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Baja laboral de larga duración. Cobro por parte de la mutua.

1 Comentarios
 
perfil Anónimo
27/09/2016 18:43
Anónimo
seguramente le habrán dicho el 75% de la base reguladora. Esta es la prestación que la Mutua debe pagar. Si tiene derecho a un complemento, que puede ser del 25% o inferior, o a nada más, debe comprobarlo en su convenio colectivo. De tener derecho al complemento, se lo pagará la empresa.
Baja laboral de larga duración. cobro por parte de la mutua.
perfil Anónimo
27/09/2016 17:44
Hola mi situación es la siguiente y me encuentro un poco perdido, les agradecería cualquier aclaración al respecto.
Acabo de cumplir un año de baja por enfermedad común y me ha llegado una carta del inss diciendo que me conceden una prorroga de 180 días que a partir del próximo mes me pagara mi sueldo la mutua pero que tendré que solicitarlo, después de ponerme en contacto con la mutua me dicen que ellos solo me pagaran el 65% de la base reguladora diaria que los demás pagas extras etc me lo pagara la empresa.
Quería saber si es esto cierto y si a partir de ahora cobrare solo el 65 % de mi sueldo.
Muchísimas gracias de antemano y eternamente agradecido por este servicio que prestan .