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baja maternidad

2 Comentarios
 
Baja maternidad
07/10/2012 18:29
Buenas tardes, mi consulta es la siguiente: en diciembre 2012 doy a luz y un mes después (enero) termina mi contrato laboral, estaría de baja maternal y creo entender que por ese lado no hay problema ya que me cubriria las 16 semanas. Mi duda es que mi jefe sí que tiene intención de renovarme por cosas que me va diciendo sobre asumir mas responsabilidades cuando vuelva de mi baja.... pero me da la impresion que igual para ahorrarse un dinerillo en enero cuando me cumpla el contrato no me lo renovará y esperará a volverme a contratar en abril tras las 16 semanas asi se ahorra pagar mi seguro durante esos dos o tres meses. Mi primer contrato fue de 3 meses y este segundo que tengo ahora es por 9 meses que es el que termina en enero y es por eventual por circunstancias de la producción. Mis preguntas son: ¿Puede en enero dar por terminada mi relacion laboral al terminar mi contrato y volverme a contratar cuando termine mi baja maternal para asi ahorrarse algunos mesecillos de seguridad social? Si es que si ¿Con qué tipo de contrato?. Y en el caso de que en enero mismo tras terminar mi contrato me lo renueve ¿qué tipo de contrato podrá hacerme? por circunstancias de la producción yo creo que ya no, no lo se. Espero haberme explicado correctamente, gracias y un cordial saludo.
07/10/2012 18:56
¿Puede en enero dar por terminada mi relacion laboral al terminar mi contrato y volverme a contratar cuando termine mi baja maternal para asi ahorrarse algunos mesecillos de seguridad social?
Sí puede.

¿Con qué tipo de contrato?.
Pues dependerá. Los contratos por regla son indefinidos, salvo en los supuestos de que exista causa legal que pueden formalizarse contratos de duración determinada o cuando concurran los requisitos para otras modalidades de contratación temporal (ej. contratos formatios, contrato de relevo).
No se puede dar una respuesta sin conocer los datos, por ejemplo actividad principal, que dice el convenio, etc.

3) Y en el caso de que en enero mismo tras terminar mi contrato me lo renueve ¿qué tipo de contrato podrá hacerme? por circunstancias de la producción yo creo que ya no, no lo se
Pues lo mismo que te puse en el punto 2 en cuanto a la utilización de modalidades contractuales.
En cuanto a si es posible prorroga del contrato eventual, la ley permite una sóla pórroga y siempre que no se exceda de la duración máxima prevista en la ley o convenio colectivo, y claro está siga concurriendo causa.
No sé cual es la duración máxima prevista en su convenio para esa modalidad contractual.
A todo esto, entiendo que el segundo contrato no es una prórroga del primero (en el post no lo deja claro), si el segundo ya es una prórroga no cabe otra.
07/10/2012 22:08
Disculpe si no me he explicado bien, estos temas laborales me resultan a veces muy liosos. El segundo contrato que tengo ahora que termina en enero es una prórroga del primero, siendo el total acumulado del contrato inicial mas la prorroga de 12 meses
Mi trabajo es de auxiliar dental en una clínica dental en Córdoba y estoy a jornada parcial puesto que trabajo 25 horas semanales.
Gracias!