Gracias Jesusfer... Me queda claro que las 6 primeras semanas son intocables... Lo que no me queda claro es... Si despues de esas 6 semanas, por ejemplo, yo me cojo 4, vuelvo a trabajar (pero NO cediéndole la baja al padre, sino INTERRUMPIENDOLA) puedo luego reanudad lo que me quede de baja?
Que lio, no se si me he explicado...
El período de descanso puede distribuirse a opción de la trabajadora, antes y después del parto, siempre que al menos 6 semanas sean posteriores al mismo y aunque éste tenga lugar en fecha distinta de la prevista.
Cualquiera que sea la distribución la trabajadora tiene derecho al subsidio por maternidad a partir del inicio del período de descanso. En ningún caso el inicio del descanso por maternidad puede comenzar en fecha posterior al parto.
Del período de descanso que le corresponde a la madre se debe reducir, en su caso, la parte cedida al padre, ya que la mujer trabajadora puede ceder al padre trabajador el disfrute initerrumpido simultáneo o sucesivo de parte del período de descanso, respetando las 6 semanas posteriores al parto.
En conclusión, en el caso de que trabaje la madre y el padre, la madre puede ceder despues de las 6 primeras semanas parte del período siempre que no suponga riesgo para su salud. Por ejemplo: 4 semanas al padre y a continuación coger la madre las semanas restantes. También se pueden alternar sucesivamente, siempre que sea de forma initerrumpida.
Hola! Querría información completa sobre la baja por maternidad. Sé que son 16 semanas. Me gustaría saber si esa baja se puede interrumpir y volver a reanudar cuando se desee. También querria saber si se puede interrumpir en las primeras 6 semanas después del parto para después reanudarla.