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Baja laboral y paso al inss

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Baja laboral y paso al inss
03/04/2016 22:38
Buenas noches, me dirijo a ustedes porque estoy llena de dudas. Llevo un año de baja por enfermedad, y el siguiente parte a recoger es el número 52. Me han dicho que desde que recoja ese parte, me quedo bloqueada y ya paso a tribunal médico, siguiendo desde ahí la valoración por ellos. El tema está en que me han diagnosticado de Miastenia Gravis, y hace un mes me realizaron una intervención quirúrgica que es una timectomía. Aún no puedo trabajar y dada mi profesión, Enfermera, me han comunicado que no estoy capacitada por tema de salud para seguir desempeñando dicho puesto. Es verdad que aún con tratamiento y demás no estoy estable, y no aguanto el realizar esfuerzos, no soportaría los turnos rotativos, puesto que las noches y las tardes es lo peor que llevo.
Mis preguntas son varias:
-¿Si mañana recojo el parte 52, qué pasa a partir de ahora?
-¿Me pueden dar una incapacidad dada la profesión que tengo? En caso de querer seguir trabajando, ¿ me pueden adaptar el puesto en cuánto a horario, esfuerzo....?
-¿Al bloquearme con el parte 52, ya no sigo de baja?¿O sigo de baja pero ya por el INSS?
-¿Sigo cobrando cómo lo he hecho hasta ahora???
Por favor ayudarme...
05/04/2016 10:57
Estimada consultante,

Le intento resolver las preguntas que plantea por orden:

-El médico le ha dar parte hasta que cumpla 12 meses de I.T, que es el parte número 52 que comenta.

A partir de ahí, el INSS debe dictaminar la prórroga de hasta 6m más. Con la resolución del INSS, también se notifica a quién te esté pagando la baja (empresa, Mutua etc..) dicha prórroga (la primera de las 2 que puede haber), y que debe seguir abonando el subsidio, sin la necesidad de obtener mas partes de baja.

-Si, la pueden proponer para IP. Ahora lo normal es que la revise el tribunal médico y éste puede hacer 3 cosas: darle el alta, proponerla para una IP como pregunta o mantener la baja.

-Evidentemente sigue de baja, pero por el INSS como le he dicho anteriormente.

-Cobra el 75% de su base reguladora, aunque antes pudiera haber estado cobrando incluso el 100% de la misma en virtud de su convenio colectivo.

Reciba un cordial saludo.

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