Desconocía éste cambio de la ley, no obstante entrando en la pagina de la Seg Social se da respuesta a esta misma consulta
Solo falta saber si se trata de una IT por cont comunes o profesionales, en el primer caso no he encontrado respuesta mientras que si son cont prof. se sigue permitiendo realizar esas prácticas.
smo
Desde el 1 de enero del 2024 los alumnos que realicen practicas formativas, sean remuneradas o no, estan incluidos en el sistema de la seguridad social.
Las prácticas por estudios, (parte de la formación de un grado), no requieren alta en la Seg Soc sino un acuerdo entre el Ministerio de Educación y las empresa que participan generando o contratando un seguro para evitar posibles riesgos.
El cto en prácticas, (después de obtener la titulación), éste ya es un cto de trabajo en toda regla.
smo
Ojo cuidado. ¿Las prácticas requieren alta en la Seguridad Social?
Yo no me atrevo a pronunciarme tan claramente sobre la compatibilidad o no de la baja médica en otro trabajo con la realización de una prácticas.
Como le decía, en ppio no, pero era necesario conocer estos datos por si hubiese relación entre la causa de la baja y las prácticas, por tanto son prácticas de estudios y no están relacionadas, (por ej en esfuerzo físico) así que no hay problema, por otra parte, si esta de IT por ansiedad el especialista médico que la éste tratando puede recomendar realizar tareas distintas como pueden ser esas prácticas.
smo
Trabajo en una empresa de limpieza, la baja es por ansiedad causada por maltrato por parte de mis superiores y las prácticas son en un laboratorio como técnico de laboratorio.
En ppio no porque las prácticas son por estudios pero para evitar problemas deberíamos conocer en qué trabaja? Porqué está de baja? Y de qué son las prácticas?
Me encuentro actualmente de baja laboral pero me han llamado para realizar unas prácticas que tengo que hacer para obtener de un grado superior tengo algún problema por aceptar estás prácticas?