Se iría al pago directo y sería el INSS o la mutua quien le pagaría en una cuantía equivalente a la prestación contributiva de desempleo.
OJO: A partir de la famosa ley 40/2007 (entra en vigor el 1/1/2008) la prestación de pago directo de ITCC sigue descontando el volumen de prestaciones de paro pero si la baja médica es por AT OOOOOOOOOOJJJJOOOOOO: NO SE DESCONTARAN PRESTACIONES DE PARO CON LO QUE A PARTIR DEL 2008 TODOS JUNTOS A PEDIR DETERMINACIONES DE CONTINGENCIAS !!!!!