Tengo un contrato Indefinido en mi empresa como repartidor.Me operaron en Septiembre de 2012 de estenosis, aparte tengo una gran escoliosis en toda la columna.Despues de 4 meses sigo de baja por que el neurocirujano me ha dicho que no puedo volver ya a mi trabajo de levantar y repartir peso.Ademas tengo concedida una minusvalia del 33% ( sin percepción de ninguna paga). El problema es que la empresa me quiere despedir ya que necesita una persona de continuidad dado que yo no voy a poder volver a desempeñar mi trabajo. Qué sucedería si me tiran estando de baja? Que pasaria con mi baja y mi paro?
Puedo pedir la valoración del tribunal de la SS para solicitar una revision de la minusvalia o pedir una incapacidad ??
Por favor orientarme y decidme donde se debe pedir. Tengo fecha con la asistente social de mi centro de salud pero aun tardaré en ir.
la empresa te puede despedir perfectamente estando de baja, pero tendra que indemnizarte por despido improcedente ( 45 dias de salario por año de trabajo hasta el 12 de febrero del 2012, y luego 33 dias hasta la actualidad) . una vez despedida puedes perfectamente intentar una revision de la minusvalia o una incapacidad aun estando en paro.
para mas dudas
Muchisimas gracias Eriz.
Cuando me despidan, me den la indemnización.... y esté en el paro ¿seguiré de baja? si tengo derecho a dos años, se me descontará algo por el tiempo que esté de baja....cómo funciona, cuando entras al paro estando de baja??
Además de lo que hadicho Eriz:
Si la baja es por enfermedad común, el tiempo que estés de baja se descontará del tiempo de prestación por desempleo. Si es por enfermedad profesional o accidente de trabajo, no.
Puedes pedir una revisión de la minusvalía o una Incapacidad. Tu trabajador social te orientará para esto.
Que me quieres decir, que si me despiden y me corresponden 2 años de paro, y he estado 9 meses de baja, en lugar de los 24 meses de prestación tendré derecho solo a 15 meses.???????por favor ésto no me queda claro...
Vicenta,
primero de todo, la Baja es por CC (contingencias comunes) ??? Si afirmativo, tu sigues con tu ITCC y si te despiden, ENTONCES seguiría otro proceso, PERO tu seguirías de Baja y te pagaría la Mutua. Cuando llegues al parte 52 ( 1 año de baja ) la propia Mutua te propondrá para revisión en el Evi/Icam. Te citarán y el resultado puede ser :
1/ Alta LABORAL
2/ Prórroga de la Baja (ITCC) por 6 meses más, porque prevean curación.
3/ Propuesta IP (Incapacidad Permanente)
Si el resultado fuera :
1/ Alta LABORAL, como estás despedida, debería ir a tramitar los papeles del Paro. Como pensamos que tu Baja es por CC (NO ENFERMEDAD PROFESIONAL NI ACCIDENTE DE TRABAJO), te descontarían los meses que llevas de Baja, PERO DESDE QUE FUISTE DESPEDIDA como tiempo consumido del Paro. Es decir :
** llevas 9 meses de baja, te despiden al mes 10 de la baja (sigues de baja con la Mutua), pasan 2 meses más ... ya estamos en el mes 12 que te dan el Alta = habrías consumido, desde que fuiste despedida, 2 meses. Si te correspondieran 24 meses, te restarían 2 meses como consumidos, te quedarían 22 meses de Paro.
Hasta que no tengas el ALTA LABORAL no puedes ir a tramitar la prestación por desempleo.
2/ Prórroga por 6 meses. Seguimos pensando que en el mes 10 de tu baja x ITCC te han despedido. Una vez transcurridos estos 6 meses y te dieran el ALTA LABORAL, deberías ir a tramitar el Paro. En las oficinas te contarán los meses de Baja que has consumido DESDE QUE TE DESPIDIERON ( 2 más 6 de la prórroga = 8 meses de BAJA SIN EMPRESA ). Si te correspondían 24 meses, restarán los 8 meses y te quedarían 16 meses.
Espero que lo entiendas. ( Ahora es cuando nos dices que es enfermedad profesional ??? )
Nazka32, cuando respondí al consultante no estaba tu respuesta.
Vicenta, sobre tu pregunta :
" ...Puedo pedir la valoración del tribunal de la SS para solicitar una revision de la minusvalia o pedir una incapacidad ?? ..."
* Espero que los FOREROS EXPERTOS en IPs te respondan de cómo proceder.
marobara ,espectacular la explicacion,muchas gracias a todos. Fui por la mutua,pero en la empresa me dijeron q ya tenian varios partes de otros trabajadores y que porfavor cogieses la baja por e.comun, yo tonta de mi lo hice por hacer un favor y ahora estoy cobrando una m...... Y voy por enf.comun no accidente laboral.
