lugar de accidente de trabajo después de pasar por la mútua por expreso deseo de ellos, aunque no debería haberlo hecho.
2.Al coger la baja de esta forma a parte de cobrar menos estos meses de baja, voy a perder de paro el tiempo que esté de baja.
3.-Según el Art. 8 de la Ley 3/12 de la Reforma Laboral, podría acogerme a que mi ausencia al puesto de trabajo no es absentismo tal como indica este artículo al obedecer a tratamiento médico por cancer o enfermedad GRAVE y oponerme legalmente a que me Despidan con lo cual segúiria de baja y no perdería tiempo de paro?????.
4. En el caso de aceptar este despido si no puedo acogerme al punto anterior, se trataría de un despido improcedente no por causas objetivas y me correspondería tal como me indicasteis una indemnización de 45 y 33 días por año trabajado??
Por favor revisar estos puntos para ir sobre seguro mañana a hablar con ellos , ya que me dijeron que acordasemos ni el máximo ni el mínimo de indemnización, pero después de pensarlo todo en frío, veo que por que debo acordar nada?? Si me despiden está claro 45 y 33 dias por año trabajado, no hay nada que acordar es lo que corresponde, a parte de las perdidas que he tenido y voy a tener por acogerme a la baja por enfermedad común.
No quiero nada que no me corresponda, pero tampoco sentirme engañada.
Gracias de antemano.
De verdad, no se como darte las gracias.Me habeis aclarado poco a poco tantas dudas.....Espero que España remonte dentro de no mucho tiempo,porque entre pensiones,prestación desempleo,jubilaciones anticipadas.... no va a quedar nadie trabajando !!
GRACIAS de nuevo.Os mantendré informados.
Incluso si a los 12 meses te viese el EVI y te dieran una prorroga de 6 meses mas estarias dentro de los 12 meses de paro que te pertenecen, ya que tienes paro hasta Abril del 2014 y los 18 meses de baja ( si se diera el caso ) se acaban en Marzo del 2014.
El Neocirujano no puede darte la baja 3 meses mas, si acaso te habra dicho que dentro de 3 meses te tiene que volver a ver, para evaluar la lesion, quien te tiene que dar la baja semanalmente es el medico de cabezera .
Si es un despido objetivo , ( la empresa justifica que ha tenido perdidas ) te pagarian a razon de 20 dias al año, si es improcedente que creo que es el caso tuyo, porque estas enferma y no le sale a cuenta a la empresa te tendria que pagar la empresa 45/33 dias por año, en tu caso 2 años al 45 dias y uno a 33 por cambio de ley en febrero de 2012.....vaya que en el procedente son 60 dias 2 mensualidades de indemizacion y el improcedente serian 123 dias mas de 4 meensualidades , vaya el doble o sea que si te despiden con 20 dias si no demuestran las perdidas puedes denunciar , eso es la indemizacion , otra cosa es el finiquito.
Gracias de nuevo Buffy42. Me operaron el 24 de Septiembre, el neuro me ha prorrogado 3 meses más la baja, hasta el 19 de junio no vuelvo.Me despiden el 1 de Abril y me corresponde 12 meses por los 3 años que llevo en esta empresa ,este febrero hizo 3 años.
Empiezo el paro el 1 de abril de baja,me pagará el estado por baja y si consumo los 12 meses qué pasa, me imagino que antes me llamaran a valoración.
En cuanto al despido que diferencia hay entre objetivo e improcedente, a mi me despiden por que han estado esperando el alta, pero al confirmarles que no puedo volver a mi puesto y no poder desempeñar otro en la empresa no me pueden mantener asi de baja indefinidamente, cosa que entiendo perfectamente.
Hola otra vez Vicenta.
Te operaron en Septiembre,no?? Sigues de baja imagino en Abril llevarias 7 meses de baja,si no me equivoco,pues tendra que pagarte el Inss o la mutua,y a los 12 meses ellos te derivaran al Evi, para una posible incapacidad.
Mirate bien el tema finiquito e indemizacion,es despido objetivo o improcedente??
Como me temía ,la empresa me envia al paro el 1 de abril. Me finiquitan e indemnizan. Y ahora que?? Me corresponde un año de paro, si sigo de baja que pasa,? Consumo los 12 meses de baja y ya no me queda paro???? Es muy injusto trabajar en las pequeñas empresas!!!
Si estas de baja laboral , pero estas dado de alta en la empresa y te diesen una incapacidad, no tendrias derecho a indemizacion, pero si a finiquito.
Adeu.
Vicenta,
con todos mis respetos, la asistenta social se te ha quitado de encima con lo del abogado laborista.
Primero, si estás de Baja porque no puedes trabajar, cómo es que trabajas ???.
Yo, en tu lugar, no me prestaría a ningún arreglo de tu Empresa ni tampoco confiaría en eso de que luego te vuelvo a contratar.
