Bueno, decir que he ido al sindicato y me han comentado que me lo tienen que pagar, pero que tendre que ir al juzgado. Tras haber ido a hablar con el administrativo, me ha comentado que mi jefe le ha dicho que si denuncio me ire a la calle, por lo cual no me queda otra que conformarme con lo que tengo, ya que el tema del trabajo esta muy mal.
Gracias a todos por vuestras respuestas, pero es lo que hay, somos una empresa de 12 trabajadores y si me echa, no se donde voy a ir con 51 años que tengo.
Muchas gracias, seguire su consejo. Si hay alguien mas que pueda confirmarlo, por favor que me lo diga, aunque naturalmente, como dice jamgpreve, ire a un sindicato a ver que me dicen.
Cuando se trata de accidente de trabajo se paga el 75 % de la base de cotización por contingencias profesionales desde el día siguiente al del accidente, (se entiende que el día del accidente es un día trabajado), lo que sucede es que los convenios suelen mejorar esto y por el 25 % restante suele ser a cargo de las empresas, y desde el primer día tb sin necdesidad alguna de hospitalización, pero esto hay que ver como viene redactado en su convenio, puede que en el suyo, si requiera hospitalización aunque lo dudo mucho, y por supuesto si no lo dice de forma expresa, (lo de la hospitalización me refiero), pues nada, como siempre los admiinistrativos de las empresas parece como si fuesen ellos los que tienen que pagar y por eso ponen tanto celo.
Por otra parte y antes de enviar este correo, he mirado su convenio y en el art 60 (no lo copio y pego porque no me deja), en efecto habla de que para tener opción a ese 100 % debe ser si se produce hospitalización, (esto es bastante raro, pero es lo que hay), sin embargo no dice que solo se abonará el 100 % en los días de hospitalización sino que la empresa abonara hasta el 100 % si como consecuencia del accidente, se produce la hospitalización y esto aunque haya sido a las cuatro semanas ha ocurrido así que para mi deben de pagarle desde el primer día del accidente como usted bien dice.
Pero me extraña que en el metal todavía tengan ese conflicto en algunas empresas, dirijase usted a algún sindicato y en el, en su sección del metal le podrán asesorar incluso presentandole jurisprudencia sobre el caso y sobre todo en referencia a su convenio.
Hola, de nuevo.
Tengo un problemilla en la empresa.
Convenio metal barcelona.
Mi hermano ha tenido un accidente laboral con hospitalizacion. Ha sido el accidente, ha ido 4 semanas de rehabilitacion y como en lugar de mejorar, ha empeorado, resulta que le han operado y ahora vuelve a hacer rehabilitacion.
El problema ha sido al llegar la nomina, ya que el convenio establece:
[quote]Las empresas complementarán las prestaciones que tengan que abonar por accidente de trabajo, hasta el 100Þ la base reguladora en los accidentes ocurridos en el centro del trabajo, al igual que los ocurridos dentro del horario de actividad laboral cuando el trabajador necesite realizar un desplazamiento al efecto, si como consecuencia del mismo se producen lesiones que requieran internamiento hospitalario[/quote]
Es decir, que si tenemos un accidente laboral con hospitalizacion, hay que complementar al 100%. En eso estamos de acuerdo empresa y mi hermano (o mejor dicho empresa y yo, ya que mi hermano esta de baja y soy yo el que hablo con la empresa). Pero las discrepancias es porque la empresa dice que pagan el 100% a partir de la hospitalizacion, y yo creo que se tiene que pagar desde el primer dia de la baja (recordemos que estuvo 4 semanas de baja antes de la hospitalizacion). Como no queremos ir a malas directamente, he preferido escribir aqui para ver si alguien de vosotros, totalmente cualificados como sois, me podeis decir quien tiene razon:
1) La empresa, que paga las 4 primeras semanas como accidente laboral normal (75%), y a partir de la hospitalizacion, complementa el 100%
o...
2) Mi hermano y yo, que creemos que tiene que pagar TODA la baja al 100%, ya que es lo que se deduce del convenio.
Entiendo que el convenio no aclara si hay que pagar a partir de la hospitalizacion como dice la empresa, ya que pone que si la baja requiere hospitalizacion, pues se paga al 100% y no pone explicitamente que solo se paga a partir del primer dia de hospitalizacion. Se que es un caso raro, porque normalmente si se requiere hospitalizacion, lo normal es que sea el mismo dia o un poco mas tarde, pero no 4 semanas como mi hermano.
Aclaro, finalmente, que la hospitalizacion si que ha sido por culpa del accidente laboral, y asi lo tenemos en el parte de la mutua, por lo que la empresa por ahi no nos puede decir nada.