Hola Vicenta, lo mas importante para que te den una incapacidad permanente , es la relacion que hay entre las patologias por la que estas de baja y el trabajo que desempeñas.
A partir de hay el trabajo que comentas que realizas habitualmente esta relacionado con levantar y mover peso y que un NEOCIRUJANO, te diga que ya no lo puedes a volver a realizar ese tipo de trabajos es muy importante.
Lo primero que tendrias que hacer es pedirle al neocirujano que te haga un informe por escrito, que confirme lo que te dijo verbalmente, y guardas ese informe y todos los informes que tengas de tus lesiones en columna RX, Rsm, todo, todo.
Ahora sigue de baja y si la empresa te despide ,te recomiendo sigas todo el procedimiento medico.Esto es, que cuando lleves 12 meses de baja la s.social te derivara al EVI-ICAM para que estos te revisen para una Invalidez permanente, y ellos ya decidiran si tienes derecho o no.
Tambien podrias ir tu al INSS y pedir la invalidez sin necesidad de que lleves un año de baja, pero es recomendable que despues de los 12 meses sean los mismos de la s.social los que te deriven.
Es un proceso un poco largo y desesperante, pero si tu oficio habitual es ese y no lo puedes realizar segun un neocirujano, pues ves a por una incapacidad,aqui estamos para ayudar,suerte.
De nuevo muchisimas gracias a todos por vuestras explicaciones. Si buffy42, el neurocirijano me operó de una estenosis ( compresion medular) pero además me dijo que tengo otras 3 hernias y toda la columna doblada( escoliosis aguda) y que si volvia a forzar me quedaria en una silla de ruedas, que si mi trabajo fuese cara a un ordenador, conserje, comercial .... pero reparto con levantamiento de peso.... no podría ! Al despedirme cobraria prestacion de desempleo, y si me corresponden 24 meses ,me descontarian los que esté de baja a partir de entonces no? como me dijo muy bien Marobara.
De nuevo gracias...
Marobara te lo explico muy bien.
Ahora que el tiempo pase, y tu ves semanalmente a recoger el parte de baja y llevarlo a la empresa. Si la empresa te despide, pues a partir de ese dia pasas al INEM, al que tendrias que aportar la baja medica, creo que mes a mes, es decir llevar los partes de 4 en cuatro, pero una vez suceda eso ,vas a la oficina del INEM, y que te lo expliquen ellos mejor.
Por cierto que edad tienes y cuantos años cotizados ??
Como os puse en mi primer mensaje, tengo reconocida una minusvalía del 33% (sin paga) que me dieron ya estando trabajando donde estoy ahora .Puede el empresario en estos momentos o si me tira al paro y me vuelve a coger, tener alguna bonificación o beneficio por mí? si fueses así cabría alguna posibilidad de seguir en el trabajo !! Como os digo tengo 46 años y contrato indefinido.
Si te despidiesen y fueses al paro,el empresario que te contratase si que tendria bonificacion al tener el 33% de minusvalia.
Pero olvidate de momento de eso, ya que estas de baja.
Pues hombre si ya se ha beneficiado una vez de la bonificacion no creo que se pueda beneficiar 2 veces el empresario por una bonificacion por el mismo trabajador y menos echandote y volviendote a contratar solo para coger la bonificacion.
Vengo de la cita con la asistenta social de mi centro de salud y la señora de esos temas no tenía ni idea , me ha dicho que eso debe asesorarme un abogado laboralista !!! me habeis alarado vosotros muchisimas mas cosas que ella.
Abusando de vosotros una vez más, si me dan alguna incapacidad y luego me despide la empresa, me corresponderá la indemnización por despido o como me incapacitan para ese trabajo no les corresponde darme nada, ya que les han reconocido que no puedo desempeñarlo.Perdonad pero son todo preguntas que me vienen a la cabeza una tras otra...
Muchisimas gracias a vosotros.
Vicenta,
con todos mis respetos, la asistenta social se te ha quitado de encima con lo del abogado laborista.
Primero, si estás de Baja porque no puedes trabajar, cómo es que trabajas ???.
Yo, en tu lugar, no me prestaría a ningún arreglo de tu Empresa ni tampoco confiaría en eso de que luego te vuelvo a contratar.
Estás con contrato indefinido. Tienes la Baja ... pues sigue de baja hasta ponerte bien. El Empresario si te quiere despedir, aunque estés de baja lo puedo hacer. Si te despide te tiene que indemnizar según tu contrato y antigüedad (NO necesitas exigir el Alta para que ser despedido). Y si mejoras y puedes trabajar y no te han despedido ... te darán el Alta laboral y podrás volver al trabajo.
Si estas de baja laboral , pero estas dado de alta en la empresa y te diesen una incapacidad, no tendrias derecho a indemizacion, pero si a finiquito.
Adeu.