Estás con contrato indefinido. Tienes la Baja ... pues sigue de baja hasta ponerte bien. El Empresario si te quiere despedir, aunque estés de baja lo puedo hacer. Si te despide te tiene que indemnizar según tu contrato y antigüedad (NO necesitas exigir el Alta para que ser despedido). Y si mejoras y puedes trabajar y no te han despedido ... te darán el Alta laboral y podrás volver al trabajo.
Vengo de la cita con la asistenta social de mi centro de salud y la señora de esos temas no tenía ni idea , me ha dicho que eso debe asesorarme un abogado laboralista !!! me habeis alarado vosotros muchisimas mas cosas que ella.
Abusando de vosotros una vez más, si me dan alguna incapacidad y luego me despide la empresa, me corresponderá la indemnización por despido o como me incapacitan para ese trabajo no les corresponde darme nada, ya que les han reconocido que no puedo desempeñarlo.Perdonad pero son todo preguntas que me vienen a la cabeza una tras otra...
Muchisimas gracias a vosotros.
Pues hombre si ya se ha beneficiado una vez de la bonificacion no creo que se pueda beneficiar 2 veces el empresario por una bonificacion por el mismo trabajador y menos echandote y volviendote a contratar solo para coger la bonificacion.
Si te despidiesen y fueses al paro,el empresario que te contratase si que tendria bonificacion al tener el 33% de minusvalia.
Pero olvidate de momento de eso, ya que estas de baja.
Como os puse en mi primer mensaje, tengo reconocida una minusvalía del 33% (sin paga) que me dieron ya estando trabajando donde estoy ahora .Puede el empresario en estos momentos o si me tira al paro y me vuelve a coger, tener alguna bonificación o beneficio por mí? si fueses así cabría alguna posibilidad de seguir en el trabajo !! Como os digo tengo 46 años y contrato indefinido.
Marobara te lo explico muy bien.
Ahora que el tiempo pase, y tu ves semanalmente a recoger el parte de baja y llevarlo a la empresa. Si la empresa te despide, pues a partir de ese dia pasas al INEM, al que tendrias que aportar la baja medica, creo que mes a mes, es decir llevar los partes de 4 en cuatro, pero una vez suceda eso ,vas a la oficina del INEM, y que te lo expliquen ellos mejor.
Por cierto que edad tienes y cuantos años cotizados ??
De nuevo muchisimas gracias a todos por vuestras explicaciones. Si buffy42, el neurocirijano me operó de una estenosis ( compresion medular) pero además me dijo que tengo otras 3 hernias y toda la columna doblada( escoliosis aguda) y que si volvia a forzar me quedaria en una silla de ruedas, que si mi trabajo fuese cara a un ordenador, conserje, comercial .... pero reparto con levantamiento de peso.... no podría ! Al despedirme cobraria prestacion de desempleo, y si me corresponden 24 meses ,me descontarian los que esté de baja a partir de entonces no? como me dijo muy bien Marobara.
De nuevo gracias...
Hola Vicenta, lo mas importante para que te den una incapacidad permanente , es la relacion que hay entre las patologias por la que estas de baja y el trabajo que desempeñas.
A partir de hay el trabajo que comentas que realizas habitualmente esta relacionado con levantar y mover peso y que un NEOCIRUJANO, te diga que ya no lo puedes a volver a realizar ese tipo de trabajos es muy importante.
Lo primero que tendrias que hacer es pedirle al neocirujano que te haga un informe por escrito, que confirme lo que te dijo verbalmente, y guardas ese informe y todos los informes que tengas de tus lesiones en columna RX, Rsm, todo, todo.
Ahora sigue de baja y si la empresa te despide ,te recomiendo sigas todo el procedimiento medico.Esto es, que cuando lleves 12 meses de baja la s.social te derivara al EVI-ICAM para que estos te revisen para una Invalidez permanente, y ellos ya decidiran si tienes derecho o no.
Tambien podrias ir tu al INSS y pedir la invalidez sin necesidad de que lleves un año de baja, pero es recomendable que despues de los 12 meses sean los mismos de la s.social los que te deriven.
Es un proceso un poco largo y desesperante, pero si tu oficio habitual es ese y no lo puedes realizar segun un neocirujano, pues ves a por una incapacidad,aqui estamos para ayudar,suerte.
marobara ,espectacular la explicacion,muchas gracias a todos. Fui por la mutua,pero en la empresa me dijeron q ya tenian varios partes de otros trabajadores y que porfavor cogieses la baja por e.comun, yo tonta de mi lo hice por hacer un favor y ahora estoy cobrando una m...... Y voy por enf.comun no accidente laboral.
Nazka32, cuando respondí al consultante no estaba tu respuesta.
Vicenta, sobre tu pregunta :
" ...Puedo pedir la valoración del tribunal de la SS para solicitar una revision de la minusvalia o pedir una incapacidad ?? ..."
* Espero que los FOREROS EXPERTOS en IPs te respondan de cómo proceder.