Hola ,tu convenio lo dice claro ,100% retibucion mensual ordinaria ,por lo que yo entiendo que te esta tomando el pelo , si no te hace caso demanda por reclamacion de cantidad
saludos
mi C.C es el de ámbito estatal de centros de asistencia y educación infantil, cuyo art 31 establece que en los supuestos de IT y durante los 3 primeros meses se abonará al trabajador el complemento necesario para alcanzar el 100% de la retribución mensual ordinaria que le correspondería de haber podido desarrollar sus actividades laborales, pues bien, el asesor dice qu no tengo derecho nada más que al salario base y lo único que cobro es el prorratero de las extras y el complemento que estipula el CC por ser técnico no un plus, resulta que me está denegando cobrar mi parte de paga extra, por todo su morro, quisiera saber si existe jurisprudencia al respecto para hacerle ver que está equivocado e interpretando mal el artículo, gracias