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Baja por agotamiento de baja

1 Comentarios
 
Baja por agotamiento de baja
29/11/2012 11:56
Estoy a la espera del dictamen del inss sobre una invalidez permanente por enfermedad comun,mi empresa me a despedido,me a mandado con un mensajero un documento de liquidacion y finiquito para que lo firme la cuantia a recibires de cero,por supuesto no lo e firmado,soy fija discontinua y trabajaba de monitara,es legal no darme ninguna cuantia en el finiquito o es por si cuela cuela un saludo,Espero su respuesta gracias
29/11/2012 13:45
Bien hecho, revisa tu convenio y mira si tienes derecho a las pagas extras y las vacaciones...

Si no estás de acuerdo: En ese caso deberá reclamar la indemnización correspondiente, que será luego fijada por el Juez, presentando la demanda ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación en el Juzgado de lo Social, así como indicar en la misma las cantidades salariales debidas ya sean horas extraordinarias, pagas extras, salario base, complementos, etc. Hay un plazo de 20 días hábiles a contar desde la fecha que conste en la carta del despido para interponer la demanda ante la Jurisdicción de lo social.